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GUADAGNI DESIGNO A HIJOS Y YERNO
La familia es sagrada


El secretario de Industria y Minería nombró a sus dos hijos, a su hija y al esposo de ésta en su dependencia con sueldos muy por encima del de los empleados de carrera, que están indignados.

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Por Laura Vales

t.gif (862 bytes) Alieto Guadagni tiene un peculiar concepto de la austeridad administrativa. El 5 de marzo pasado firmó la resolución 143 de la Secretaría de Industria que preside; el documento designa a cuatro asesores y afecta a 61 auxiliares a diversos gabinetes de su área. Al tope de la lista de nombramientos, con la retribución más alta, figura su yerno Víctor Hugo Quevedo. El nuevo asesor no es el único pariente de Guadagni que tuvo la suerte de acceder a la función pública en Industria y Comercio: Viviana Guadagni, hija del secretario, también trabaja allí. Y otros dos de sus vástagos, Pablo y Gustavo, encontraron cobijo en la misma dependencia oficial.
Víctor Quevedo cobrará por un mes de su trabajo 8792 pesos, según se desprende de la resolución de su pariente jerárquico. En el escrito, su sueldo está expresado en 3140 Unidades Retributivas, cada una de las cuales representa el valor de dos pesos con ochenta centavos, según explicaron fuentes de la Secretaría. La cifra contrasta con el sueldo promedio del personal de planta de Industria y Comercio, que ronda los 600 pesos. El nombramiento corrió de boca en boca en los pasillos del organismo, donde no se vive el mejor de los climas. “Tengo la mejor buena voluntad para entender que el bienestar de los hijos no tiene precio, pero esto del yerno es un sacrificio excesivo”, fue el ácido comentario de un funcionario de carrera.
Viviana Guadagni, esposa del flamante asesor, es vocal de la Comisión de Defensa de la Competencia, cargo que asumió en enero de 1997. La CNDC, según explican las publicaciones oficiales del Ministerio de Economía, tiene cinco miembros, “depende funcionalmente de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería” y tiene la función de “investigar y dictaminar los casos denunciados o iniciados de oficio” que impliquen una competencia desleal. El rol de la Comisión ha tenido un crecimiento más que importante en los últimos dos años. A fines de 1996, por ejemplo, uno de los expedientes en estudio era el conflicto sobre los precios fijados por los panaderos en Lanús; hoy están bajo investigación algunas de las principales empresas del país.
Los dictámenes del organismo son elevados directamente al titular de la Secretaría para que resuelva en base a ellos, aunque no lo obligan a fallar en el mismo sentido. El vínculo familiar entre quien tiene la función de investigar y quien decide la sanción a las empresas no se desprende de la simple lectura de los dictámenes de la Comisión y las resoluciones de Guadagni, porque la hija del secretario firma como María Viviana Quevedo, a pesar haber sido nombrada como María Viviana Guadagni. Para algunos expertos en derecho administrativo el uso de un apellido distinto al que figura en el nombramiento no está exento de riesgo legal. Sobre la joven abogada pesa también otro tipo de cuestionamientos. “El día de la apertura del último Mundial de Fútbol estaba casualmente en Francia, en un viaje de trabajo con todos los gastos pagos por la Secretaría”, señalaron –no sin un dejo de malignidad– colegas que no tuvieron la misma suerte. Los otros dos hijos de Guadagni, Pablo y Gustavo, se desempeñan en las áreas de Minería y Comercio Exterior, reparticiones que también dependen de Industria y Comercio.
La resolución que otorgó a Víctor Quevedo rango de asesor y paga de 8792 pesos, explicaron a este diario los abogados y legisladores consultados, no viola la legislación vigente. Tampoco transgrede el Código de Etica que el Gobierno dio a conocer en enero pasado con bombos y platillos. El manual de buenos modales para el funcionario público dedica uno de sus artículos al nepotismo, advierte que ellos “no deben designar parientes o amigos para que presten servicios en la repartición a su cargo”, pero lo relativiza con el agregado de “...prescindiendo del requisito de idoneidad debidamente acreditado”.

 

 

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