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LA CORTE SUPREMA DEJO LA CAUSA
 POR EL ROBO DE BEBES EN MANOS DE BAGNASCO 
Sólo Será Justicia si no es la militar

El Consejo Supremo de las FF.AA. había pedido, ante una solicitud del represor Santiago Riveros, hacerse cargo la causa que investiga el robo de bebés de desaparecidos durante la dictadura. Ayer, la Corte dispuso que el caso debe seguir en manos de la justicia civil. Los votos. Los escarceos.

Nazareno votó a favor de la competencia de Bagnasco en la causa.

El juez Adolfo Bagnasco siempre rechazó la pretensión militar.


Por Irina Hauser y Victoria Ginzberg 

t.gif (862 bytes) La Corte Suprema de Justicia derribó las aspiraciones de los tribunales castrenses de quedarse con la causa sobre apropiación ilegal sistemática de menores durante la dictadura. De esta manera, el juez Adolfo Bagnasco será quien continúe instruyendo el caso. Seis jueces advirtieron que atender al pedido del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas (Consufa) �importaría una virtual denegación de justicia�, ya que implicaría �retrotraer el proceso a etapas superadas en la investigación�. Entre las 16 páginas de un fallo de perfil técnico, sólo dos ministros aludieron a la convención internacional que rechaza la intervención de jueces militares en causas sobre desaparición forzada de personas. 
u Los jueces Julio Nazareno, Eduardo Moliné O�Connor, Guillermo López y Carlos Fayt opinaron que el conflicto de competencia debía ser resuelto por la propia Corte y que correspondía a Bagnasco seguir al frente del expediente por robo de bebés �con el fin de evitar una efectiva privación de justicia�. El eje de este voto fue que �la causa se inició en 1996 ante la justicia federal (...) conformándose un expediente por demás voluminoso�, pero �el tribunal castrense recién reclamó su competencia a partir de la solicitud� del represor Santiago Omar Riveros cuando ya habían pasado cuatro años de pesquisa. �La solicitud formulada por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas es a todas luces extemporánea, toda vez que perdió la competencia para entender en estas actuaciones�.
u El ministro Antonio Boggiano se plegó a la mayoría y, apelando a su especialidad �el derecho internacional� invocó la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, que excluye la intervención de la justicia militar en este tipo de delitos. �Es de suma gravedad institucional la eventual responsabilidad internacional en que pudiere incurrir la Nación por el incumplimiento de sus obligaciones internacionales�, sostuvo en su voto. Mencionó, además, el �carácter de tribunal administrativo� del Consufa. 
u Enrique Petracchi coincidió con el voto mayoritario y también se refirió a la legislación internacional sobre derechos humanos al sostener que en estos casos no es aplicable que militares juzguen a militares. 
u Augusto Belluscio y Gustavo Bossert fundamentaron que no es la Corte el tribunal que debe resolver la pelea de competencia entre el Consufa y Bagnasco sino que debe hacerlo la Cámara Federal porteña por ser el tribunal superior inmediato al primer juez que intervino. De todas formas, la Cámara ya había fallado a favor de la justicia civil. 
u Adolfo Vázquez, dijo que la Cámara de Casación es en realidad la que debería resolver la disputa �en su carácter de superior jerárquico común a los tribunales entre los que se ha trabado esta contienda�.
El eje de la expeditiva acordada de la Corte, coincidió parcialmente con el dictamen que le había pedido de urgencia el procurador general de la Nación, Nicolás Becerra. �Corresponde a la justicia federal continuar con las actuaciones�, había dicho el letrado, pero agregando como fundamento básico la Convención sobre Desaparición Forzada de Personas. 
La decisión final de los supremos devolvió en parte la calma a los organismos de derechos humanos, que esperan también una definición acerca del rumbo de los Juicios por la Verdad (ver aparte). Calificaron al fallo como jurídicamente correcto, pero remarcaron que también habría influido un cierto clima de consenso popular. 
El camino hasta este punto, sin embargo, no fue tan directo. Pocos días antes de la feria judicial, el secretario penal de la Corte, Esteban Canevari, le pidió a Bagnasco que le remitiera el expediente completo. Bagnasco objetó el pedido, que también fue rechazado por los abogados que intervienen en la causa y los organismos de derechos humanos, que se mostraron indignados por considerar que se paralizaría la investigación. En aquella oportunidad, el vicepresidente de la Nación, Carlos �Chacho�Alvarez, la ministra de Desarrollo Social, Graciela Fernández Meijide, y el propio ministro de Justicia, Ricardo Gil Lavedra, dijeron públicamente que creían que la competencia era de la justicia civil. 
Esta iniciativa también generó malestar entre los ministros del alto tribunal, que no habían sido consultados. La semana pasada, el vicepresidente de la Corte, Eduardo Moliné O�Connor, dio indicios de cuál sería el desenlace cuando planteó en un escrito que la Corte no obstacularizaría el curso de la investigación de Bagnasco. 

 

 

CLAVES

La Corte Suprema resolvió que el juez federal Adolfo Bagnasco debe continuar con la investigación sobre el plan de apropiación de bebés durante la dictadura.
Rechazó así la pretensión del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas de hacerse cargo de la causa. 
La mayoría de los ministros manifestó que la pretensión del Consejo era �extemporánea�, ya que había surgido cuatro años después de iniciado el expediente.
Dos ministros invocaron la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, que excluye la intervención de la justicia militar en este tipo de delitos. 

Ratificación de Defensa

En las Fuerzas Armadas desconocieron ayer que el ministro de Defensa, Ricardo López Murphy, haya impartido una orden para investigar si algún miembro en actividad o retirado de las tres armas tuvo participación en el secuestro de Elizabeth Ceballos, la novia del periodista que organizó un escrache en Cosquín contra un ex represor de la última dictadura. Sin embargo, desde el Ministerio de Defensa ratificaron que esa orden sí existió, tal como adelantó Página/12 en su edición de ayer. El secretario de Derechos Humanos de Córdoba, el ex juez Guillermo Johnson, dijo que �hay claroscuros� en el caso. �Nosotros conocemos el hecho por lo que ha surgido en la prensa y hay algunos claroscuros que nos han hecho ser prudentes respecto a lo que ocurrió o a lo que se ha denunciado�, dijo. La fiscal de Instrucción de Cosquín, Alejandra Hillman, confirmó que se ordenaron pericias psicológicas a Elizabeth, �a los fines de determinar el grado de fabulación y consecuentemente, la victimización de lo que la víctima manifiesta haber sufrido�. 

Los juicios por la Verdad

Entre los secretarios que corrían ayer por los pasillos de Tribunales, se rumoreaba que la Corte resolvería rápidamente el conflicto planteado en el juicio por la Verdad de la Cámara Federal de Bahía Blanca. Aunque en ese caso, según aseguró un alto funcionario, el supremo tribunal de la Nación rechazaría el planteo de los jueces bahienses, que se manifestaron en contra de la intervención de la Cámara de Casación Penal en la investigación sobre el destino de los desaparecidos. Otro funcionario del mismo rango, sostuvo que Casación aún no había asumido la competencia y por lo tanto, no existía conflicto. En Bahía Blanca, por el contrario, afirman que la Sala IV de Casación �se excedió� en sus facultades al ordenar la liberación de dos militares que estaban presos. 

Restitución de la ESMA

Un grupo de diputados nacionales de distintas bancadas presentaron ayer un proyecto de ley para que se restituya a la Ciudad de Buenos Aires el predio donde funcionó la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) para que se convierta en un Museo de la Memoria. La iniciativa fue presentada por el legislador socialista y cotitular de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), Alfredo Bravo, y por sus pares Jorge Rivas, Héctor Polino, Margarita Stolbizer, Juan Domingo Zacarías, Amado Juri, Marta Ortega de Aráoz, Atilio Tazzioli, Marcela Bordenave y Gustavo Cordesa. En los fundamentos del proyecto se recordó que en 1924 el entonces Concejo Deliberante autorizó el traspaso del predio al Ministerio de Marina para instalar una de sus escuelas. Esa ordenanza destacó en su momento que, en caso de otorgársele al inmueble otro destino, sería regresado inmediatamente a la comuna con todas las construcciones que se le hubiesen efectuado y sin derecho a indemnización alguna. 

 

 

El peso de la reacción pública

Alcira Ríos *.
La Corte falló de acuerdo a las convenciones internacionales que están incluidas en la Constitución nacional. No podía hacer otra cosa. Por otra parte, ya es jurisprudencia de la Corte desde la causa 13 (el Juicio a las Juntas) que estos temas debían ser tratados por la justicia civil. De otra manera, se expondrían a una sanción internacional. En las causas de los casos puntuales de apropiación de chicos la Corte siempre respetó las convenciones internacionales, excepto en el caso Tortrino-Castro, en el que se negaron los análisis compulsivos y, por eso, existe una causa en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. A partir de ese caso siempre se respetaron las convenciones internacionales. Personalmente creo que en esta ocasión hubo un apresuramiento del secretario penal de la Corte y del ministro que estaba a cargo de la feria al pedir todo el expediente.

* Abogada de la Asociación de Abuelas de Plaza de Mayo.

Alberto Pedroncini *. 
La reacción pública que provocó la solicitud del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas y el requerimiento del secretario de la Corte, que pidió toda la causa, hizo que la Corte rectificara, sin decirlo, su decisión inicial. En lugar de reclamar toda la causa los ministros se limitaron a pedir los cuadernillos relacionados sobre el conflicto de competencia planteado. Nuestro equipo de abogados considera que los fundamentos del fallo de la Corte deberían centrarse en dos ejes: a) que un delito contra un niño cometido durante el cautiverio de su madre jamás puede ser un delito cometido con el propósito de combatir al terrorismo y b) que la Convención sobre Desaparición Forzada de Personas excluye la intervención de tribunales militares en este tipo de delitos. Esto lo hemos planteado ante la Corte. Otra cosa que es importante señalar en este momento es que hay que tener la suficiente conciencia para percibir que todos los procesos vinculados con los crímenes cometidos durante la última dictadura son una unidad. Ahora hay que establecer una fuerte atención sobre los Juicios por la Verdad, porque todas son formas de reaccionar ante la impunidad que el terrorismo de Estado se aseguró. 

* Abogado querellante en la causa del plan sistemático de apropiación de menores.

Alicia Pierini *. 
El haber puesto en duda la jurisdicción en el tema del robo de niños significó un retroceso, Abrió un debate sobre algo que no pensábamos posible. Fue como volver a debatir sobre la esclavitud. Una resolución diferente a la que tomó la Corte �y me alegra que se haya tomado con celeridad� era inviable. El haber permitido que el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, que debe corresponderse con la subordinación de las Fuerzas Armadas al poder político, significó un retroceso en el campo político de los derechos humanos. Se les permitió a los militares algo que no hubiesen hecho antes del 10 de diciembre. 

* Ex subsecretaria de Derechos Humanos. Legisladora porteña. 

 

 

opinion
Por Sergio Di Gioia *

Un triunfo de los organismos

El camino desandado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la cuestión de competencia planteada por el Consejo Supremo de las FF.AA., dejando sin efecto el pedido de remisión efectuado por el secretario Penal de la Corte al juez Bagnasco, a fin de que éste remita la totalidad de las actuaciones relativas a la causa por sustracción de menores, y su decisión de mantener dicha causa en el ámbito de la justicia ordinaria, constituye un claro triunfo de los organismos defensores de los DD.HH. de nuestro país, que han demostrado no sólo una rapidez destacable en sus reflejos frente a los intentos de impedir la continuidad de los juicios por violaciones a los derechos humanos de los menores y sus familias, sino también una firmeza y una coherencia en la defensa de los principios y valores sin los cuales no puede sostenerse el Estado de derecho.
La inmediata reacción de aquellos, generosamente difundida por algunos medios de nuestro país y del mundo, y la recurrencia a la protección de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a fin de que obligue al Estado argentino a cumplir con los compromisos internacionales asumidos, obligaron a la Corte a revisar la intención paralizante que subyacía en el pedido del secretario Canevari, evitando de tal modo la afectación de la continuidad del juicio histórico que mantiene presos a algunos de los principales responsables del terrorismo de Estado en nuestro país, como son Videla, Massera, Bignone, Acosta y otros.
La experiencia acaecida demuestra dos cosas: que continúan existiendo dentro del Estado bolsones retardatarios y retrógrados en materia de DD.HH. y que es posible, con convicción y firmeza, torcer el rumbo de algunas decisiones demostrando coraje y coherencia en la defensa de los derechos y garantías que tanto nos han costado conseguir.

* Miembro del Consejo de Presidencia de la APDH.

 

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