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Domingo, 10 de julio de 2016

EL TARIFAZO Y EL PRECIO DEL GAS EN BOCA DE POZO

Excesivo, arbitrario e irrazonable

El ministro Juan José Aranguren aprobó un nuevo cuadro tarifario para el gas a nivel nacional que significa una millonaria transferencia a las petroleras. En cambio, los usuarios residenciales e industriales padecen el tarifazo.

 Por Andrés Repar y Marcos Rebasa *

La resolución del Ministerio de Energía y Minería 28/2016 del 31 de marzo firmada por el ministro Juan José Aranguren aprobó un nuevo cuadro tarifario para el gas a nivel nacional que es excesivo, arbitrario, irrazonable y sin la debida justificación que corresponde a todo acto público.

En esa resolución se decide el incremento de los valores de transporte y distribución del gas que se les abona a las empresas transportistas y distribuidoras de todos el país, sin guardar las debidas formalidades que exige el marco regulatorio respectivo. Pero, además y especialmente, se aumenta el precio del gas en boca de pozo (llamado PIST –precio de ingreso al sistema de transporte– en la jerga regulatoria) que se les paga a los productores del gas (empresas petroleras). Para justificar esa decisión se recurrió a la ley 25.561 de Emergencia Económica, de 2002, sin ninguna relación con esta medida extrema.

En el artículo 1º de esa resolución se fijan los nuevos valores del gas para los productores, o valor del gas en boca de pozo. Se expresan en moneda nacional, sin referencias a dólares por millón de BTU, como ocurría en 2002 con los precios por cuenca. También se fijan los valores de transporte y distribución.

El conjunto de estos dos aumentos figura en las facturas a los usuarios residenciales como cargo variable y mide la cantidad de gas consumida en el período (existe aparte un cargo fijo), y figura en la factura como “cargo m3 de consumo mes”. Este cargo variable es el que reúne los aumentos referidos y constituye lo que se ha denominado popularmente como “tarifazo”, por su magnitud, desmesura y desproporción con los anteriores.

Este cargo variable contiene un importante “engaño” u “ocultamiento” hacia los usuarios por cuanto en el mismo están incluidos los dos conceptos antes referidos: el valor del gas producido y el valor de su transporte y distribución. El usuario no sabe cuál es la proporción de cada uno, en cuál se han beneficiado los petroleros y en cuál los transportistas y distribuidores, estos últimos regulados por ser agentes de un servicio público.

Esta “trampa” de información al usuario sirve para ocultar esa circunstancia de asignación de los incrementos, al mismo tiempo que viola la cláusula constitucional del artículo 42 del derecho “a una información adecuada y veraz” de la que carecen las actuales facturas.

En el promedio nacional de ese cargo variable para las distintas categorías de usuarios, el 80 por ciento corresponde al valor del gas producido con el que se retribuye a las empresas petroleras (también denominado gas en boca de pozo), y el 20 por ciento a los transportistas y distribuidores. Para los usuarios residenciales ese porcentaje varía: el 65 por ciento pertenece al valor del gas y el 35 por ciento al de su transporte y distribución, lo que es comprensible por la cantidad y extensión de los residenciales. De esa manera un porcentual de incremento en el valor del gas producido afecta mucho más en la tarifa final que los porcentajes de incremento en el transporte y distribución.

Esta explicación sirve para evaluar y analizar parte importante del “tarifazo” dado que el incremento del 75 al 90 por ciento promedio en el valor en dólares del gas en boca de pozo, el gas producido por las distintas petroleras, afectó en forma sustancial en las nuevas tarifas: por una parte porque la devaluación significó un incremento en los precios de un 45 por ciento promedio en pesos, y por otra porque a ese aumento hay que sumarle la decisión de Aranguren del ajuste: pasar de un valor promedio de 2,60 dólares el millón de BTU (unidad de medida) a un precio de entre 4,50–5,00 dólares (según las cuencas) el millón de BTU. O sea, entre un 75 y un 90 por ciento en dólares.

El problema y la insensatez proviene de una decisión de aumento del valor del gas en boca de pozo que no tiene justificación: en la resolución 28 el ministro afirma que este ajuste en los valores se realiza “…para promover inversiones en exploración y explotación del gas natural… así como para la incorporación de reservas…”. Es un argumento totalmente falso y que esconde una transferencia de renta a favor de las empresas petroleras: estas compañías tienen un precio garantizado de “gas nuevo”, es decir de nueva producción que se demuestre sobre la tradicional de sus yacimientos, por valores de entre 5,40 a 7,50 dólares el millón de BTU. Por lo cual este nuevo precio de la Res 28 que se les concede graciosamente no sólo no tiene ese fin alegado sino que por el contrario desalienta la producción nueva y crecimiento de reservas: las petroleras tienen 5 dólares por unidad de medida garantizados, sin hacer ninguna inversión y sin recurrir a los precios de gas nuevo que sí exigen inversiones y trámites.

Ese incremento en el precio del gas en boca de pozo lo pagan todos los usuarios: los residenciales, los industriales y comerciales, y también las usinas eléctricas, con lo cual se traslada también al precio de la electricidad, aumentando aún más su costo para los usuarios. Ahora bien, el monto aproximado de la transferencia de renta de todos los usuarios argentinos a las empresas petroleras por este motivo es de 2800 millones de dólares por año. En dólares, la facturación anual aproximada de los productores de gas era de 4000 millones anuales, mientras que con este incremento subirá a 6800 millones.

Además de no tener justificación, esta transferencia a las empresas petroleras se concreta sin ningún tipo de contraprestación: no se exige el mantenimiento de los puestos de trabajo del personal de las empresas, ni se exige ninguna inversión de las que tanto necesita el país en este rubro y que son el pretexto del incremento.

En las facturas que se reciben con los nuevos aumentos se podrá ver el cargo variable (m3 de consumo) que le corresponde a cada usuario, valor que se multiplica por los m3 consumidos en el período. Allí se verá que en ese valor el índice que figura contempla un incremento respecto de las facturas anteriores de entre 200 y 400 por ciento: es el resultado de la traslación del aumento del gas en boca de pozo, totalmente injustificado y sin motivación, y el aumento del transporte y distribución que si bien es alto y desproporcionado, está relacionado con un servicio recibido.

Como se mencionó, esos porcentajes (de 200 a 400 por ciento, según la región y la categoría tarifaria) son el resultado de trasladar a los usuarios el incremento del precio del gas en boca de pozo, y el de transporte y distribución en proporción a la participación que tienen en el promedio nacional: 80 y 20 por ciento, respectivamente, con lo cual se verifica el efecto de la decisión en las tarifas de casas y comercios: “tarifazo”.

Este incremento, cercano a los 5 dólares la unidad de medida, se otorga en momentos que el precio internacional del mismo producto está en 2 dólares la unidad.

Estos aumentos se trasladan también al GNC, que tendrá un precio mayor y beneficios proporcionales en toda su cadena, una de las cuales corresponde a las estaciones de servicio, en cuyo mercado Shell tiene 209 estaciones.

Se está en presencia de un acto escandaloso por su proporción y por la ausencia de fundamentos válidos, es decir sin motivación, lo que podría constituirlo en un acto nulo.

* Instituto de Energía Scalabrini Ortiz (IESO).

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Imagen: Micaela Gualtieri

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- Una resolución del ministro Aranguren decidió el incremento de los valores de transporte y distribución del gas.

-Además se aumentó el precio del gas en boca de pozo que se les paga a los productores del gas (empresas petroleras).

-Se definió un incremento del 75 al 90 por ciento promedio en el valor en dólares del gas en boca de pozo.

-La facturación anual de los productores de gas con ese ajuste subirá de 4000 a 6800 millones.

 
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