SOCIEDAD › EL METROPOLITANO QUE BALEO A CABELLO FUE PROCESADO Y LIBERADO POR DEFENDERSE A TIROS CONTRA ALGUIEN DESARMADO

La balanza judicial equilibrada (para un lado)

El metropolitano Ricardo Ayala fue procesado por el juez Osvaldo Rappa por exceso en la legítima defensa. Los abogados de Lucas Cabello apelarán. Sostienen que el joven baleado estaba desarmado. También apelarán la libertad dictada por el juez.

 Por Horacio Cecchi

En la escuela 7, de La Boca, donde cursa Lucas Cabello, sus compañeros organizaron un festival contra la violencia institucional.
Imagen: Télam .

El juez de instrucción porteño 35º Osvaldo Rappa ordenó el procesamiento por tentativa de homicidio con exceso en la legítima defensa del metropolitano Ricardo Ayala. Ayala baleó de tres tiros al joven de su misma edad (20) Lucas Cabello quien, según aporta el mismo juez, estaba desarmado. Acto seguido, Rappa ordenó su libertad. Los abogados de Lucas, Gabriela Carpineti y Nahuel Berguier, apelarán la medida el lunes o martes próximo. “Carece de sustento, incluso con la realidad de los hechos que el juez acepta”, dijo Berguier a Página/12.

No es novedad que los fallos judiciales no son objetivos ni nunca lo fueron, lo que no es malo ni bueno. Sólo señala cómo lee las pruebas aquél que dicta sentencia, en qué interpretación de la realidad piensa. Para el caso, el juez Rappa asumió la realidad de una manera casi semejante a la que la asume la defensa de Ayala, el lobby de la Metropolitana sobre los testigos, y las enunciaciones públicas del ministro de Justicia porteño, Guillermo Montenegro, y la vicejefa y próxima gobernadora bonaerense, María Eugenia Vidal. Esto es: Ayala disparó en defensa propia. Contra alguien desarmado, aclara Rappa. Lo dicho: la realidad es objetiva, su lectura es subjetiva, casi decir que se la interpreta a conveniencia.

El 9 de noviembre pasado, el metropolitano Ricardo Ayala disparó tres veces contra Lucas Cabello, en el umbral de la casa de este último, en el barrio de La Boca, donde el agente estaba consignado de custodia de una mujer y su familia, amenazados por los vecinos de enfrente. Diferendos intravecinales. La mujer tenía un botón antipánico entregado por la justicia porteña. Lucas, que nada tenía que ver con esa causa judicial, era amigo del hijo de los vecinos denunciados, lo que hacía una relación tirante con la familia denunciante y custodiada. Esa tirantez se expresaba en algún improperio, reciedumbre de mirada y alguna agarrada a piñas tan leve como para que la intervención policial –según declaró la mujer policía que estaba de consigna en ese momento– ni siquiera haya motivado un acta. Siguiendo ese estado de cosas, el 9 de noviembre pasado, Lucas discutió con el hijo de la amenazada en la esquina de su casa camino a la panadería, y cuando regresó también discutió con Ayala. De ahí se salta a que Lucas fue baleado de un tiro a las piernas –según describió un testigo que se asomó apenas se escuchó el primer disparo– y cuando ya estaba en el piso, se acercó a dos metros y le tiró dos veces más. Una bala le dio en el bazo, y el otro, en la pera y le quedó alojado en la médula.

El juez Rappa recibió dos versiones: la del metropolitano, que dice que su reacción se debió a que Lucas estaba armado y dejó entrever que disparó dos veces. La de la familia del herido, que la reacción estaba inmotivada porque Lucas estaba desarmado. Para cualquier juez, las versiones de la acusación y la defensa tienen intereses y es legítimo que intenten distraer la realidad en su beneficio. Por eso, para un juez pesa la lectura que haga de las pruebas, y por eso, pesan las pruebas, quien las custodia, quien las presenta. En este caso, las pruebas para acercarse a la realidad que recibió el juez son las declaraciones de testigos, uno especialmente, que señalan que Lucas no estaba armado y que recibió tres tiros, dos en el piso. El arma descripta por el policía y un testigo (el hijo de la custodiada, de quien el juez para acercarse a la realidad puede suponer cierto grado de empatía porque es quien lo protegía), nunca apareció. Tanta empatía que el policía antes de llamar a sus jefes por la emergencia, tras los disparos corrió a la casa custodiada y presionó él mismo el botón antipánico, hecho que también forma parte de las pruebas. Por otro lado, tiene la prueba de que fueron tres disparos y de dónde fueron extraídos. También la prueba de la declaración de la propia mujer custodiada, quien aseguró que la presionaba un oficial de la Metropolitana que le pedía que “salve al pibe”, que le hicieron firmar un papel y que le ofrecieron agilizar un trámite para conseguirle una casa, en oficinas del Gobierno porteño.

Con esas pruebas, Rappa dictó el procesamiento de Ayala por tentativa de homicidio con el agravante de ser un funcionario policial y con exceso en la legítima defensa, que en realidad según señaló Berguier a este diario, “es un atenuante”. En el mismo fallo, Rappa entendió que Cabello estaba desarmado. Acto seguido, al no disponer la prisión preventiva, ordenó la libertad inmediata de Ayala.

“No hay indicios que permitan sospechar que los disparos de Ayala contra Cabello fueran intencionales y sin motivo aparente”, sostuvo Rappa. Y aclaró que “sólo se advierte un mal desempeñó en su labor, y su poca experiencia para enfrentar una situación de agresión y tensión, siendo imprudente en su manejo con el arma”.

“Carece de sustento –dijo Berguier–, incluso con la realidad de los hechos que el juez acepta. Resulta absurdo pensar que se excedió en la legítima defensa y que se trató de una imprudencia. No estaba armado. Y Ayala disparó a las piernas y después se acercó a dos metros y volvió a tirar dos veces. Vamos a apelar que considere exceso en legítima defensa, y vamos a apelar la libertad porque Ayala va a perjudicar la continuidad del proceso. Del expediente surge con claridad que hubo un intento de entorpecer la investigación por parte de la Policía Metropolitana, por lo cual vamos a pedir que se revoque la orden de liberarlo al tratarse de un delito de tal gravedad.”

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