13:48 › CIUDAD DE BUENOS AIRES

La Legislatura prohibió a los "manteros"

Luego de que el macrismo fracasara en su intento de sancionar y expulsar de la calle a los vendedores ambulantes mediante una tajante modificación del Código Contravencional, el legislativo porteño aprobó por 41 votos a 19 una norma que impide que esos emprendedores se instalen en lugares fijos, establece multas de entre 200 y 600 pesos para quien "realice actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público", y prevé sanciones de entre 5 mil y 60 mil pesos para los organizadores de este tipo de expendio "en volúmenes y modalidades similares a las de un comercio". La medida fue votada bajo la presión de los comerciantes de Florida que hace dos semanas realizan piquetes contra los artesanos.

La ley excluye "la venta ambulatoria en la vía pública o en transportes de pasajeros de baratijas o artículos similares, artesanías y, en general, la venta de mera subsistencia que no impliquen una competencia desleal efectiva para con el comercio establecido". La iniciativa también afecta a la actividad de los artistas callejeros que exijan una "contraprestación pecuniaria" y crea una comisión legislativa para que efectúe una propuesta de resolución sobre la ocupación del espacio público de los "manteros" en Perú, entre Diagonal Sur y Rivadavia, en el microcentro.

Lo que se les permitió es desarrollar su labor en 30 ferias dispuestas en distintos puntos de la ciudad, como las de los parques Rivadavia, Centenario, Chacabuco, Los Andes, Lezama, Saavedra y Avellaneda, cada una de las cuales podrá ser administrada por una organización sin fines de lucro y deberá tener un cuerpo de delegados. No obstante, en estos espacios la norma prohíbe "la venta y reventa de artículos industrializados y/o a gran escala", y puntualiza que "sólo se considera contravención a la venta ambulante que se realiza sin permiso".

Además, la ley crea el Registro Público de Armadores, para regularizar la actividad de las "personas físicas o jurídicas" encargadas del "acarreo, armado, desarmado y conservación de las estructuras removibles" de las ferias. También el de Permisionarios y el de Postulantes a obtener un permiso anual y renovable para comercializar en esos espacios, al que podrá accederse en "carácter gratuito, eminentemente precario, personal e intransferible".

Asimismo, estableció que la autoridad de aplicación será la Dirección General de Ferias y Mercados, contará con "poder de policía" para el control y estará encargada del "otorgamiento de los permisos". La aprobación, en general y en particular, demandó cuatro horas de debate en una sesión que finalizó a las 6.45 y estuvo precedida de una vigilia frente al Parlamento de comerciantes de la calle Florida que, durante las últimas semanas, realizaron piquetes en la esquina de esa arteria con Corrientes en protesta contra los denominados "manteros", a quienes acusaron de "perjudicar" sus ventas.

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La norma modifica del artículo 83 del Código de Contravenciones, donde se contemplaban los casos de excepciones de aplicar penas a quienes realizarán actividades lucrativas en el espacio público.
 
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