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LA DEFENSA DE OLIVERA PRESENTO PRUEBAS FALSAS EN ITALIA
Otro grupo de tareas en acción

El gobierno nacional y el porteño denunciaron que el supuesto documento oficial presentado en Italia para certificar la muerte de Marie Anne Erize fue falsificado. La fecha del papel habría sido clave para definir la prescripción del delito de secuestro, lo cual justificó la liberación del represor Jorge Olivera. 

Documento presentado por la defensa de Olivera en Italia.
Se inventó la fecha de muerte y se falsificaron los sellos.


Por Victoria Ginzberg

t.gif (862 bytes) Los abogados del represor Jorge Olivera no son tan eficientes. Su éxito, en el caso de la extradición del secuestrador y torturador de la joven francesa Marie Anne Erize Tisseau, se basó en una falsificación. La solicitud de la partida de defunción de la joven francoargentina fue �adulterada� y se armó un collage con los sellos de los ministerios de Interior y Relaciones Exteriores. Hasta ayer había sospechas pero ahora hay pruebas. De la constancia del trámite en el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires se deduce que la defensa de Olivera rellenó varios casilleros, entre ellos el de la fecha y lugar de fallecimiento de Marie Anne Erize. Las irregularidades en el documento fueron constatadas en diálogo con Página/12 por el secretario de Gobierno porteño, Raúl Fernández. Pero Olivera no sólo se tendrá que preocupar por la difusión de estos manejos: en San Juan investigan si participó en la apropiación de niños. En el grupo del que formaba parte Marie Anne Erize participaban tres embarazadas que también desaparecieron.
El papel presentado por la defensa de Olivera �encabezada por Augusto Sinagra, abogado del gran maestre de la logia P2 Licio Gelli�, y el que surge del Registro Civil de Buenos Aires tienen el mismo número de trámite: CE02-DCB-429742. 
Pero en el primero figura como fecha de fallecimiento el 11 de noviembre de 1976 y en el segundo el casillero está vacío. El lugar de la muerte, en la hoja que le sirvió al mayor retirado y abogado para no ser extraditado, es San Juan. El documento del gobierno porteño carece de especificación del sitio donde habría muerto Erize. Además, la presunta fecha y la palabra San Juan tienen otra tipografía, de lo que se desprende que estos datos fueron agregados. 
En el papel que usó Olivera figura que los solicitantes de la partida abonaron veinte pesos por la búsqueda de datos y a la vez aparecen los números de tomo, año y asiento. Pero los 20 pesos se pagan cuando no se posee esa información. Por lo tanto esos números también fueron añadidos. 
El sello del timbrado posee fecha del 7 de septiembre de este año, es decir, antes de la solicitud de la partida, que fue realizada el 11 de septiembre a las 12.15. 
En el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires se realizaron tres pedidos de partidas de defunción de Erize en septiembre de este año. El primero fue efectuado el 7 y en él se solicitaba buscar en el año 1976. El segundo se realizó al día siguiente y pedía que se indagara entre 1989 y 1990. El tercero fue el 11 y se reclamó investigar entre 1989 y 1999. Los tres pedidos resultaron negativos porque no existe partida de defunción de Marie Anne Erize Tisseau en la Ciudad de Buenos Aires. Y esto es así porque la joven está desaparecida y según indicaron testigos, fue secuestrada el 15 de octubre de 1976 en la ciudad de San Juan por un grupo de tareas en el que se encontraba el ex carapintada Olivera. Al no tener respuesta, quienes realizaron los trámites fueron a hacer un reclamo el 12 (anotación a mano sobre el papel) y todo indica que al irse con las manos vacías decidieron agregar los datos que no consiguieron y necesitaban para presentar en Italia y así evitar la extradición a Francia. El 15 los abogados del represor presentaron el papel en Italia. 
Para darle apariencia de documento importante, los gestores de Olivera llenaron la hoja con sellos y firmas oficiales. Específicamente aparecen en el documento dos certificaciones de firmas, una del Ministerio del Interior y otra de Cancillería. Esto motivó un pedido de informes del diputado frepasista Juan Pablo Cafiero. Pero estos timbrados también son falsos. Desde diversas oficinas del Gobierno se explicó que: 
No es práctica del Ministerio de Interior legalizar solicitudes de documentos sino documentos finales. 
El Ministerio de Interior aparece legalizando la firma de Susana Morgenstern, que no consta en la solicitud de partida de defunción. 
El funcionario de Interior que firma el sellado es Martín Melián Massera, pero esta persona no puede corroborar que la firma le pertenezca. Por otro lado, el funcionario aseguró no haber firmado este documento. 
El sello de legalización del Ministerio de Interior y el de apostilla de Cancillería carecen de fecha, lo que fue caratulado como una �anormalidad manifiesta�.
El timbrado de apostilla de Cancillería no es el que se utiliza actualmente en el departamento de legalización de ese ministerio. El que aparece en el papel dejó de usarse a principios de 1999. 
El modelo de pago del arancel consular que aparece en la copia del documento dejó de usarse en diciembre de 1998. Actualmente se acompaña una constancia de depósito en el Banco Central o por la constancia de depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires. 
Desde el 26 de mayo de este año la apostilla vale treinta pesos y no treinta y cuatro como figura en el documento presentado por Olivera. Al parecer nada de lo que figura en el papel es verdadero. Aún no se sabe quiénes fueron los autores del fotomontaje que se armó con este papel que los jueces de la sala IV de la Cámara de Apelaciones de Roma tomaron como válido. Aun si el papel fuera real, no estaba traducido, como debe hacerse según un convenio firmado entre Italia y Argentina en el año �87 y ratificado en el �90. 
La presentación y aceptación de este documento fue calificado como �una perversión total de las reglas del derecho� por la abogada francesa Sophie Thonon, que está preparando una denuncia contra los camaristas italianos y el propio Olivera por la presentación de un documento falso. Thonon también duda de la actitud del fiscal, que no hizo los reclamos pertinentes. El abogado Horacio Méndez Carreras, representante de la familia Erize aquí, manifestó que estudia la posibilidad de iniciar una querella por estos hechos. Méndez Carreras realizará hoy a las 13 una conferencia de prensa en la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos. 
El juez sanjuanino Leopoldo Rago Gallo informó a este diario que el hijo del represor se presentó en el juzgado para sacar copias de los expedientes pero fue sólo autorizado a mirarlos. Posteriormente Jorge Appiani, Jorge Pagnanelli, Gladys Farrace y Roberto Nogiera fueron a su despacho con un poder de Olivera para llevarse duplicados de la causa y hacer trámites en su nombre. 
El abogado Pablo Jacoby consideró que las acciones realizadas sobre la solicitud de la partida de defunción pueden configurar los delitos de �falsificación de documento público� y �uso de documento falso� que tienen una pena de 1 a 6 años. Juan Carlos Capurro, del Comité de Acción Jurídica, interpretó que también se puede tratar de �fraude procesal�, agravado por tratarse de una causa por delitos de lesa humanidad. El comité, además, adelantó que llevará a los camaristas italianos a la Corte Europea por dejar en libertad a �un acusado de crímenes contra la humanidad�. 

 

 

�Acá no hubo represión�

Desafiante, el mayor retirado Jorge Olivera enfrentó a la prensa en la puerta de su casa para decir que durante la última dictadura �no hubo represión� y que volverá a salir del país porque �no tengo miedo�. El defensor del ex titular del Primer Cuerpo del Ejército, Guillermo Suárez Mason �un hombre de la Logia Propaganda 2� insistió en que no conoce �a esa chica� en referencia a Marie Anne Erize, la joven francesa secuestrada y desaparecida en San Juan donde Olivera cumplía su destino militar.
El represor se quejó porque le pintaron la fachada de su casa con la leyenda �asesino�. �Es una violación a mi propiedad privada. ¿Les parece que esto es educación? ¿A ustedes les gustaría que les pinten la casa con la palabra asesino, violador?�, increpó a los cronistas haciendo caso omiso de su foja. Luego se escudó en que �no hubo represión, yo tenía 25 años, cumplía órdenes. En la orden de detención del juez francés figura que yo había hecho dos días después que desapareció o secuestran a esa chica (Marie Anne Erize), un allanamiento a esa casa. En mi sección yo tenía 22 soldados conscriptos, eso puede ser, se lo dije a la jueza pero lo otro no�. 
Ante el tenor de las declaraciones del recién liberado, su abogado Alberto Ortiz le recomendó a Olivera �momentáneamente no dar ninguna conferencia de prensa por una cuestión de mesura�. 

 

 

opinion
Por Nora Veiras

Cinismo soberano

Dicen defender el principio de territorialidad pero, en realidad, defienden otro principio: el de impunidad. Los militares argentinos retirados y en actividad se rasgan las vestiduras por la violación a la soberanía nacional que supone la apertura de procesos judiciales por delitos de lesa humanidad en tribunales europeos. Repiten on y off the record que las leyes argentinas ya clausuraron la revisión de �los errores y excesos� de la represión ilegal. Con la solvencia técnica en la que se escudan para encubrir decisiones políticas, los funcionarios del Gobierno también repiten: �Está claro que de acuerdo con la jurisdicción argentina no hay persecución penal en estos crímenes. Son los efectos de la legislación argentina�.
Los crímenes en cuestión no son más que secuestros, torturas, asesinatos y desapariciones de miles de personas. Delitos que fueron �perdonados� por efecto, primero, de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida promulgadas por el gobierno radical de Raúl Alfonsín y, después, por los indultos decretados por su sucesor, el peronista Carlos Menem. Esa es �la legislación vigente� que garantiza la soberanía nacional. Las normas jurídicas son elaboradas, sancionadas y promulgadas por el poder político. La posibilidad de modificar ese esqueleto jurídico es una de las atribuciones que le dan sentido a la democracia. Si apenas asumió, en diciembre de 1983, Alfonsín se hubiera atenido a la legislación vigente no hubiera anulado la amnistía decretada por su antecesor, el militar Reynaldo Benito Bignone. Esa decisión política fue la que posibilitó el Juicio a las Juntas. 
Después de diecisiete años de democracia y cuando el doble discurso de gran parte de los políticos sobrepasó el límite de tolerancia, como lo manifiesta la crisis del Senado, sería oportuno que los funcionarios expliquen por qué defienden la vigencia de esas leyes. 
Desde el terreno militar también sería oportuno que se pusieran a la cabeza del pedido de anulación de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. Así podrían demostrar con la legislación vigente para el común de los ciudadanos argentinos que no cometieron delitos de lesa humanidad. Pero, en realidad, lo que ocurre es que los hombres del Ejército acuden en tropel en auxilio del camarada �perseguido� por la Justicia internacional que no tiene en cuenta la soberanía de la legislación vigente. 
¿Seguirían defendiendo el principio de territorialidad si se anularan las leyes? Alrededor de 1148 oficiales y suboficiales fueron liberados de castigo por efecto de esas normas. La absoluta mayoría pasó a retiro pero oficiales en actividad siguen justificando off the record las aberraciones cometidas por �el contexto� en el que se ejecutaron. ¿Es la territorialidad lo que defienden entonces? 

 

 

opinion
Por Mirta Mántaras * 

Un acto de ejercicio democrático

Contrariamente a lo que dijeran los dictadores militares en su �documento final� o el represor Riveros a los medios de prensa, para la legislación argentina los �desaparecidos� no están muertos sino que se los considera vivos hasta que se halle su cadáver.
En la ley 24411 se establece pago de una indemnización tomando como �sujetos de derecho� a los desaparecidos, es decir que se los presume vivos. Esta ley tuvo su origen en la sanción de la OEA al Estado argentino por el dictado de las leyes de impunidad violatorias de los tratados.
Dos de sus aspectos son importantes: se trata de una reparación moral y de un reconocimiento de la responsabilidad del Estado por el plan criminal implementado contra la población. Por ello es un acto de ejercicio democrático el cobro que hacen los familiares en nombre del desaparecido, pues con ello reafirman que no está muerto sino que los reemplazan por estar impedidos de ejercer esa acción.
Por esta razón, se hacen dos declaraciones judiciales dirigidas a dejar sentado que no se trata de una herencia; una declaración es respecto de quién es la persona que se encuentra en situación de ausencia por desaparición forzada, fijándose la fecha de desaparición que es la del secuestro o de la última vez que fue visto. Esta resolución se inscribe en el Registro Civil para que queda bien claro que no está fallecida, sino desaparecida contra su voluntad. No es, en consecuencia, un certificado de defunción como quería la junta militar, sino un certificado de que está viva hasta que se demuestre lo contrario, pues está desaparecida.
La ley 24411 lo define así: �Se entiende por desaparición forzada de personas cuando se hubiera privado a alguien de su libertad personal y el hecho fuese seguido por la desaparición de la víctima, o si ésta hubiera sido alojada en lugares clandestinos de detención o privada bajo cualquier otra forma del derecho a la jurisdicción�.
La otra declaración que se hace es sobre quiénes son los causahabientes de los desaparecidos que pueden cobrar la indemnización en su nombre, porque el titular es el ausente por desaparición forzada y los que perciben lo hacen como mandatarios con obligación de rendir cuentas si el titular apareciera.
Causahabientes son los sucesores de personas vivas. Cuando se trata de muertos los causahabientes pasan a la condición de herederos. Estas legislaciones, tanto la ley 24321 como la ley 24411 son de avanzada, pues significa que los pueblos reclaman que el Estado cumpla con su deber de informar qué pasó, por qué, cómo, por quiénes y exigen que dé cuenta de los actos de abuso de poder. Mientras esto no sucede, las personas secuestradas que no aparecieron se consideran vivas.
Cierto es que en muchos juzgados ha debido librarse una batalla para que no se caratule el expediente como �declaratoria de herederos� o �sucesión� debido a la falta de una lectura atenta de la ley 24411 o porque se participa de una posición procesista que hace difícil digerir que la sociedad no acepta el autoritarismo y el genocidio.
Otro tanto ocurre en las oficinas del Registro Civil, que no saben cómo proceder frente a este estado diferente que es el de ausente por desaparición forzada y quizá por ello se cometan muchos errores. En la Ciudad de Buenos Aires se adoptó un sistema excelente de llevar un registro de inscripción exclusivo para estas declaraciones ordenadas por los jueces, donde se insertan los datos personales y la fecha presuntiva de desaparición forzada. Esto permite que se pueda tomar fácilmente una estadística en el futuro.
El esfuerzo de miles de mujeres y hombres en el mundo para que se rechace la desaparición forzada de personas por ser un �ultraje a la dignidad humana� dio como resultado Declaraciones de la ONU, Convenciones Generales o Interamericanas y leyes ratificatorias en nuestro país, como las leyes 24321, 24411 y 24456 que demuestran la firme voluntad de no dar por muertos a los desaparecidos, de exigir información exhaustiva y el irrenunciable juicio y castigo a los culpables.

* Abogada de la APDH de Bahía Blanca y Neuquén.

 

 

Carta a De la Rúa para que extradite a Olivera

La delegación argentina de Amnesty International solicitó ayer al presidente Fernando de la Rúa que facilite la extradición a Francia del ex mayor Jorge Olivera, liberado el lunes pasado por la Justicia italiana. A través de una carta pública dirigida al primer mandatario, la organización humanitaria pidió al Presidente �que respete y haga cumplir los tratados que libre y voluntariamente el Estado argentino se ha comprometido a respetar�. Y además reclamó al Gobierno que �facilite� la extradición a Francia del represor argentino. El juez Roger Le Loire dictó la orden de captura en todo el mundo de Olivera. Mientras tanto, el mayor retirado retomó ayer su labor como abogado en su estudio de Tucumán 1335, desde donde cuestionó el pedido de captura de París porque �es una violación al principio de doble juzgamiento�.
El pronunciamiento de Amnesty no fue el único. Ocho organismos de derechos humanos �Abuelas y Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, el CELS y la APDH, entre otros� exigieron al Poder Ejecutivo que �investigue si hubo irregularidades en la obtención de la documentación�, que permitió la salida de Olivera de la cárcel de Regina Coeli. Y también remarcaron que la extradición del militar argentino �debe ser concedida� debido a la �gravedad de los hechos y la peligrosidad de este sujeto�. En esa misma línea, el diputado Alfredo Bravo (Alianza-Frepaso) afirmó que el ex jefe de inteligencia del Regimiento de Infantería de Montaña 22 de San Juan �no se ha sacado la capucha� y que �con sus declaraciones ofende a todo el pueblo argentino�. 
La carta enviada a De la Rúa, en la que la representación local de Amnesty International hizo saber su �profunda preocupación� por la liberación de Olivera, fue una de las reacciones que produjo el regreso, casi triunfal, al país del militar que estuvo detenido 42 días en una prisión italiana. En la misiva, esa asociación señaló que observa �con agrado� la orden de detención internacional cursada por la Justicia francesa contra el mayor retirado del Ejército argentino. 
Francia acusa a Olivera por el secuestro de la ciudadana francoargentina Marie Anne Erize, que fue realizado en 1976 por un grupo de tareas compuesto por oficiales del RIM 22. A pesar de que la Justicia italiana decidió finalmente soltarlo, decisión que permitió que el hoy abogado volviera con apuro al país, Olivera todavía tiene pendiente ese pedido de arresto en su contra. Y su suerte podía dejar de acompañarlo si la Argentina aprueba su extradición a París, una posibilidad remota que los organismos de derechos humanos quieren hacer realidad. En esa línea se pueden entender las palabras del titular de Amnesty argentina, Marcelo Avila, quien subrayó que �la desaparición de personas es un crimen de lesa humanidad y por ello imprescriptible, tal como lo sostiene la Asamblea de la Organización de los Estados Americanos�. 
El militar-abogado, por su parte, tiene claro quiénes son sus enemigos: ayer aseguró que seguirá trabajando �contra los organismos de derechos humanos�. Además, intentó desprestigiar los fundamentos del pedido de captura firmado por el juez Roger Le Loire. Ayer, al mismo tiempo que Olivera disfrutaba de su reciente libertad, la Asociación ex Detenidos Desaparecidos y la Liga Argentina por los Derechos del Hombre denunciaron la �complicidad política� del Gobierno porque, �como sucedió hace más de una década atrás con la ley de Obediencia Debida, argucias legales y complicidades políticas le abrieron la celda romana a Olivera�. 

 

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