SOCIEDAD › PROCESARON A STINFALE, CONCI Y OTROS CUATRO ORGANIZADORES DE LA FIESTA TIME WARP

Responsables de un negocio ilegal y mortal

El juez Sebastián Casanello consideró a Stinfale, Conci y sus socios coautores de “comercialización de estupefacientes y abandono de persona seguido de muerte”. Trabó embargos, dictó prisiones preventivas y ordenó informar a la Ciudad y la Nación.

El juez federal Sebastián Casanello procesó a los organizadores de la fiesta electrónica Time Warp por “comercialización de estupefacientes y abandono de persona seguido de muerte” y les dictó prisión preventiva en la causa que investiga la muerte de cinco jóvenes en el evento realizado en Costa Salguero el 15 de abril. En un fallo que detalla la operación y los roles de los imputados, entre quienes el abogado Víctor Stinfale y su socio Adrián Conci tienen las mayores responsabilidades, el juez aseguró que las pruebas acreditaron que “las drogas eran necesarias para el éxito del negocio”. Añadió, además, que “más allá de las personas, es inobjetable que ese Estado ha fallado”, por lo que dispuso enviar copias de las actuaciones al jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, a la Legislatura de la Ciudad y a la ministra de Seguridad de la Nación Patricia Bullrich.

Los procesamientos recayaron sobre el abogado Víctor Stinfale; los apoderados de Dell Producciones, Adrián Conci y Maximiliano Avila; el responsable del plan de evacuación del lugar, Carlos Garat; el responsable de los ingresos al predio, Carlos “El Chino” Penise; y el asesor artístico del evento, Martín Gontad, quien fue el único exceptuado de la prisión preventiva porque el magistrado lo consideró “partícipe necesario” y no coautor de los delitos. Stinfale, en tanto, continúa cumpliendo la prisión preventiva en su casa, algo que solicitó (y obtuvo) por motivos de salud.

La resolución asevera que “cada uno de los imputados realizó un aporte sustancial” para que se cometieran los delitos que terminaron con las cinco muertes. Cada uno desde un rol específico (ver aparte), los imputados colaboraron para crear “un ámbito de dominio propio, enmascarado en un espectáculo de diversión pública, que les permitió asegurar la comercialización de sustancias prohibidas en el interior del predio”. Todos ellos, aseguró Casanello, “crearon con su accionar una verdadera estructura que tenía a su cargo la ‘seguridad’ del evento pero que, en realidad, era totalmente funcional al comercio de estupefaciente que ellos mismos fomentaban, garantizando de ese modo el escenario propicio, como parte indisoluble del producto total que implicaba esa fiesta electrónica y que incluía música, drogas, bebidas alcohólicas,

‘Speed’ y agua ‘Block’ - bebidas, estas últimas, producidas y vendidas por ellos mismos-”. La venta de drogas no era un complemento, de acuerdo con Casanello, quien señaló: “Las drogas eran necesarias para el éxito del negocio”. De acuerdo con la investigación, durante la fiesta se vendió “keta(mina), LSD, éxtasis, cocaína y Superman”; se permitió el ingreso de 20.513 personas aunque el lugar estaba habilitado para 10.000; se cortó el suministro de agua y hubo mala atención médica.

El fallo asegura, por todo ello, que en Costa Salguero, “no sólo se promovió la comercialización y el consumo de estupefacientes –lo que de por sí tornó irrisorias las medidas de seguridad contempladas para un simple espectáculo de diversión con venta de bebidas alcohólicas a mayores de edad–, sino que también se burló deliberadamente la capacidad máxima de asistentes al evento -e incluso,como quedó brutalmente plasmado en las conversaciones de whatsapp, se festejó esa circunstancia- y ello provocó hacinamiento y sofocación entre la concurrencia, que quedó en un estado de vulnerabilidad y desamparo absoluto. Ambas circunstancias, drogas sintéticas y hacinamiento, más una tercera: la escasez de agua, crearon un clima propicio para desencadenar el resultado trágico”.

En su fallo, Casanello también evaluó procedimientos que consideró destinados a ocultar evidencias. En primero lugar, los organizadores “tenían previsto ser ellos o sus dependientes los que limpiasen el predio de modo de evitar cualquier filtración respecto de lo que había ocurrido allí”, algo que hicieron “pese a producirse el fallecimiento de varias personas y a haberse -si bien con graves demoras- anoticiado a la justicia penal”. La limpieza, recordó el juez, se llevó a cabo hasta la llegada de “los nuevos efectivos policiales intervinientes (que la detuvieron para preservar el lugar de los hechos”. A ello, además, el magistrado sumó los intentos de destrucción de documentación en las oficinas de Energy Group, algo que acreditó al hallar dentro de un volquete alquilado por la empresa “tickets de entradas y consumiciones de la fiesta ‘TIME WARP’, y hojas con la firma y sello de Víctor Stinfale, con evidentes señales de haber sido parcialmente quemados y destruidos”.

La resolución afirma que los procesados son responsables de los delitos de “comercialización de estupefacientes agravado en concurso ideal con el delito de abandono de personas, abandono de personas seguido de grave daño a la salud y abandono de personas seguido de muerte”, al tiempo que traba embargos por 50 millones de pesos sobre los bienes de las empresas Dell Producciones, Energy Group, cuya propiedad se le atribuye a Stinfale, Multiticket y Prestaciones Niamey SA.

Gontad quedó exceptuado de la prisión preventiva por ser considerado partícipe necesario (“cómplice primario”), en tanto su rol en la organización del evento consistió en firmar el contrato, en nombre de Dell Producciones, con el titular de la marca “Time Warp”, por lo que “su actuación fue indispensable para que el festival se llevara a cabo con un nombre propio”. De todos modos, deberá presentarse ante el juzgado cada 15 días y no podrá ausentarse de su casa más de 24 horas. Por su parte, Avila podría permanecer en libertad a condición de que deposite un millón y medio de pesos y se presente ante el juzgado cada dos semanas.

La prisión domiciliaria de Stinfale está todavía en cuestión, porque se encuentra pendiente la apelación que presentó el fiscal Federico Delgado y que debe resolver la Cámara Federal.

El juez Casanello envió copias del fallo a Rodríguez Larreta, la ministra nacional Bullrich (por la responsabilidad de miembros de la Prefectura) y la Legislatura porteña “para que en el ámbito de sus respectivas competencias adopten las medidas necesarias para que hechos de esta naturaleza no vuelvan a repetirse”.

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La fiesta comenzó en la noche del viernes 15 de abril y continuó hasta la mañana siguiente.
Imagen: Sandra Cartasso
 
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