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¿Es posible el juicio?

 

Por Esteban Righi*


t.gif (67 bytes)  Cuando quedó detenido en Londres, Pinochet debe haber revalorizado la idoneidad de los cirujanos chilenos, quienes seguramente le hubieran garantizado mayor tranquilidad posoperatoria.

No debe estar arrepentido de haber derrocado a Salvador Allende, ni de haber protagonizado una de las más sangrientas dictaduras que América latina padeció en los años sesenta. Pero seguramente lamenta no haber considerado que en su caso, la opción quirúrgica dependía de un asesoramiento interdisciplinario, pues requería la participación de un abogado penalista.

Lo cierto es que el error del ex dictador chileno generó un difícil conflicto internacional, que ha dado lugar a dos planteos antagónicos en relación a si resulta o no adecuado a derecho, que la justicia británica acceda al pedido de extradición que le ha sido formulado por un juez español.

Quienes predican que conforme al principio de territorialidad es la justicia chilena la que debe someter a su poder punitivo los delitos cometidos por Pinochet, porque se trata de acciones realizadas en su propio espacio de soberanía, omiten aclarar que lo que pretenden no es enjuiciarlo sino asegurarle impunidad.

Quienes postulan la extradición invocando un principio de universalidad, según el cual cuando se trata de delitos de "lesa humanidad" cualquier Estado tiene facultades para intervenir, con independencia de la nacionalidad del lugar de comisión y del delincuente, no alcanzan a explicar por qué reconocen en Garzón al "juez natural" para someter a proceso a Pinochet. No parece admisible que el Estado español pueda someter a su propio poder punitivo los delitos cometidos por un extranjero en el extranjero.

Distinta es la respuesta si el juez español acota su requerimiento de extradición contra el ex dictador, predicando que reclama una jurisdicción subsidiaria en relación a los casos en que son víctimas personas de nacionalidad española. Para ellos, la legitimidad de su jurisdicción es consecuencia de que el Estado territorial ha acreditado lo que no parece dudoso: Pinochet jamás será procesado en Chile.

Así acotada, conceder la extradición no afecta ningún principio de justicia material, ya que el recurso al poder punitivo de España constituye el único medio para asegurar la protección de los nacionales de ese país, que han sido víctimas de delitos cometidos por extranjeros en el extranjero.

Cabe aclarar que el principio de protección individual del nacional que es víctima de un delito en el extranjero debe ser aplicado en forma restrictiva. Así, no podría fundamentarse la extradición de quien ha cometido un hecho impune según el derecho vigente en el lugar de comisión.

Pero los delitos cometidos por Pinochet no son impunes de acuerdo al derecho chileno. La impunidad del ex dictador le ha sido impuesta por la fuerza al Estado chileno. Ese "fundamento" no rige ni en Inglaterra ni en España.

* Profesor titular de Derecho Penal Universidad de Buenos Aires.

 

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