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Para Granillo Ocampo, los chicos deben ser imputables desde los 14

El ministro lanzó su anteproyecto de ley donde promueve que se baje la edad de imputabilidad. Rechazo de los legisladores.

El ministro sostiene que un chico puede ir preso a los 16.
Entre los 14 y los 16 se les aplicarían “medidas sancionatorias”.

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Por Carlos Rodríguez

t.gif (67 bytes) Un foro de legisladores donde se analiza la necesidad de garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes, fue el lugar elegido por el ministro de Justicia, Raúl Granillo Ocampo, para lanzar al ruedo un anteproyecto de ley que promueve que los menores acusados de cualquier delito puedan ser imputados penalmente a los 14 años y enviados a prisión a los 16. Granillo, al referirse a la iniciativa, resaltó que la misma “prohíbe la prisión como sanción entre los 14 y los 16 años”, aunque en realidad baja en dos años la edad mínima actual de 18 años para que un menor vaya preso. Los legisladores porteños por la Alianza, Aníbal Ibarra y Gabriela González Gass, anticiparon su “total rechazo” a iniciativas de este tipo, que tienen como antecedente otra similar presentada a fines del año pasado por el presidente de la Cámara de Diputados, Alberto Pierri.
El anteproyecto del Ministerio de Justicia establece que “de 14 a 16 años de edad sólo se aplicarán medidas sancionatorio-educativas sin privación de la libertad”, mientras que “a partir de los 16 años cumplidos y hasta los 18 años cumplidos” podrán también aplicarse contra menores medidas “incluso privativas de libertad”. Desde los 18 a los 21 se aplicarán las penas previstas en el Código Penal y los menores de 16 a 18 que hayan estado presos tendrán incorporado ese antecedente. Esto se desprende de los incisos “B” y “C” del artículo 11 del anteproyecto, de confusa redacción en esos dos puntos.
En cuanto a la proporcionalidad de las penas, se aclara que las medidas “sancionatorio-educativas” –sin prisión–, serán equivalentes a la mitad de la pena máxima que le hubiera correspondido al adolescente en caso de ser adulto. Si fuera privado de su libertad, el tiempo en prisión será igual al tercio de esa pena máxima. Puede darse el caso, de ser hallado culpable de un delito grave, que el menor –aunque no vaya a prisión– tenga sanciones adicionales que pueden ser una amonestación verbal del juez, la prohibición de concurrir a determinados lugares o de hacer determinadas cosas o reparar el daño “con dinero o con su trabajo”.
En el caso extremo de un hecho de “grave violencia”, y aunque se trate de menores que no hayan cumplido los 16 años, podrán ser castigados con medidas más graves, tales como la “libertad asistida” (el menor estará obligado a cumplir un programa de actividades socio-educativas) e incluso la “libertad vigilada”, lo que implica un seguimiento del adolescente por parte del tribunal que lo haya juzgado.
Granillo Ocampo hizo llegar el texto a un grupo de diputados de todo el país que participan de las Segundas Jornadas del Foro Nacional de Legisladores Provinciales por los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. El grupo, presidido por la senadora mendocina María Teresa Oldrá, está reunido desde ayer en la sede de la Legislatura porteña para lograr acuerdos interbloques que permitan la derogación de la Ley de Patronato, una antigua legislación que rige la situación legal de los menores.
Esa Ley de Patronato pretende ser derogada para poder pasar “de la doctrina de la situación irregular a la doctrina de la protección integral” adecuando las leyes internas “a la Convención Internacional de los Derechos del Niño”, explicaron la diputada porteña María Elena Nadeo y el senador mendocino Alberto Montbrun.
Si bien Granillo Ocampo recalcó que el anteproyecto “es un bosquejo abierto a las sugerencias”, los legisladores porteños de la Alianza Aníbal Ibarra y Gabriela González Gass se manifestaron contrarios a bajar la edad para imputar o penalizar a los menores. “Si bien se trata de un tema nacional, desde ya no estamos de acuerdo y la Alianza mantendrá la postura que defendimos cuando se discutió el Código de Convivencia Urbana” para que se mantenga la imputabilidad a partir de los 18 años cumplidos. Ibarra recalcó que el Frepaso “lo que promueve son mayores penas para los mayores que utilizan a menores para cometer delitos”.
Ibarra recalcó que sólo podrían aceptar “medidas especiales, pero nunca la prisión”, para menores que cometan “hechos gravísimos como homicidio,homicidio agravado o violación, pero a lo que apuntamos es a buscar medidas correctivas y educativas”, puntualizó el vicepresidente de la Legislatura porteña, que abrió la reunión del Foro, cuyas deliberaciones finalizarán hoy.

 

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