La Cámara Federal de Casación Penal ratificó ayer el arresto domiciliario de Luis Abelardo Patti, detenido por el secuestro y asesinato de Osvaldo Cambiasso y Eduardo Pereyra Rossi, dos militantes políticos ocurrido en Rosario en las postrimerías de la última dictadura. El alto tribunal rechazó por mayoría el recurso extraordinario interpuesto por Ministerio Público Fiscal contra el otorgamiento de ese beneficio al represor dos veces condenado a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad.

El 28 de febrero último la Sala I había rechazado el recurso de casación del Ministerio Público Fiscal contra sendas resoluciones de jueces federales de Rosario y de San Martín (Buenos Aires), que el año pasado beneficiaron a Patti con la prisión domiciliaria. Después del rechazo del recurso extraordinario, la fiscalía de la casación deberá resolver si presenta o no un recurso de queja ante la Corte.

Desde septiembre de 2017, Patti cumple arresto domiciliario en su casa del country Septiembre, en el partido bonaerense de Escobar, donde operó como represor de la Policía bonaerense durante buena parte de la última dictadura y años después, en los '90, fue intendente electo. Antes de su traslado a la casa del country, estaba alojado en el Hospital Penitenciario Central de Ezeiza, condenado a perpetua por dos causas, una por los secuestros y homicidios de Gastón Gonzalves y Diego Muñiz Barreto, cometidos en 1977, y otra por la ejecución de Cambiaso y Pereyra Rossi en 1983.

Las resoluciones de tribunales de San Martín y de Rosario que beneficiaron a Patti con el arresto domiciliario causaron en 2017 el repudio de organismos de derechos humanos y de familiares de las víctimas de delitos del terrorismo de Estado por los que fue condenado Patti, quien en la actualidad tiene 67 años. El argumento por el cual le otorgó ese beneficio el juez federal de Rosario Omar Paulucci fue que el represor padecía desde años una discapacidad que, dentro de una cárcel, implicaba condiciones degradantes e inhumanas. No obstante, en esa época, Patti se hallaba detenido en el Hospital Penitenciario Central de Ezeiza con asistencia médica permanente. Además, ningún informe del Cuerpo Médico Forense indicó ‑ni en la causa de Rosario ni en la de San Martín‑ que debiese cumplir las condenas a perpetua en su casa.

"Los jueces no tuvieron en cuenta que acá hay consenso entre el Cuerpo Médico Forense y los peritos de parte: Patti no tiene ningún tipo de afectación para estar internado como dice el reclamo de su defensor, de hecho estaba en el Hospital Penitenciario de Ezeiza cuando en realidad no tenía una dolencia para estar ni siquiera en ese hospital", señaló en ese momento la neuróloga Silvia Kochen, quien intervino en la causa como perito ad honorem de parte del Ministerio Público Fiscal.

Directora de la Unidad Ejecutora de Neurociencias del Conicet y docente de Neurología de la Facultad de Medicina de la UBA, Kochen consideró entonces que "lo más grave" fue que "tanto el juez de San Martín como el de Rosario no tomaron en cuenta los consensos y atribuyen razones de salud inexistentes para otorgar la domiciliaria".