EL PAíS › SIN LA OPCION ATESORAMIENTO

Normas ordenadas

 Por Cristian Carrillo

El Banco Central informó ayer que suspendió el acceso al mercado local de cambios para la compra de activos externos sin aplicación específica. O sea, la adquisición de dólares para atesorar. Hasta ahora las consultas realizadas en el sistema de validación de la AFIP con este propósito quedaban bajo análisis del ente recaudador, que se encontraban hasta la fecha todavía “pendientes”. El directorio del BC decidió suspender la opción de atesoramiento a través de la derogación de la Comunicación “A” 5261. Por su parte, se permitirá el acceso al mercado de cambio para la compra de billetes verdes por los montos correspondientes a créditos hipotecarios, operación que se autorizará hasta el 31 de octubre de este año. A partir de esa fecha, todas las operaciones inmobiliarias a través del sistema financiero se realizarán en pesos.

El control a la compra de moneda extranjera pasó por varios momentos desde fines del año pasado en la aplicación de distintos parámetros para concretar las operaciones. La última modificación había determinado la posibilidad de adquirir divisas para viajes, compra de inmuebles, vehículos, embarcaciones, aeronaves, instrumental médico, equipamiento científico o de laboratorio. Finalmente, el Central ordenó la normativa para la compra de dólares, definiendo cuáles serán automáticas y cuáles necesitarán la validación de la AFIP.

- Viajes y Turismo. Personas físicas y jurídicas residentes accederán al mercado para los viajes propios y también de empresas por los traslados de su personal, previa validación fiscal de cada operación.

- Pagos al exterior. Se mantendrán los códigos vigentes –cerca de 300– para abonar mercancías, servicios, rentas y capital.

- Créditos hipotecarios. La compra de moneda extranjera con los pesos de créditos hipotecarios, que no sean de corto plazo, otorgados por entidades financieras para la adquisición de viviendas. Sólo se mantendrá para aquellas carpetas preacordadas hasta ayer y hasta el 31 de octubre del 2012. Después de esa fecha la AFIP no convalidará pedidos de dólares para operaciones inmobiliarias.

- Por imprevistos. Se trata de una norma para personas que no operan habitualmente con el exterior. Se utiliza en casos en que turistas argentinos sufran en el exterior la pérdida o robo de documentos y dinero y se quedan sin fondos. Los familiares entonces pueden acceder al mercado mediante un sistema simplificado hasta 5000 dólares. A partir de 1000 dólares deberá contar con la presentación de una declaración jurada y acreditación en cuenta. En el caso de falsear la justificación el contribuyente quedará bajo sospecha de “delito penal cambiario”.

- Donaciones. Se autoriza el acceso “sin conformidad previa” para la compra de divisas para realizar donaciones en casos de desastres naturales, urgencias sanitarias u otras situaciones de carácter humanitario de conocimiento público.

“Se suspende el acceso al mercado de cambios para las compras de activos externos sin aplicación a un destino específico”, recalca el documento del Central. “Es parte de un diagnóstico y de un planteo de política pública y económica, que los dólares estén disponibles para el pago de importaciones y de deuda soberana”, señaló la presidenta del Central, Mercedes Marcó del Pont (ver aparte). La principal fuente de dólares en el país es la exportación. Para evitar los cuellos de botella producto de la restricción externa, el Central decide priorizar los usos de las divisas: pago de importaciones, atender vencimiento de deuda y continuar con la acumulación de reservas. El organismo aprobó también el traspaso de 4165 millones de dólares al Fondea para el pago de vencimientos.

En los considerandos de la norma, el directorio del Banco Central rechaza la receta de analistas ortodoxos que aconseja que la Argentina devalúe el tipo de cambio o se endeude. “La política económica tiene hoy dos opciones: aceptar la variación brusca del tipo de cambio o limitar transitoriamente el acceso a los dólares demandado para ahorro”, reconoce. Y aclara que “oscilaciones fuertes y repentinas son nocivas para la actividad económica y para consolidar la diversificación industrial en forma armónica con mejoras del poder adquisitivo de los salarios”.

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