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Máximo Saúl se quedará sin la leche de Carlos Spadone

El ex asesor de Menem fue condenado por haber vendido leche en mal estado al Ministerio de Salud. El caso se originó por una investigación de Página/12.

Doce años después de que Página/12 revelara que el empresario menemista Carlos Spadone proveyó al Ministerio de Salud y Acción Social leche en mal estado destinada a los planes de atención materno-infantil, el ex asesor presidencial fue condenado a dos años y medio en suspenso por fraude a la administración pública. Un fallo de la Cámara Federal revocó la decisión del juez Jorge Ballestero, que había absuelto a Spadone.
La resolución de los jueces Horacio Cattani, Eduardo Luraschi y Martín Irurzun condenó también a dos años y seis meses a Carlos Eugenio Santunione y Néstor Osvaldo Lorenzo. El primero figuraba como propietario de las fábricas Sastre y ERA –donde se fraccionaba la leche– y el segundo era apoderado de Summum, la distribuidora de Spadone. Las penas de todos quedarán en suspenso, lo que implica que no irán presos.
El escándalo sobre la “mala leche” comenzó a fines de 1991, cuando este diario informó que un análisis del Ministerio de Salud y Acción Social había comprobado que la partida 035 de la leche en polvo Jorgiano, que se distribuía entre sectores carenciados de la provincia de Buenos Aires, tenía un alto contenido de bacterias. El producto había sido vendido al Estado por la distribuidora Summum, propiedad de Spadone, quien en ese momento era subsecretario en el gobierno de Carlos Menem. Además, las fábricas que debían producir la leche del entonces secretario privado del Presidente, Miguel Angel Vicco. El dirigente socialista Simón Lázara formalizó la querella penal.
El milkgate creció cuando en Santa Fe, San Luis y otras provincias los gobernadores revelaron que existían partidas de leche en polvo en mal estado que se seguía distribuyendo entre la población infantil. En medio del escándalo, se supo que en Salta y Córdoba habían llegado desde Buenos Aires partidas para repartir entre los damnificados por un alud y entre los primeros enfermos de cólera en el norte.
Vicco quedó desvinculado de la causa en diciembre de 1993, cuando Ballestero lo sobreseyó. Santunione había reconocido que era socio de Vicco, pero aseguró que el secretario privado del Presiente no tenía injerencia ni conocimiento de los negocios de la fábrica ERA. Este argumento fue recogido por Ballestero, pero de todas formas el escándalo de la leche determinó la caída de Vicco. A diferencia de Vicco, a Spadone el juez dictó la prisión preventiva, pero en el momento de dictar sentencia (la causa se rigió por el viejo Código de Procedimientos y por lo tanto no hubo juicio oral) lo absolvió. Esta decisión fue apelada por el fiscal Luis Comparatore y respaldada por el fiscal general Ricardo Sáenz.
Cattani, Luraschi e Irurzun señalaron que “se ha comprobado que la empresa Summum no hizo entrega de leche marca Jorgiano, sino que bajo tal rótulo y en las respectivas cajas que así lo identificaba, entregó leche en polvo de distintas marcas que había importado de diferentes países y reenvasado en las fábricas Sastre y ERA”, lo que inclumplía varios artículos del pliego del contrato. Empleados de la fábrica ERA aseguraron además que, “dado que la leche no era nacional, no se tenía certeza de la fecha de elaboración, por lo que se determinó su fecha de vencimiento en seis meses en lugar de los 12 habituales”. Los jueces consideraron que como no se sabía la fecha de elaboración del producto, también se violó la cláusula que establecía que la leche no debía tener, al momento de su entrega, más de 60 días de elaborada.
“No puede olvidarse que los dos millones de kilos de leche en polvo que se requerían eran para asistencia alimentaria a las jurisdicciones provinciales destinada a los grupos de mayor vulnerabilidad biosicosocial (embarazadas, menores de dos años y desnutridos) y que, en consecuencia, no resultaban meras formalidades las muchas y variadas exigencias que contenía el pliego licitatorio ya, que por el contrario, es indudable que todas ellas apuntan a asegurar una determinada calidad del producto”, aseguraron los miembros de la Sala II de la Cámara.
En su voto, Irurzun recordó que la leche de Spadone también estaba “en clara violación al Código Alimentario Nacional vigente” que disponía la prohibición de “tenencia, circulación y venta de alimentos y sus materias falsificadas y/o falsamente rotulados”.

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