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UNA LEY IRREALIZABLE, PARA DISIPAR EL MIEDO A OTRO PLAN BONEX
Depósitos intangibles como el aire

Es ley la intangibilidad de todos los depósitos, en pesos o en dólares, que quedarían así a salvo de cualquier incursión del Estado. Este no podría, en un caso extremo, salvar a los bancos.

El Senado, como antes
Diputados, dio amplio apoyo al proyecto.
Una ley sedante para los alterados
nervios de los depositantes.

La Cámara de Senadores transformó anoche en ley la intangibilidad de los depósitos bancarios, propuesta respaldada tanto por el oficialismo como por la oposición y que procura enviar una señal tranquilizadora ante la fuga de fondos del sistema. La flamante norma intenta convencer a los depositantes de que ningún gobierno se apoderará de su dinero, ni siquiera ante una situación crítica. Sin embargo, es obvio que si se reanudase la corrida, amainada y hasta revertida en las últimas jornadas, en algún momento debería decidir el Gobierno si permite que los bancos vayan cayendo en la iliquidez y quebrando, o detiene la sangría mediante algún arbitrio que impida el retiro de más depósitos. En tal eventualidad, el BCRA podría disponer un feriado bancario para ganar tiempo, y el Ejecutivo aprovecharía ese espacio para obtener del Congreso la modificación de la norma anoche sancionada. Es inimaginable que las autoridades opten por permitir el colapso del sistema bancario sólo para respetar lo dispuesto por esta curiosa ley.
La pretendida intangibilidad protege a todos los depósitos, sean a la vista o a plazo, en pesos o moneda extranjera. Específicamente, se le prohíbe al Estado nacional alterar las condiciones pactadas entre los depositantes y la entidad financiera de que se trate. En concreto, queda expresamente vedado canjear los depósitos por títulos de la deuda pública nacional u otro activo estatal (obvia garantía de que no se reeditará un Plan Bonex). Tampoco se podrá prorrogar la devolución de un depósito ni alterar la tasa pactada, y tampoco la moneda de origen (es decir, devolver pesos en lugar de dólares, por ejemplo). No se admite tampoco reestructurar los vencimientos, que es precisamente lo que la Argentina intenta conseguir de sus acreedores.
Para darle más firmeza y contundencia a la norma, el artículo tercero la define como “de orden público”, con lo cual sus disposiciones tienen prioridad sobre cualquier norma en contrario previamente sancionada. Los derechos de los depositantes serán considerados como “adquiridos”. Pero por si subsistiera alguna duda sobre la validez de esta ley frente a cualquier otra, el artículo 4º deroga expresamente “todas las normas legales o reglamentarias que se le opongan”.
Sin embargo, se dejan en pie las disposiciones de la ley de Entidades Financieras y de la Carta Orgánica del BCRA. Esta última, reformada durante los calientes días del efecto tequila, faculta al organismo a reacomodar activos y pasivos de los bancos que entran en un proceso de liquidación. Por tanto, el Central puede traspasar las carteras de créditos y de depósitos. Pero es evidente que, mientras se sustancia una liquidación, los depósitos permanecen congelados. En realidad, la nueva ley alude ante todo a crisis generalizadas, como las que pueden inducir a las autoridades a congelar depósitos, reprogramarlos o canjearlos por otros activos financieros, y no a casos particulares.
Un ítem que queda resguardado de la intangibilidad consagrada por la nueva ley es el de los requisitos mínimos de liquidez y los efectivos mínimos, distintas modalidades de encaje bancario; es decir, la porción de los depósitos que los bancos deben conservar como respaldo para hacer frente a los retiros de fondos de su clientela. Pero si un banco tuviera una deficiencia de encaje, el BCRA siempre disfrutará de prioridad para inmovilizarle los fondos necesarios, aun a costa de la capacidad de la entidad para devolver depósitos.
Según afirmó alguna vez, más en serio que en broma, el economista Charles Calomiris, cuando se hunde un banco primero cobran los abogados, después Impositiva, en tercer lugar el Banco Central y, si todavía queda algo, los depositantes. Nadie va a pensar que la ley anoche sancionada alterará esta regla. Por otro lado, aunque se la haya concebido para hundimientos generalizados, siempre habrá un banco que zozobre primero por no haber conseguido financiación para su agujero. Por tanto, si el Gobierno no puede ayudarlo con una inhibición general sobre los depósitos, deberá conformarse con verlo quebrar. Al fallido le seguirá rápidamenteotro, y así hasta arrastrar a varios, muchos o todos, de manera que una regular porción de depositantes no pondrán reunirse con sus ahorros, que así se volverán intangibles... para ellos.
Si los bancos, procurando sobrevivir ante la imposibilidad gubernamental de arrojarles un salvavidas, reclamaran de sus deudores la inmediata devolución de los créditos, la onda expansiva de la crisis financiera envolvería velozmente a los sectores reales, cuya intangibilidad no está garantizada por ley alguna.

 

El Fondo no se fuma

El proyecto de presupuesto que el Poder Ejecutivo se apresta a enviar al Congreso dará lugar a fuertes discusiones, por el ajuste que impone. Sin embargo, ya no será motivo de pelea uno de los temas que siempre inquieta a los legisladores norteños. Esto es porque el Senado convirtió ayer en ley una iniciativa que excluye al Fondo Nacional del Tabaco del presupuesto nacional, dando lugar a la intangibilidad del mismo. Los gobernadores de las provincias tabacaleras se reunieron la semana pasada con Domingo Cavallo para pedirle que el Poder Ejecutivo no vete la ley. La intención de separar los recursos del Fondo del Tabaco del presupuesto es para evitar que el Gobierno afecte su distribución a las provincias beneficiarias. Los gobernadores sostienen que la Nación suele “pisar” el dinero que les corresponde.

 

Impuesto a las telefónicas

El Senado convirtió ayer en ley un proyecto que autoriza a los municipios de todo el país a cobrar un impuesto a las compañías telefónicas por el uso del espacio aéreo y terrestre. Las tasas máximas permitidas son del 2 por ciento en el primer caso, y del 1 por ciento en el segundo, y se aplican sobre la facturación anual bruta de las compañías entre los clientes de cada municipio. El proyecto fue votado por unanimidad, lo mismo que antes en Diputados. Uno de los artículos prohíbe a las telefónicas trasladar el costo del nuevo impuesto a los usuarios. Los senadores recordaron que la utilización gratuita de los espacios públicos, como ya se pronunció la Justicia, se limitaba a las empresas del Estado. Se estima que el gravamen permitirá a los municipios recaudar entre 80 y 100 millones de pesos anuales. Sin embargo, los secretarios de Ingresos Públicos, José María Farré, y de Comunicaciones, Henoch Aguiar, anticiparon su rechazo a la iniciativa, por lo que podrían recomendar a Fernando de la Rúa que la vete.

 

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