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En Río Negro, una ley ya permite la muerte digna

La Legislatura provincial aprobó una ley que autoriza a los pacientes terminales a rechazar tratamientos para prolongar la vida. Y abre un registro donde se podrá expresar anticipadamente en qué condiciones se desean vivir los últimos momentos.

Río Negro volvió a ser territorio de avanzada en normativa sanitaria. En 2001, su Legislatura había innovado al aprobar la ligadura de trompas y la vasectomía como métodos anticonceptivos orgánicos. En 2005, fue primera en aprobar la ley que garantizó los anticonceptivos “de emergencia”: la controvertida “pastilla del día después”. Ayer, los legisladores completaron la tríada: la unicameral dictó en segunda vuelta una ley que permite a enfermos terminales rechazar tratamientos médicos que les prolonguen la vida. Bajo el concepto bioético y jurídico de la “muerte digna” y a diferencia de la figura de “eutanasia”, correspondiente a la muerte provocada clínicamente, la normativa establece el derecho de todo rionegrino a que se le permita tener una muerte bajo el tratamiento que elija. O, inclusive, sin ninguno.

El proyecto de ley fue redactado por la legisladora oficialista Marta Milesi y aprobado en primera vuelta en julio, pero debía continuar su tratamiento en la Legislatura unicameral de Río Negro. “No la sacamos antes para informar a la comunidad y que sea mayor el consenso”, explicó Milesi a Página/12. Ayer se aprobó en forma definitiva y unánime, y ahora resta su reglamentación por parte del Poder Ejecutivo provincial.

La legislación posibilita a enfermos terminales “rechazar tratamientos médicos extraordinarios, que no se condigan con sus perspectivas de mejoría, o que les produzcan dolor y agonía”, y su manifestación puede darse al momento de someterse a un tratamiento, o con antelación, en un registro en el que se expresará anticipadamente en qué condiciones se desea vivir en los últimos momentos.

Para tales decisiones, el equipo médico involucrado deberá informar en términos “claros para la edad, estado clínico y nivel de comprensión” del enfermo y la familia cuáles son las expectativas. A partir de allí, se podrán negar los tratamientos. Los médicos podrán plantear objeción de conciencia respecto del cumplimiento de la ley y sus responsabilidades profesionales, penales, civiles y administrativas serán liberadas por tratarse de decisiones exclusivas del paciente o de sus familiares.

“La muerte digna no debe confundirse con la eutanasia, que es la muerte inducida del paciente, sino que se trata de poner límites terapéuticos para continuar o directamente no iniciarlos cuando prolongan innecesariamente la vida de un enfermo terminal”, explicó la autora del proyecto. En forma similar se expresó Carlos Gherardi, director del comité de bioética del Hospital de Clínicas y miembro de la Asociación de Terapias Intensivas, en diálogo con Página/12: “Eutanasia es acabar con la vida a pedido del paciente de una enfermedad terminal, administrándole una alta dosis de químicos o fármacos. Eso es dar muerte, y esta norma es distinta. No mata ni deja morir, que tiene que ver con el abandono, sino que permite que el paciente decida qué entiende más digno para sí mismo”.

“Es elogiable que una Legislatura provincial actúe sobre las lagunas jurídicas del derecho positivo. Nadie puede estar en contra, pero creo que hay un escalón en pro de la burocratización: para anotarse en el registro de voluntades, para decidir cómo vivir o morir, se necesitarán escribanos y abogados”, evaluó Gherardi. Luego consultó: “Si el paciente está en pleno uso de sus capacidades, no hace falta legislación, pero si está en coma, ¿cómo se toma la decisión?”. La ley dice que “cuando el paciente esté incapacitado para el uso de sus facultades cognitivas, el rechazo podrá ser realizado por su cónyuge, representante legal o descendiente”. Gherardi coincidió con el texto, pero aclaró que descree de la efectividad del sistema de registro de voluntades: “Se implementó hace 30 años en Estados Unidos y menos del 10 por ciento de la población hace uso, y eso se debe a que lo hacen los enfermos, y no los sanos. Nadie hace su testamento a los 20 años, ¿por qué decidiría a esa edad cómo pasar sus últimas horas de vida?”, criticó el autor de Vida y muerte en terapia intensiva, que aborda estas cuestiones desde la ética profesional.

En julio, el proyecto había sido criticado por sectores de la Iglesia Católica rionegrina. Según Milesi, esta vez no alzaron su voz: “Intentamos que todos opinaran e hicieran observaciones a la ley, pero no recibimos ninguna voz en contra, ni la de los obispos que se habían pronunciado”, explicó. Se refiere a una carta que advertía que “no se debe adelantar la muerte, sino cuidar los últimos momentos de la vida con total respeto”, firmada por los obispos diocesanos Néstor Navarro, del Alto Valle; Fernando Maletti, de Bariloche; Esteban Laxague, de Viedma; y los eméritos Miguel Hesayne, de Viedma, y José Pedro Pozzi, del Alto Valle.

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Los legisladores aprobaron la ley ayer en segunda vuelta.
Imagen: Marcelo Ochoa
 
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