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Viernes, 8 de febrero de 2013

Cosa juzgada (de nuevo)

VIOLENCIAS. Mirtha C. tenía 19 años cuando parió sola a su hija en el monte tucumano para luego huir de lo que consideró una desgracia. En 2011 fue condenada a ocho años de prisión por el mismo tribunal que dictó el fallo del escándalo en el caso de Marita Verón. La Corte Suprema de Justicia provincial anuló la sentencia por irregularidades, pero habilitó la realización en breve de un nuevo juicio contra la joven, obligándola a recorrer por segunda vez su propia pesadilla.

 Por Roxana Sanda

Mirtha C. tenía 20 años y un pánico soberano cuando en 2011 la Sala II de la Cámara Penal de Tucumán la condenó a ocho años de prisión por haber parido a su beba en un monte y escapado sola de allí arrastrando miedo, desesperación y dolor. La criatura falleció 16 horas después de su nacimiento, el 8 de septiembre de 2006; su madre permaneció detenida durante dos años hasta la realización del juicio y el caso, atravesado por etapas instructivas y procesales defectuosas, se caratuló como “abandono de persona seguido de muerte agravado por el vínculo”. La sentencia de la Sala II de la Cámara Penal, la misma que presidió el juicio de Marita Verón en una actuación seriamente cuestionada, fue anulada por la Corte Suprema de Justicia provincial en agosto último tras la presentación de un recurso de casación de la abogada defensora Carolina Epelbaum. Pero la medida no fue dispuesta para conceder la absolución a Mirtha, como suponía su abogada, sino para fijar un nuevo juicio con fecha próxima al cese de la feria judicial: por segunda vez, la mujer se verá sometida a retransitar los detalles traumáticos de un hecho que la marcó de por vida. El nuevo juicio estará a cargo de la Sala V de la Cámara Penal integrada por Alfredo Barrionuevo, Emilio Páez de la Torre y Diana Juárez, dato que tranquilizó a Mirtha, con lógica aprensión de volver a soportar las audiencias cargadas de prejuicios y valoraciones negativas que sustanciaron los jueces de la Sala II, Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Molina y Eduardo Romero Lascano (hoy con pedido de destitución presentado por Susana Trimarco en la Legislatura tucumana y aceptado por unanimidad), y que alimentó la fiscal Marta Jerez de Rivadeneira con una violencia verbal y conceptual inusitada, no sin antes solicitar 15 años de prisión. Miedo a que pudieran violarse, como ocurrió entonces, normas del Código Procesal Penal. “No se realizó una correcta imputación”, advirtió Epelbaum. “Se omitió describir el hecho que el tribunal consideró acreditado. Además, la causa de muerte de la beba no surge de la imputación a Mirtha, por lo tanto, responsabilizarla del fallecimiento conducía a aplicar una pena que va más allá de la culpabilidad.”

La joven, que tiene una hija de un año y medio con su pareja actual, estudia, trabaja y espera lo que vendrá esmerando su paciencia. Hacia atrás, está dispuesta a recordar con precisión las horas en las que parió en soledad y en un monte cercano a San Miguel de Tucumán. “Oculté el embarazo los nueve meses porque de los cuatro hermanos la única que quedaba estudiando era yo y no quería defraudar a mi familia. El día que salí de la facultad (Mirtha cursaba la licenciatura en Trabajo Social) estaba desconcertada y tenía miedo y agarré la ruta y empecé a caminar sin saber adónde ni para qué. Hice dedo a un camión, me bajé en Benjamín Paz, encontré un monte, pasé toda la noche y al otro día a la mañana me dolía mucho la panza y ahí nació la bebé. La dejé desnuda y me fui sola, pero emocionalmente estaba muy mal, no pensaba.” Al salir del monte fue a la casa de su prima y su tía, “y les inventé que me habían secuestrado. Me llevaron al hospital e hicieron la denuncia. Cuando me revisó el médico policial me mandaron a la maternidad y ahí descubrieron que había tenido un hijo. Fuimos a buscar a la beba, que todavía estaba con vida. Nos internaron a las dos en la maternidad, pero después no me animé a pedir verla, porque las policías que me custodiaban eran muy soberbias. Una psicóloga me dijo que no había prohibición de verla; cuando fui ya estaba muerta. De ahí me trasladaron a la comisaría de la mujer”. La beba falleció por “ruptura hepática traumática” que podrían haberle causado las técnicas de reanimación empleadas. Nunca se realizaron las pericias para determinar la causal de muerte de la criatura. En cambio, cuando se le imputó el hecho a Mirtha, le comunicaron que su hija murió por el abandono sufrido y por no haber recibido atención posnatal. “El tribunal tuvo dudas, no investigó, poniendo sobre la cabeza de la joven la responsabilidad por la omisión en el cumplimiento de sus tareas.” Tambaleó además en su apreciación “sobre la causa de muerte de la beba e interpretó esas dudas de manera desfavorable a Mirtha”, detalló Epelbaum. Según los magistrados, “el traumatismo puede deberse a las condiciones del parto en el bosque, ya que la madre acusada parió de cuclillas sobre tierra y piedras (...). Es factible que esa lesión se produjera durante el parto”. Siempre se desestimó el estado puerperal como causal de inimputabilidad prevista en el Código Penal, “aunque es imposible no representarse un estado de grave desequilibrio en quien da a luz por primera vez casi como un animal –dijo Epelbaum–, sin posibilidad de requerir ayuda, habiendo ocultado su estado durante todo el embarazo. El estado puerperal sigue existiendo y es un reductor de la autonomía”.

Y aún más, no explicaron por qué se restó crédito a los informes del Hospital de Salud Mental Nuestra Señora del Carmen, que destacaron “ideación suicida, dolor por la imposibilidad de recuperar a su hija, el miedo de hablar y los abusos sexuales perpetrados por su abuelo” sobre ella y su hermana desde los 7 hasta los 14 años”, y a los del Servicio Penitenciario provincial, que informó de autoagresiones solicitando un traslado para recibir atención psiquiátrica. “Todo el peso de la culpa recayó sobre ella. Incluso el ex novio, Walter Alejandro González, a quien Mirtha le comunicó su paternidad, declaró durante el juicio “desconocer el embarazo y que se enteró por los diarios”, aunque reconoció haber mantenido relaciones sexuales con la joven, pero “no recordaba” si tomó precauciones anticonceptivas. La fiscalía de Cámara ni siquiera trató de probar la filiación a través del estudio de ADN. Según la abogada, “cuando ella le dio la noticia del embarazo, él contestó ‘vamos a ver qué hacemos’, y no hizo nada. Hasta llegó a decir que esa hija podía ser de otro hombre. Esta causa hace ruido porque desnuda que el hombre puede negar su paternidad pero la mujer soltera embarazada no tiene derechos, está desprotegida legalmente”.

Hace apenas cinco meses, grupos antiderechos, liderados por el legislador democratacristiano José Páez, el concejal bussista Claudio Viña y el diputado nacional de la UCR Juan Casagnas, ingresaron en la sede del Museo de la Universidad Nacional de Tucumán para impedir que se realizara un curso de capacitación a profesionales de la salud sobre el protocolo de atención de abortos no punibles y la atención de víctimas de violencia sexual en hospitales. Al grito de “genocidas de lesa humanidad” atacaron verbalmente a las disertantes del Ministerio de Salud de la Nación y del gobierno provincial, que debieron suspender la actividad. Con este escenario de fondo, Epelbaum precisó que en Tucumán no existe un marco adecuado de educación sexual, de atención y prevención sobre salud sexual y reproductiva, “ni de acceso franco a la anticoncepción. Por eso creo que es primordial el debate sobre la despenalización del aborto en el Congreso Nacional. Hay que entender que despenalizar significa reconocer una realidad social que afecta a miles de jóvenes pobres, como Mirtha. Son penosos los obstáculos y las humillaciones que toleran las mujeres en los hospitales para acceder a métodos anticonceptivos”.

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