19:14 › EN CONSONANCIA CON EL FALLO DE LA CáMARA NACIONAL DE CASACIóN

La Justicia cordobesa resolvió conceder la prisión domiciliaria a Menéndez

La jueza federal 3 de Córdoba, Cristina Garzón de Lazcano, resolvió "conceder la prisión domiciliaria" al represor Luciano Benjamín Menéndez, tal como había fallado hace dos semanas la Cámara Nacional de Casación, aunque hasta el momento el beneficio no fue materializado en razón de que es requerido por la Justicia Federal de San Juan.

De acuerdo a los datos suministrados desde el fuero federal local, el incidente resuelto forma parte de la causa denominada 'Pasquini, Italo Cesar y otros' por los delitos de privación ilegitima de libertad agravada, imposición de tormentos agravados y homicidio agravado.

Menéndez, de 80 años, se encuentra alojado en el penal local de Bouwer desde julio del año pasado cuando fue condenado a perpetua dentro del marco de la causa 'Brandalisis'.

El beneficio de la prisión domiciliaria lo había resuelto la Cámara Nacional de Casación, por la aplicación del artículo 32 inciso 'd' de la ley 24.660 modificada por ley 26.472, razón por el cual la magistrada adoptó igual criterio.

La jueza, en la resolución, impone a Edith Angélica Abarca de Menéndez, esposa del represor, la guarda y cuidado de Menéndez, quien fue jefe del Tercer Cuerpo del Ejército con asiento en Córdoba.

La fiscal, Graciela López de Filoñuk, se había opuesto a la prisión domiciliaria por el carácter de lesa humanidad de los delitos que se le imputan.

También había argumentado el "peligro procesal y de fuga", por entender que la consumación de los hechos que se le atribuyen a Menéndez, han implicado de manera inherente el entorpecimiento de la labor de la Justicia, puesto que desde un primer momento el accionar de las Fuerzas represivas estuvo orientado a la clandestinidad con miras a lograr la impunidad.

La Cámara de Casación Penal también había fallado a favor del represor Luís Alberto Manzanelli, pero en este caso la jueza Garzón de Lascano optó por la denegatoria del beneficio al considerar que por algunos medios podría afectar moralmente a los testigos, amedrentarlos, o realizar cualquier acción que pueda atentar contra el normal desenvolvimiento de los procesos en curso.

Manzanelli también cumple sentencia perpetua, no en firme, en el penal de Bouwer por la causa 'Brandalisis'.

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