Principal RADAR NO Turismo Libros Futuro CASH Sátira


Un fallo para que los hospitales respeten el derecho de la mujer

La Justicia ordenó que un hospital practique una ligadura de  trompas en un caso en que se negaba a hacerlo. Y sostuvo que no hace falta autorización judicial si hay razones terapéuticas.

na16fo01.jpg (12719 bytes)

Por Mariana Carbajal
t.gif (862 bytes)  En un fallo trascendente, la Justicia consideró que los hospitales públicos deben acceder a realizar la ligadura de trompas de Falopio sin necesidad de la autorización de un juez, siempre que haya "razones terapéuticas" que aconsejen ese tipo de operación. La resolución fue firmada por la jueza en lo civil de la Capital Federal Cecilia María Rejo, al hacer lugar a un recurso de amparo presentado por una mujer de 35 años, a quien las autoridades del hospital Ramos Mejía no le quisieron practicar la intervención quirúrgica que le aseguraría no quedar embarazada otra vez, aunque --según le diagnosticaron-- una nueva gestación la pondría en "grave peligro de muerte", por la alta posibilidad de sufrir una rotura de útero.

El hospital se negó a practicarle la operación a Celia Molina sin una orden judicial. "El caso nosna16fo02.jpg (9996 bytes) muestra una vez más la necesidad de una reglamentación: no puede ser que en el sector privado la ligadura de trompas se haga en forma corriente y sin mayores impedimentos, mientras que las mujeres más pobres siempre encuentren inconvenientes, aun cuando su vida corra riesgo", señaló a Página/12 la defensora del Pueblo porteña, Alicia Oliveira, quien a través de una resolución recomendó esta semana al secretario de Salud, Héctor Lombardo, dictar una normativa que "ponga fin a esta injusticia".

La Defensoría del Pueblo patrocinó legalmente a Celia en la presentación del recurso de amparo contra las autoridades del Ramos Mejía. Celia, sin embargo, no es la única mujer que se acercó al organismo con la misma problemática. "Desde que asumí, hace poco más de un año, estoy recibiendo un caso atrás de otro con el mismo planteo que la señora Molina", reveló Oliveira (ver aparte).

El de Celia es un caso paradigmático. Tiene seis hijos. A los dos primeros los tuvo por parto normal y a los otros cuatro, por cesárea. La última fue el 2 de diciembre de 1998. Y está a punto de dar a luz nuevamente. La próxima cesárea está prevista entre fines de diciembre y principios de enero. Según un informe firmado por el jefe de División Obstetricia del Ramos Mejía, Armando Dunaieswsky, "se contraindica un nuevo embarazo porque las múltiples cirugías realizadas en el útero de la paciente presdiponen a la misma a sufrir una rotura uterina, cuadro que pondría en peligro su salud y su vida". En general, no se recomiendan más de dos cesáreas en la vida de una mujer.

El diagnóstico llevó a Celia a pedir la ligadura de trompas en el transcurso de la futura operación cesárea, ya que teme volver a quedar embarazada. Según precisó la especialista en Tocoginecología María Laura Ferrero en otro informe incluido en el recurso de amparo, Celia tiene dificultades para acceder a métodos anticonceptivos, a lo que se suma que su pareja no colabora con ella para evitar otra gestación y tiene una situación económica precaria. Celia y su familia viven en el barrio Zavaleta, de Parque Patricios. La ligadura de trompas es un método anticonceptivo, por el cual se obstruye el vínculo entre el ovario y el útero, de forma tal que los espermatozoides no pueden fecundar el óvulo. Su carácter definitivo hoy está en discusión.

Celia solicitó la operación en el Ramos Mejía en setiembre. Pero las autoridades del hospital le rechazaron el pedido si no tenía una autorización judicial. Al hacer lugar, el jueves, al recurso de amparo que presentó la mujer para conseguir el permiso ante la inminencia del parto, la jueza Rejo calificó la exigencia como un "requisito absolutamente arbitrario". Al respecto, la magistrada recordó que la Ley 17.132 que regula el ejercicio de la medicina prohíbe a los profesionales "practicar intervenciones que provoquen la esterilización si no existe una indicación terapéutica adecuada. "Baste lo dicho para afirmar que, concurriendo la mencionada indicación terapéutica, desaparece la situación de prohibición, siendo que el profesional del arte de curar se encuentra habilitado a efectuar aquellos actos quirúrgicos cuando razones terapéuticas así lo aconsejen, no necesitando por lo tanto autorización judicial para llevarlos a cabo", consideró Rejo.

Celia presentó el amparo el 25 de noviembre, con el asesoramiento legal del secretario general de la Defensoría, Héctor Masquelet. Entre los fundamentos del recurso, invocó el artículo 43 de la Constitución Nacional y los tratados internacionales sobre derechos humanos que tutelan expresamente los derechos sexuales y reproductivos, incorporados a la Carta Magna. Estos, entre otros aspectos, consagran el derecho de los hombres y mujeres a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos y el intervalo entre los nacimientos, y a tener acceso a la información, la educación y los medios que les permitan ejercer estos derechos.


"Un acto de injusticia"

 

Por M.C.
t.gif (862 bytes) "Es un verdadero acto de injusticia", consideró la defensora del pueblo, Alicia Oliveira, sobre la problemática de las mujeres pobres que solicitan una ligadura de trompas de Falopio en los hospitales públicos. "Se da el siguiente círculo vicioso: los médicos no la quieren practicar sin una orden judicial y los jueces no dan el permiso porque dicen que no es necesario", agregó la funcionaria. Oliveira elevó esta semana una resolución al secretario de Salud, Héctor Lombardo, en la que le recomienda que dicte "las reglamentaciones o instrucciones necesarias a fin de evitar en lo sucesivo que se le exija autorización judicial a las mujeres que, habiendo una indicación médica precisa, requieran en una institución pública que se le practique la ligadura de trompas".

"Los médicos se niegan a realizarla porque tienen dos problemas: la amenaza de una sanción de carácter administrativo que puede llegar a la exoneración de su cargo, por un lado; y por el otro, que aparezca un abogado que pretenda lucrar con el caso. Como para muchos la ligadura es una esterilización, los abogados consideran que la mujer sufrió un daño irreversible y demandan al profesional por lesiones. Por eso es tan importante una reglamentación. Así, se protege a los médicos que están en estado de desamparo y se soluciona esta injusticia que viven las mujeres de sectores de menores recursos", agregó Oliveira.

 

El caso de Zulma

El de Celia Molina no fue el único caso similar que recibió la Defensoría del Pueblo en los últimos días. Otra mujer, Zulma T., de 28 años, que acaba de dar a luz esta semana su sexto hijo en el Hospital Argerich, planteó en el organismo sus dificultades para acceder a una ligadura de trompas de Falopio para evitar un nuevo embarazo. El de ella no es un problema de número de cesáreas acumuladas. Por distintos motivos, según su historia clínica del Centro de Salud Nº 15, apela sin éxito a diversos métodos anticonceptivos y no quiere tener más hijos. "Yo quiero ligarme las trompas. Me cuide como me cuide, quedo embarazada. Quiero trabajar y vivir para los hijos que tengo", precisó en la Defensoría. Al primero de sus chicos lo tuvo a los 18 años. El último fue concebido en un contexto de violencia. Fue sometida a golpes. Zulma vive en condiciones de hacinamiento crítico en una casa tomada en San Telmo, en la que habitan 17 familias, que disponen de una sola canilla para todo el edificio.

 

PRINCIPAL