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Las medidas oficiales

El Gobierno continuó aplicando las retenciones a las exportaciones de cereales y oleaginosas –reinstaladas tras la crisis de la Convertibilidad– y fue aumentando las alícuotas de acuerdo a la suba de los precios internacionales hasta alcanzar un máximo del 35 por ciento del valor de cada tonelada de soja exportada. El 11 de marzo de 2008 implementó las retenciones móviles que acompañarían las fluctuaciones –subas y bajas– de las cotizaciones. Luego, el 29 de mayo, corrigió la resolución del Ministerio de Economía poniéndole un tope a la movilidad cuando el precio internacional alcance un determinado valor futuro por encima de los actuales: estableciendo los topes en 750 dólares la tonelada para la soja con una retención máxima del 52,7 por ciento; 900 para el girasol con 52,7; 400 para el maíz con el 45; y 600 para el trigo con el 41,6. Las modificaciones también incluyeron reintegros y subsidios a los pequeños y medianos productores. A este sector se les reintegrará la diferencia entre el porcentaje que pague de retención y la alícuota vigente antes del 11 de marzo (35 por ciento). Mientras que recibirán subsidios a los fletes una vez sobrepasados los 450 kilómetros entre el punto de producción y el puerto de exportación. Para acceder a estos beneficios, los productores no podrán superar una producción de 500 toneladas por año ni una facturación neta mayor a 800 mil pesos por campaña. Sus extensiones agrícolas tampoco podrán superar las 150 hectáreas en la pampa húmeda ni las 350 en la región extrapampeana.

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