EL PAíS › EL GOBIERNO SACó CUATRO DECRETOS REGLAMENTANDO LA LEY DE REFORMA POLíTICA

Primarias en agosto para todo el mundo

El ministro Randazzo anunció los primeros decretos sobre la reforma y ratificó la convocatoria para el 14 de agosto de 2011. Aclaró que las alianzas deberán presentarse 60 días antes. Mensajes para el PJ disidente.

 Por Alejandra Dandan

“Hay equipo”, decía anoche uno de los hombres del Gobierno que más trabajó sobre la letra de la reforma política. “Ahora hay que salir a la cancha.” El ministro del Interior, Florencio Randazzo, acababa de anunciar en una conferencia de prensa la reglamentación parcial de la ley 26.571 de reforma política, con lo que ratificó –por si quedaban dudas– las primarias abiertas, obligatorias y simultáneas para agosto del año que viene. Los cuatro decretos responden a los pedidos de la Justicia electoral y simplifican los trámites de afiliaciones y desafiliaciones a pedido de los partidos políticos más chicos enrolados en la centroizquierda. En ese escenario, Randazzo habló de las autoridades electorales y de los plazos para presentar las alianzas. En un mensaje que pareció dedicado al PJ aseguró que la Junta Electoral partidaria estará integrada por un representante “de cada lista”, como lo establece la ley. Y aclaró que las alianzas deberán presentarse 60 días antes de las primarias y no después, como reclama el Peronismo Federal. Además, aclaró, las alianzas deberán ser definitivas. La figura del “elector ausente por desaparición forzada” será incorporada a los padrones.

“El objetivo fundamental –dijo Randazzo– es que la ciudadanía concurra a votar y comprometerse en la selección de candidatos que participarán en la elección general de octubre de ese año.” Las elecciones serán, dijo, abiertas, obligatorias y simultáneas. Se harán el 14 de agosto de 2011, y los partidos tendrán tiempo hasta 60 días antes de presentar las alianzas.

En un adelanto de aspectos que serán reglamentados en próximos decretos que saldrían en la segunda parte de este año, subrayó abundantemente aspectos detallados en la ley. En ese sentido, habló de la Junta Electoral y de las alianzas. Sobre el primer punto señaló que deberán estar representadas por un dirigente de cada lista, un dato que pareció tender puentes a los reclamos del PJ disidente. “La futura reglamentación –admitió uno de los funcionarios que trabajaron en la reglamentación del tema– no podrá modificar ese piso.”

El otro aspecto político de la agenda de Randazzo fue el mensaje sobre las alianzas. Cuando le hicieron una pregunta sobre el tema, el ministro se sujetó, otra vez, a lo que dice la ley: “Está muy claro en la ley que la constitución de alianzas es una decisión del soberano que es el congreso partidario, quien determina la voluntad política”, 60 días antes de la primaria. Y aclaró que esa alianza “va a quedar congelada para los comicios generales”.

El mensaje iba destinado al peronismo disidente, que subordina su participación en las internas del PJ a la posibilidad de que las alianzas pudiesen acordarse después de las primarias. No obstante, concedió, “no es obligatorio asignarle un nombre” a esas alianzas de cara a las primarias, porque el nombre podría elegirlo el que gane. Eduardo Duhalde, por ejemplo, había condicionado su participación en las internas justicialistas a que la alianza que arme el PJ no se denomine Frente para la Victoria, porque lo considera ya identificado con el kirchnerismo.

La reglamentación

Desde hacía tiempo el Gobierno venía diciendo tres cosas sobre la reclamada reglamentación de la ley de Reforma Política.

Una, que las leyes deben ser promulgadas, pero no todas deben ser reglamentadas. Y, en este caso en particular, la ley “ya era reglamentarista” y no hacía falta abundar en detalles. Lo segundo era que la reglamentación no podía cambiar el espíritu de fondo. Tercero, que la reglamentación sería parcial: una primera parte reglamentaría el aspecto administrativo y técnico de la puesta en marcha de la reforma y el segundo llegaría en el segundo semestre del año para cubrir eventuales baches del llamado electoral.

Los cuatro decretos que firmó la presidenta Cristina Kirchner son parte de la primera etapa de la reglamentación. Y consolidan la función de la Dirección Nacional Electoral, a cargo de Alejandro Tulio, en la coordinación del proceso.

- El primer decreto activa la función de la Dirección Nacional Electoral a cargo de Tulio y del Consejo de Seguimiento de las elecciones primarias y generales que creó la ley. El Consejo está integrado por un representante de cada una de las listas que participen de las elecciones. Deberá reunirse con una frecuencia mínima de 15 días una vez que se convoque a elecciones, los integrantes deberán hacer un seguimiento de todo el proceso electoral y presentarán informes a la Dirección Nacional Electoral que deberá prestarle asistencia material y responder a todos los pedidos de información del Consejo. En los hechos, el decreto intenta ahuyentar el fantasma de una veeduría que quede a cargo exclusivamente del Ministerio del Interior, algo que la oposición cuestionaba.

- El segundo decreto reglamenta la transferencia electrónica de datos del Registro Nacional de Electores a la Justicia Nacional Electoral, un reclamo que venía haciendo la propia Justicia. Homologa el valor del padrón digital al padrón de papel. Además incorpora la figura del “elector ausente por desaparición forzada”, cuya confección estará a cargo de la Secretaría de Derechos Humanos y serán incorporados al final de los padrones del último domicilio, con los nombres “sombreados”.

- El tercer decreto en términos políticos es el más importante. Contempla dos aspectos. Por un lado, fija en 90 días hábiles el plazo para que los partidos políticos puedan regularizar su situación ante el requerimiento de la Justicia, un plazo que en los hechos extiende por 30 días el plazo original de “90 días” a secas establecidos en la ley. Por otro lado, resuelve reclamos centrales de los procesos de afiliación y desafiliación a los partidos políticos.

Hasta la reforma, la afiliación a un partido borraba automáticamente la anterior. La reforma modificó uno y otro proceso. Para la desafiliación, cualquier ciudadano debía manifestar su voluntad de hacerlo a través de un telegrama gratuito enviado desde el correo, o personalmente, ante la Justicia Electoral. Eso cambió. A partir de ahora bastará con la presentación de una nota con la firma del renunciante a un partido que esté certificada por una autoridad del partido al que se va a afiliar. Además, la renuncia puede ser indeterminada: no deberá dar cuenta del partido que deja.

Las afiliaciones seguirán ese mismo mecanismo. El decreto admite la figura del certificador de un partido político como garante o responsable de la presentación de afiliados ante la Justicia.

Este era uno de los puntos más cuestionados por los partidos más chicos. La nueva ley les exige en general aumentar el piso de afiliados para poder presentar candidatos o constituirse como nuevo partido en caso de que no hayan alcanzado el piso mínimo en la última elección. En ese proceso, el trabajo de afiliación se transformó en prioritario, pero los requisitos que ponía la ley les trababa no tanto lograr afiliados sino conseguir que quienes se acercaran estuviesen desafiliados de otros partidos o aceptaran seguir los pasos indicados para desafiliarse de otros espacios.

- Por último, el cuarto decreto se refiere al financiamiento de los partidos: autoriza a la Dirección Nacional Electoral a subvencionar a los partidos en los gastos de las cuentas corrientes del Banco de la Nación Argentina. Eso es porque la ley obliga a los partidos a abrir una cuenta en bancos oficiales. Hubo muchos pedidos de partidos exigiendo que se resolviera esa cuestión. Otro aspecto se refiere a las alianzas políticas: el decreto establece cómo organizar los términos financieros de las alianzas: o dividir los fondos de acuerdo a la cantidad de afiliados o con un porcentaje fijo de acuerdo a un consenso.

La conferencia de prensa no fue tan ordenada con este tipo de precisiones. Randazzo trastabilló cuando explicó el tercero de los decretos y levantó una ola de confusión en la tribuna de periodistas. Así y todo, salió a marcar la cancha.

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El ministro Randazzo y la presidenta Cristina Kirchner, en la firma de los decretos para reglamentar la reforma política.
Imagen: Télam
 
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