EL PAíS › EL FISCAL QUANTIN PIDIO A LA CAMARA PROCESAR A MENEM

El candidato sospechado

Casi en silencio, el miércoles pasado llegaron a la Sala II de la Cámara Federal Criminal dos memoriales del fiscal sobre la cuentas suizas del ex presidente y actual candidato. Con una argumentación demoledora, piden que se investigue qué dineros tiene allí y de dónde los obtuvo, se revoque la falta de mérito y se lo procese por omisión maliciosa.

 Por Miguel Bonasso

La noticia fue ignorada por los medios a pesar de su posible influencia sobre el proceso electoral en marcha: el miércoles entraron a estudio de la Sala II de la Cámara Federal Criminal y Correccional dos memoriales sobre las famosas cuentas suizas de Carlos Menem, en los que el fiscal Norberto Quantín solicita el procesamiento del ex presidente y actual candidato. En medios tribunalicios se supone que la Sala II, integrada por los magistrados Eduardo Luraschi, Martín Irurzun y Horacio Cattani, podría demorar su decisión hasta después de la segunda vuelta, para preservar una imagen de “imparcialidad” de la Justicia ante los distintos aspirantes a la Presidencia. La espera, claro, encierra un riesgo: que el “sospechado” –como lo llama en uno de los escritos el fiscal Quantín– se impusiera en la segunda vuelta del 18 de mayo y consiguiera un nuevo pasaporte presidencial hacia la impunidad. El alegato –elocuente, despojado de eufemismos– respalda la apelación del fiscal de primera instancia, Federico Delgado, contra el fallo del juez federal Norberto Oyarbide, que en octubre último dispuso la “falta de mérito” del ex presidente en el escandaloso tema de las cuentas suizas.
Confesión de partes
El concepto se popularizó hace mucho tiempo trascendiendo los estrados judiciales: “A confesión de partes, relevo de pruebas”. Y eso fue lo que ocurrió en julio del año pasado, cuando Carlos Saúl Menem admitió ante la cadena norteamericana CNN lo que había negado un año antes ante la Justicia argentina, que tiene por lo menos una cuenta en Suiza. En la cuenta había unos 600 mil dólares. Menem atribuyó el origen de ese dinero argentino exportado a una indemnización de 200 mil dólares que logró cobrarle en juicio al Estado, por su prisión durante la dictadura militar. La cifra original se habría engrosado supuestamente por la acumulación de intereses.
En un simple cálculo matemático realizado ante el juez Julio Speroni, en cuyo juzgado quedó radicada la maltrecha causa por la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador, el abogado Ricardo Monner Sans demostró que tal acumulación primitiva era imposible. Para lograrla hubiera hecho falta que la banca suiza –que no se singulariza por su munificencia– le hubiera pagado al cuentahabiente un 0,56 por ciento mensual capitalizable cada 30 días; o que le hubiera reconocido una tasa de interés capitalizable anualmente del 6,93. “El menos informado sabe que jamás la banca suiza, en el lapso considerado, ha podido reconocer dicha tasa de interés.”
Pero había algo más grave aún: Menem reconocía tener al menos una cuenta en el exterior, dato que había omitido un año antes en su declaración jurada ante la Justicia. La Oficina Anticorrupción lo denunció y el caso quedó en manos del juez federal Norberto Oyarbide que, en noviembre del año pasado, dictó la falta de mérito, argumentando que no contaba con información oficial de sus pares helvéticos sobre una cuenta en la Unión de Bancos Suizos.
En el medio, restaba una larga y confusa comedia de enredos sobre exhortos mal librados y una confrontación entre Oyarbide y el fiscal Carlos Stornelli, a quien el magistrado logró apartar de la causa correspondiente. Pero otro fiscal, Federico Delgado, que subrogaba a Miguel Angel Osorio (ausente por vacaciones) apeló la “falta de mérito” ante la Cámara Federal. Delgado hizo hincapié en un video tape “(debidamente incorporado al proceso) que documenta una entrevista periodística efectuada al Dr. Carlos Menem, (según la cual) es posible concluir que omitió insertar un dato que debía constar en su declaración jurada”. “De este modo –agregaba el fiscal Delgado– pese al estado incipiente de la pesquisa y sin perjuicio de las diligencias probatorias en plena producción, se encuentra reunido en autos el grado de probabilidad que reclama el artículo 306 del catálogo instrumental, de donde se sigue que corresponde dictar auto de procesamiento.”
“¿Por qué mentiría un ex presidente?”
En febrero último el fiscal Norberto Quantín, con 40 años encima de carrera judicial, emitió dos memoriales impecables del punto de vista jurídico y notables por su valor moral, por su condición de verdadera catilinaria contra la impunidad del poder. Uno de ellos apoya la apelación de su joven colega Federico Delgado y el otro le da la razón al fiscal Stornelli en su confrontación con Oyarbide. Si la Cámara resolviera a favor de Quantín, Stornelli retornaría a la causa de las cuentas suizas de la que fuera apartado por el juez.
En el primer escrito, el fiscal interino de Cámara sostiene que la documentación aportada por la Oficina Anticorrupción demuestra “que el doctor Menem no declaró la existencia en dólares en una cuenta abierta en Suiza”. “Igualmente, con los reportajes traídos a la investigación, quedó probado que el Dr. Menem, en declaraciones hechas a dos programas extranjeros, admitió haber abierto la cuenta de marras, por la suma de 200 mil dólares –que gracias a los intereses– se convirtieron en 600 mil.”
Después ataca la argumentación esgrimida por el juez Oyarbide para dictar la “falta de mérito”, coincidiendo con Delgado en un elemento decisivo, la propia confesión del acusado. Dice Quantín: “Si bien aún no fue contestado por las autoridades helvéticas el segundo exhorto enviado por el Dr. Oyarbide, entiendo que a esta altura del proceso las reiteradas declaraciones públicas del imputado son prueba suficiente de la existencia de la cuenta”.
Citando al fiscal Osorio –reemplazado transitoriamente por Delgado– Quantín recuerda que en la entrevista de la CNN hubo preguntas que Menem eludió contestar, excepto “las referidas a su cuenta en Suiza”. “¿Por qué mentiría un ex presidente de la Nación y con voluntad de volver a serlo a la sociedad nacional e internacional destinataria de sus manifestaciones?”
El acusador discrepa frontalmente con el juez, en cuanto éste justifica “la falta de mérito” para procesar a Menem en que no se cuenta “con el grado de meridiana certeza que es dable exigir en la especie”. Citando un fallo de la Sala II en otra causa, Quantín afirma “no se requiere certidumbre apodíctica para dictar el procesamiento”. (“Apodíctico/a”, según el diccionario de María Moliner, es aquella definición que no deja “lugar a discusión”.) Y agrega que “en este caso existen ‘elementos de convicción suficientes’ para dictar dicha medida”.
“Prefirió ampararse en el silencio”
El memorial avanza hacia una crítica de la Justicia argentina y sus engorrosos procedimientos que muchas veces conducen a un callejón sin salida; a generar nuevas frustraciones en una sociedad que no confía en sus instituciones. “Las estructuras judiciales –dice el fiscal interino de Cámara– siempre resistentes al cambio, se niegan inconscientemente a incorporar las nociones de instrucción penal preparatoria –que debe ser ágil y corta– y continúan con agotadores sumarios que muchas veces terminan en la nada, generalmente en una prescripción.”
El acusador, en cuyo discurso se adivina el cansancio moral del que ha visto demasiados enjuagues detrás de los estrados, elogia el llamado a indagatoria del ex presidente, en el que estuvieron presentes Oyarbide y el fiscal Osorio, pero se “escandaliza”, con razón, ante la conducta elusiva de quien ocupara la primera magistratura. El párrafo en cuestión merece citarse in extenso: “Correctamente el Dr. Menem fue llamado a prestar declaración indagatoria. En este acto típico de defensa en la moderna concepción procesal, el imputado podría haber justificado su actitud y haber facilitado la investigación, indicando el banco y número de cuenta de su depósito helvético, lo que hubiera ahorrado mucho a la Justicia argentina. Sin embargo, prefirió ampararse en su derecho a guardar silencio. Y si bien estoy seguro que escandaliza que quien fuera Presidente de la Nación Argentina no haya corrido a demostrar que todo su dinero es bien habido, sin ambages ni tapujos, tal actitud no puede ser, en el plano estrictamente procesal, tomada en su contra. Tampoco deberá ser tomada a su favor pues, repito, ningún dato aportó que hiciera caer el estado de sospecha que motivara su llamado a declarar”.
“Ni esta cuenta ni otra”
Quantín evalúa después las distintas pruebas, entre las que destaca el video tape con la confesión de Menem a la CNN, afirmando que “nada obsta a su admisión si resulta pertinente” para la investigación judicial, ya que esos elementos probatorios no contravienen ninguna norma constitucional ni procesal, aunque “no mediara consentimiento del involucrado, que aquí sí lo hubo”.Subraya luego que la prueba del video está acompañada por otras constancias y diversos testimonios, como el del periodista Daniel Santoro o el actual candidato a vicepresidente junto a Elisa Carrió, Gustavo Gutiérrez.
Según el fiscal, si la Justicia suiza contesta finalmente el exhorto y confirma oficialmente la existencia de la cuenta de marras, “se tendrá la plena certeza”. “Si no fuera así, y no apareciera ninguna cuenta –ni la confesada ni otra–, pues da lo mismo, ya que el imputado dijo no tener ninguna, entraríamos en el campo de la duda y habrá que estar a lo más favorable al imputado. Pero, mientras tanto, el proceso debe seguir adelante.”
La mención de otra cuenta dista de ser casual. Como se sabe, el 30 de enero último, la juez suiza Christine Junod aceptó hacer lugar parcialmente a los pedidos de investigación remitidos por la Justicia argentina en relación con el atentado a la sede de la AMIA y comentó la existencia de una cuenta de seis millones de dólares a nombre de la sociedad Spark Foundation, cuyo titular es el ex cabo de la policía riojana y valet del ex presidente, Ramón Hernández; la prueba viviente de que la famosa movilidad social argentina no cesó para todos durante la década menemista. En la investigación que lleva a cabo el juez federal Juan José Galeano, figura la declaración del famoso “testigo C” que aseguró (y luego aparentemente se arrepintió) que el ex presidente había recibido 10 millones de dólares del gobierno de Irán, para dejar en la nada la investigación del atentado a la sede de la mutual judía.
En algunas de las rogatorias libradas a la Justicia helvética hay errores ya que se hicieron en relación a delitos –como el de enriquecimiento ilícito– que no figuran en el Código Penal de Suiza y por lo tanto no pueden ser contestados en los exhortos. Algunos, como Gutiérrez, sospechan que los errores fueron deliberados. Los jueces argentinos involucrados en estos temas recibieron una invitación para reunirse en Berna con sus colegas helvéticos, pero la rechazaron por considerar que no podían rebajarse a que los magistrados suizos les bajaran línea. Uno de esos magistrados, la juez Junod, en una entrevista en Ginebra con Juan Gasparini, que publicó en Buenos Aires la revista Veintitrés, declaró textualmente: “Sí, hay más de 6 millones de dólares en una cuenta de un banco actualmente absorbido por el Banco de Gotardo, abierta en Zurich, a nombre de Spark Foundation, una sociedad radicada en el principado de Liechtenstein, cuyo titular es Ramón Hernández”.
Tal vez sería interesante que alguien encarase un viaje oficial.
“Un tono impropio de magistrados...”
El segundo memorial de Quantín, el más extenso, apoya el planteo de nulidad del fiscal Stornelli contra la resolución del juez Oyarbide que dispuso una acumulación de causas referidas a enriquecimiento ilícito de Menem y algunos de sus colaboradores más cercanos, como Armando Gostanian, Alberto Kohan, Hugo Anzorreguy, Alberto Rossi y el taciturno y próspero Ramón Hernández.
En su “advertencia previa”, el escrito del fiscal interino de Cámara no ahorra duras críticas al juez Oyarbide: “Lo hasta aquí cumplido por el magistrado instructor, lamentablemente, esboza comenzar a ser una más de las tantas investigaciones frustradas que abortan las esperanzas de la ciudadanía de tener un país que no ocupe los últimos puestos en la lista de transparencia internacional”. Quantín advierte a la Cámara que se está ante la posibilidad de “otro fracaso judicial”. Y explica: “Es así que tenemos un comienzo en la primera plana de los diarios; desaceleración paulatina del ritmo de investigación; objetos procesales poco claros –y poco serios a veces– marcados por el ritmo de quienes no son parte en la causa, acumulando desordenadamente imputados y más imputados (no se puede ir de pesca, a ver qué funcionario engancho) por hechos que de ninguna manera deben investigarse juntos”.
Sin eufemismos, con una claridad que ha causado la admiración de algunos abogados, el acusador desnuda la pelea entre Oyarbide y su colega Stornelli: “Y si algo faltara, se nos regala una acre disputa entre un fiscal que piensa que la acumulación de causas es una maniobra para apartarlo y un juez a quien cada presentación del Dr. Stornelli le provoca una rabieta y pretende sustituirlo como sea, olvidando lo dispuesto en el artículo 120 de la Constitución Nacional y la concreta norma del artículo 33 inciso Ll de la Ley de Ministerio Público número 24.946: es atribución del procurador general de la nación ‘establecer una adecuada distribución del trabajo entre sus integrantes’. Todo esto distrae, agota o divide las fuerzas que deben ahorrarse para el esclarecimiento de los hechos, deja un sabor amargo, pues se pierde el estilo digno, al descender a la ofensa empleando un tono impropio de magistrados”.
Una de las causas acumuladas indebidamente, según el memorial, es la 9574/01, por enriquecimiento ilícito, iniciada en julio de 2001 debido a una denuncia de Juan Carlos Iglesias y se dirige contra Kohan, Gostanian, Anzorreguy, Rossi y Hernández. Otra, la 12.432, que se inicia por denuncia del funcionario de la Oficina Anticorrupción, Manuel Garrido, por “omisión maliciosa en la declaración de bienes” y es la específicamente referida a la confesión ante la CNN acerca de “la” cuenta suiza. Una tercera es la 12.546, iniciada por un señor Carlos Bustos, presidente del poco conocido partido “Ciudadanos sin temor”, cuya sede central –acota Quantín con ironía– se encuentra en el propio domicilio del presentante, quien denuncia los mismos hechos que la Oficina Anticorrupción.
En el fuero penal económico subsiste lo que queda de la vieja causa de armas que llevaba el juez federal Jorge Urso, hasta que la Corte Suprema desmanteló la acusación de asociación ilícita y le abrió la cómoda cárcel de la quinta de Gostanian a un Menem que salió catapultado a su actual tarea proselitista. El tratamiento dado a esta causa por el juez Julio Speroni merece también algunas agudas observaciones del fiscal. Quantín pulveriza la pretensión de Speroni de analizar el posible enriquecimiento de Menem, solamente en relación con la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador. “El patrimonio es un todo y no una parte”, recuerda el fiscal y añade: “Sería por lo tanto absurdo decir que se investiga el incremento del patrimonio proveniente de un contrabando o un cohecho. Esto, que parece tan claro y elemental, es contradicho por el juez en lo penal económico cuando el 12 de febrero de 2002 (ver fojas 582) sostuvo que ‘...el único enriquecimiento ilícito que puede ser investigado en estefuero, es el devenido del cobro de fondos y/o comisiones ilegítimas provenientes del contrabando de armamentos acreditado en autos’ ¡Sic!. Este sorprendente auto fue apelado por la señora fiscal Dra. Sustaita y es el día de hoy –pasado un año de dictado– que su revisión sigue pendiente de la decisión de la Excma. Cámara de aquel fuero”.
¿Qué ocurre mientras tanto? Si se produjera cualquier nueva denuncia sobre enriquecimiento ilícito contra Menem, su defensa podrá alegar que hay “litis pendentia” (litigio pendiente), pero si esa denuncia fuera a parar al juzgado de Speroni “éste aducirá que él ‘sólo’ investiga el enriquecimiento ilícito proveniente del contrabando de armas. Consecuencia: nadie investiga nada”.
Para remediarlo, el fiscal pide que la Cámara investigue al ex presidente por supuesto enriquecimiento ilícito en otra causa distinta a la iniciada por la denuncia de la Oficina Anticorrupción y que se abran otros expedientes para sus ex funcionarios sospechados de ser “hombres de paja”.
Cuatro líneas al final del primer escrito, resumen muchas cosas a la vez y encierran lo que podría ser una decisión de enorme trascendencia institucional y política: “Conforme lo expuesto, solicito a los señores jueces de Cámara que al momento de resolver, revoquen la resolución recurrida en todo cuanto decide y fuera materia de apelación, y manden dictar el procesamiento del sospechado”.
Los conocedores, los que elogian la experiencia y astucia del juez Irurzun, sospechan que la Sala II se tomará un tiempo prudencial antes de llegar “al momento de resolver”.

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