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YABRÁN VENDIÓ A EXXEL EN DICIEMBRE, EN ENERO COMPRÓ CAMPOS Y EN FEBRERO MENEM FIRMÓ UN PROYECTO DE LEY DE SUBSIDIOS POR PLANTAR BOSQUES. CAMBIOS EN EL DERECHO DE PROPIEDAD.
EL ÁRBOL Y EL BOSQUE,

En diciembre, Yabrán vendió sus empresas al Exxel Group. En enero compró campos en Entre Ríos. En marzo Menem envió al Congreso un proyecto de ley que crea sustanciales subsidios y beneficios para la implantación de bosques. La zona ideal para la actividad es próxima a las últimas adquisiciones de Yabrán. Se trata de un régimen similar al de promoción industrial. Por 30 años crearía santuarios fiscales, que cristalizarían los aspectos más regresivos del actual sistema tributario. Las críticas más duras provienen del diputado y ex ministro de Duhalde, Jorge Remes Lenicov y de la diputada de la Alianza opositora Graciela Fernández Meijide.


Por Horacio Verbitsky

t.gif (67 bytes) En diciembre de 1997 Alfredo Yabrán vendió al Exxel Group sus empresas de logística. En enero de 1998 compró unas 80.000 hectáreas en la provincia de Entre Ríos, donde también poseen campos el ministro de Economía Roque Fernández, el presidente del Banco Central Pedro Pou y el Secretario de Inteligencia del Estado Hugo Anzorreguy. En febrero, el presidente Carlos Menem envió al Congreso un proyecto de ley que crea sustanciales subsidios y beneficios impositivos por la implantación de bosques. Esta coincidencia de fechas alimenta las extendidas sospechas sobre la exacta índole de las relaciones entre el gobierno nacional y el hombre de negocios dudosos cuya vida se extinguió en uno de los establecimientos rurales que acababa de adquirir. Tal como era de prever en el enrarecido clima político nacional, dominado por las batallas de retaguardia entre los dos grandes derrotados de las elecciones del 26 de octubre de 1997, la oposición al proyecto de ley es encabezada en el Congreso por el ex ministro de Economía de la provincia de Buenos Aires, el ahora diputado nacional Jorge Remes Lenicov. También se conoció el rechazo de la precandidata presidencial de la Alianza opositora, Graciela Fernández Meijide. El secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Felipe Solá dijo que el proyecto comenzó a elaborarse en su dependencia hace más de un año y negó que tuviera nombre y apellido. Según Solá, los campos de Yabrán están cerca pero fuera de la zona ideal para forestación, en la que se concentran hasta ahora los proyectos promovidos. Claro que la ley no establece zonas y la aprobación de los proyectos es discrecional. Menem se ha interesado en forma personal por el destino del proyecto, con llamados al bloque de diputados urgiendo su tratamiento. Desde el Polideportivo de Olivos se han recolectado adhesiones escritas de gobernadores, ministros y cámaras de empresarios forestales, madereros, AFJP y fondos fiduciarios de inversión.

La eventual asociación entre la ley y los intereses de quien el gobierno nacional llamaba un empresario más, atrajo la atención hacia un texto que también ha sido objetado desde enfoques menos particulares, por su impacto económico global y su alegado estímulo a la corruptela y en contra del interés general. Contradictorio con la reforma tributaria que el mismo Poder Ejecutivo envió al Congreso, afectaría la recaudación de los impuestos nacionales a las ganancias, al valor agregado y a los bienes personales, de los provinciales inmobiliario y de sellos y de las tasas municipales, e implicaría una transferencia de ingresos de no menos de 500 millones de dólares por año durante una década. Con sus últimas adquisiciones, Yabrán habría llegado a poseer más de 200.000 hectáreas en su provincia. El proyecto de ley fue firmado no sólo por Menem y Fernández sino también por el jefe del gabinete de ministros Jorge Rodríguez y los ministros del Interior Carlos Corach y de Justicia, Raúl Granillo Ocampo y contempla asignar el beneficio a dos millones de hectáreas durante una década, a razón de 200.000 por año. La exposición de motivos confiesa que los regímenes de promoción precedentes no dieron el resultado que se esperaba de ellos, declara el propósito de "alentar las inversiones en las actividades forestales y forestoindustriales". Sus críticos dicen que no explica por qué esta vez sería distinto. La descripción de los objetivos tiene la grandilocuencia debida: protección de bosques y suelos contra la erosión, disminución de las inundaciones, recuperación de suelos en vías de desertificación, mejoramiento del medio ambiente, embellecimiento del paisaje y estímulo al turismo, reparación de ecosistemas y "protección de la fauna nativa y demás recursos de biodiversidad". Añade que se busca "el rápido incremento de la superficie forestada, en núcleos estratégicamente ubicados para el aumento de la eficacia" y "la radicación de industrias que incorporen valor agregado". De sancionarse, la ley los denominados bosques nativos quedarían bajo la responsabilidad de la Secretaría de Recursos Naturales a cargo de María Julia Alsogaray y los bosques cultivados en la órbita de la Secretaría de Agricultura. Cada uno tendrá una autoridad de aplicación distinta lo cual, según el texto, evitará "posibles interferencias administrativas".

Ventajas comparativas

El modelo que el proyecto declara seguir es el de la ley de inversiones mineras. Dado el largo plazo de la actividad es importante que el inversor conozca "cuáles serán las cargas impositivas al finalizar su emprendimiento". Por eso se garantizan por 30 años "las condiciones existentes al momento de iniciar la inversión", dice. Este es uno de los puntos que mayores objeciones ha despertado. Mientras la minería es una actividad nueva, en la que los beneficios extraordinarios son imprescindibles para atraer capitales en emprendimientos enormes y de tecnología compleja, en la actividad forestal existen ventajas comparativas derivadas del clima y la tierra. Las explotaciones son más pequeñas, hay capital disponible, empresas nacionales preexistentes, tecnología accesible y una situación tributaria favorable en relación con otros países. Un memorándum presentado por Remes Lenicov al bloque justicialista sostiene que "nuestro país ya es, comparado con los países avanzados y los de desarrollo intermedio, un paraíso fiscal. Las ventajas adicionales propuestas podrían llevar además a una distorsionada asignación de factores productivos" y a "una enorme pérdida de recursos tributarios, cuando el saneamiento fiscal que necesita el país está lejos de ser alcanzado todavía y parece repetir el error de los regímenes de promoción industrial, cuyos costos de todo tipo estamos aún pagando". Según el ex ministro de Economía de Buenos Aires, la propuesta ha alcanzado estado parlamentario sin que se completaran algunas tareas "indispensables para su análisis responsable, sin el cual no puede tomarse una decisión". Entre ellas menciona la estimación del costo de los beneficios tributarios y de los subsidios, que permitiría "como en toda propuesta relevante de inversión pública, el análisis costo-beneficio correspondiente" y la "definición de un marco regulatorio apropiado, con un sistema de controles y sanciones que aseguren el cumplimiento de los objetivos declarados". Según Remes, esto no puede postergarse hasta el decreto reglamentario ni delegarse "a la discreción de la autoridad de aplicación".

Evasión y elusión

Estas son algunas de las objeciones de Remes:

* Es confusa la distinción entre bosque natural e implantado y la delimitación de responsabilidades entre Recursos Naturales y Agricultura.

* La resignación de impuestos provinciales a la propiedad inmueble, ingresos brutos y sellos por 30 años implica un gravoso costo fiscal. Para adherir, las provincias deben desgravar el inmobiliario rural por el doble de la inversión.

* Las provincias deben invitar a los municipios a adherir, garantizando también en ese nivel la inmovilidad tributaria. Por ejemplo, no aumentar las tasas para la construcción y reparación de aquellos caminos que el tránsito pesado de la actividad forestal afectará.

* En el régimen vigente, los beneficios se reservaban a empresas forestales de modo de controlar que los recursos fiscales no se desviaran. La nueva ley, en cambio, permite la incorporación de empresas dedicadas a otras actividades. En explotaciones mixtas el beneficio se aplicaría también a actividades como ganadería y agricultura. Todo esto favorecería mecanismos de evasión y elusión.

* Tampoco distingue entre personas físicas y jurídicas, es decir entre sociedades beneficiarias y sus accionistas. Esta fue una de las claves de todos los abusos cometidos al amparo de los regímenes de promoción industrial.

* Las consecuencias en el futuro pueden ser muy graves. Por ejemplo, garantizar a quienes se amparen en este régimen que durante treinta años estarán a salvo de cualquier reforma impositiva que establezca mayor progresividad para la tributación de las personas físicas que de las empresas.

* Si alguna vez se deseara premiar la reinversión de las utilidades empresarias no se podría distinguir entre dividendos distribuidos o reinvertidos. Cualquiera que hiciera inversiones forestales podría anular por esa vía cualquier pago sobre utilidades generadas en otras actividades.

* La amortización de los costos de inversión a los efectos del impuesto a las ganancias es muy acelerada, con independencia del ciclo real. Aunque en el caso del pino el ciclo económico es de 16 años la ley permite desgravar el 100 por ciento en los primeros tres años.

* Algo similar ocurre con el IVA. Dado que el primer raleo es a los ocho años y el ciclo culmina a los 16, recién a partir del octavo debería concretarse el beneficio. Pero la ley lo adelanta al primer año. La ganancia es entonces la tasa de interés sobre esa masa, por un promedio de doce años.

* Del articulado del proyecto no resulta que los beneficios fiscales vayan a resultar en inversiones más pertinentes, mejor localizadas y explotadas y más adecuadamente integradas con los procesos de transformación que en las del pasado. Todavía más peregrinas serían las afirmaciones del mensaje acerca del mayor valor agregado esperado y los impactos ambientales positivos. Remes menciona el carácter predatorio de muchas explotaciones forestales chilenas, país donde los estímulos fiscales son más racionales y las políticas públicas mejor administradas.

* Por 30 años el patrimonio del inversor, ya sea empresa o persona física, permanecería intangible para la DGI, con lo cual el sector forestal constituiría un santuario fiscal como los que creó en el pasado la promoción industrial, con el agravante de que en este caso no se promueven productos finales del procesamiento del bosque sino las actividades primarias.

* Se establecen condiciones especiales para la devolución anticipada del IVA compras, que se fijarían en la reglamentación, y se definen como no alcanzados por el IVA los "aportes en especies". Así se premiaría la incorporación de bienes de capital usados, provenientes de otra actividad, como maquinaria vial y tractores, en lugar de otros nuevos y más adecuados.

* El monto y alcance de los subsidios por plantación, poda y raleo, así como el costo fiscal total del régimen propuesto, no se definen en el proyecto y quedan a ser precisados en la reglamentación por la autoridad de aplicación.

* Las infracciones oscilan entre la caducidad total del tratamiento otorgado y multas de no más del 15 por ciento de las sumas "declaradas" como inversión, insignificantes en comparación con los beneficios acumulables por la ley. "Este tipo de sanciones que oscilan entre todo y nada y que pueden ser discutidas hasta la eternidad o simplemente eludidas, en un escenario regulatorio lábil y con una autoridad estatal poco profesionalizada e independiente como los nuestros, parece asegurar el fracaso de los efectos esperados del régimen. Vale decir, el despilfarro de cuantiosos recursos fiscales".

* El mecanismo de apelación propuesto no parece asegurar una adecuada defensa de los intereses públicos, dada la situación de nuestra Justicia.

Luego de un llamado del ex presidente de la Sociedad Rural, Guillermo Alchourón, para interesarla en el proyecto, la diputada del Frepaso Graciela Fernández Meijide analizó el proyecto con especialistas tributarios, entre ellos Jorge Gaggero. Sus conclusiones no fueron menos críticas que las de Remes: es una incongruencia que el mismo gobierno que propone una reforma tributaria para mejorar el sistema, impulse este proyecto que cristaliza sus peores rasgos. No sólo rehuye dirigir la máquina de cobrar impuestos hacia los sectores de mayores recursos sino que se compromete a no intentarlo en el futuro. Además de maniatar al próximo gobierno, así se vacía el sistema tributario, concluye.

Ni nombre ni apellido

t.gif (67 bytes) El secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Felipe Solá negó que el proyecto tuviera nombre y apellido. Explicó que su secretaría comenzó a elaborarlo en 1997, luego de advertir que la ley anterior no era eficiente para desatar un proceso de inversión forestal. Admitió que el presidente Carlos Menem había manifestado un interés especial en la forestación, pero no ahora, sino desde el principio de su gobierno. "En 1995, cuando comenzamos a estudiar la primera ley con intención de forestar, se anunció con un acto en el Salón Blanco". Esta es una síntesis de su afirmaciones:

* Los subsidios de promoción para forestar son una herencia del IFONA, que fue liquidado en 1991. La objeción principal fue que se otorgaban antes de la implantación del bosque, lo cual permitía abusos equivalentes a los de la ley de promoción industrial. En 1993 establecimos que para cobrar el subsidio debía probarse la existencia de la plantación. Se está pagando unos tres años después de la comprobación.

* Partimos de una proyección que indica que en el futuro habrá falta de materia prima en celulosa y papel. Es un buen negocio a futuro y esta ley ayuda a aguantar, porque la inversión es a muchos años.

* El modelo es el de la ley minera, con las mismas canonjías, un régimen especial de amortización, más rápido para la plantación que para otros bienes de capital.

* La tasa anual era de 25 mil hectáreas plantadas por año, que es nada. La expectativa creadas por la primera ley hizo que esa tasa se triplicara. Pero pretendemos llegar a 150 o 200 mil hectáreas por año. Sobre un total agrícola de 26 millones de hectáreas de cultivos, apenas hay 800.000 hectáreas forestadas. La idea es llegar a los dos millones en diez años.

* La ley vigente desde 1997, para bosques nativos e implantados, generó estabilidad fiscal, pero no desató el boom de inversión que se esperaba. Para modificarla hubo un largo proceso de negociación con el sector forestal, que incluyó consultas con la Asociación Forestal (AFOA), que agrupa a técnicos y empresarios, la Federación de la Industria Maderera (FAIMA) y la Asociación de Fabricantes de Celulosa y Papel (AFCP) y con los gobiernos provinciales. Aquella ley sólo favorecía a los poseedores del monte, siempre que no desarrollaran otra actividad, como ganadería, aserradero o celulosa. Este proyecto se abre para todos. Se busca la creación de polos foresto-industriales, generar una masa crítica de hectáreas forestadas que justifiquen la instalación de fábricas para transformar la materia prima en la misma zona.

* Hasta ahora sólo se han aprobado proyectos chicos, y las grandes empresas no han mostrado interés. Si la nueva ley tiene el éxito que esperamos la forestación será una actividad que podrá competir con el ganado de cría y en algunos casos hasta con el de invernada. Esto implicará una mejora en el precio de los campos marginales y surgirá el arrendamiento forestal.

* La ley no dice nada sobre zonas favorecidas. Desde 1992 el subsidio forestal está reglamentado por vía de resoluciones. Los proyectos deben tener sentido económico y ecológico. El albardón del río Uruguay, con suelos arenosos profundos, un polo aserradero en Concordia y puerto en Concepción, es una zona especialmente apta, que tiene más chances que otra. Lo mismo se aplica al sudeste de la provincia de Buenos Aires, que es la zona con las condiciones más favorables del mundo para el crecimiento de eucaliptus globulus.

* Hasta ahora hay un tope para cada proyecto promovido. Forestar sale alrededor de 500 pesos por hectárea. Si se plantan menos de 700 hectáreas, el subsidio es de 340 pesos por hectárea. De 700 a 1.000, se reduce al 70 por ciento. Y de 1.000 a 2.000, al 30 por ciento.

* No es llamativo que lleve las firmas de tantos ministros. A menudo el presidente dispone que un proyecto se firme durante la reunión de gabinete. Firman los que intervinieron.

* No hay planes forestales a nombre de Yabito.

* El Potrero, adquirido por Yabrán, es un viejo campo forestal, con 6.000 hectáreas forestadas. En 1995 la empresa que entonces lo explotaba cobró por plan forestal 5.100 pesos. Tiene aprobada una presentación por otras 200 hectáreas. El día que se pruebe que las hizo, debería cobrar 68.000 pesos. Para el año 1998 tenía una presentación de raleo por 233 hectáreas, que todavía no fue aprobada. De serlo, le correspondería percibir 11.650 pesos. El Potrero está fuera de la franja arenosa profunda a la que hasta ahora se ha dado preferencia para la aprobación de proyectos, que comprende los primeros 50 kilómetros de la costa del Uruguay hacia el oeste.

El régimen de propiedad

t.gif (67 bytes) El primer borrador incluía una reforma al Código Civil en los artículos que regulan el régimen de propiedad de la tierra, al establecer el derecho real de superficie. Consiste en la cesión del uso de la superficie, aunque no de la propiedad, por un mínimo de 15 y un máximo de 50 años, durante los cuales el propietario no puede disponer de la tierra. Los árboles plantados pertenecen al cesionario y pueden tratarse como si fuera propiedad inmueble, por ejemplo ser hipotecados. Al final del contrato la tierra vuelve al cedente, que debe pagar al usufructuario el remanente forestal que haya sobre su superficie. Al evitar la inmovilización de inversiones en tierra facilitaría la incorporación de capital financiero a las explotaciones forestales, reduciría los costos de inversión y, junto con la ley de fideicomiso, permitiría vender cuotapartes entre inversores. De este modo se potenciaría el actual esquema tributario, en el que no se gravan los beneficios de capital, y se maximizaría el beneficio fiscal. La ley propiciaría así el desembarco en el campo de las AFJP y constituiría una implícita garantía contra cualquier futura reforma tributaria, incluso la que el actual gobierno sostiene en el Congreso, por medio de la creación de santuarios inviolables. En el texto enviado por el Poder Ejecutivo esa reforma no figura, debido a las objeciones del ministerio de Justicia, pero se supone que será reintroducida, en el mismo o en otro cuerpo normativo, a propuesta de algún legislador del bloque justicialista.


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