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El país|Viernes, 20 de noviembre de 2009
LA SUPRESION DE LAS CALUMNIAS E INJURIAS EN ASUNTOS DE INTERES PUBLICO

“Fortalece la libre expresión”

La eliminación de las figuras incluidas en el Código Penal, aprobada por el Congreso, fue destacada ayer por el CELS, el Ministerio de Justicia y el periodista Eduardo Kimel, condenado por criticar el rol de la Justicia en la dictadura. Hubo críticas de la CC.

Por Diego Martínez
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El Senado aprobó por unanimidad el proyecto oficial para despenalizar los delitos de calumnias e injurias.

La eliminación del Código Penal de las figuras de calumnias e injurias referidas a “asuntos de interés público”, sancionada por el Senado anteayer, “es la culminación de una batalla judicial de casi 18 años”, celebró el periodista Eduardo Kimel, condenado por criticar la actuación de la Justicia durante la dictadura. La directora adjunta del CELS, Andrea Pochak, destacó que la modificación “adecua el Código Penal a los estándares interamericanos y convierte a la Argentina en un país pionero en la región”. Julio Alak, ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, calificó la ley sancionada por unanimidad como “profundamente progresista”. La diputada de la Coalición Cívica Marcela Rodríguez, autora de un proyecto a favor de la despenalización completa de los “delitos contra el honor”, la consideró “insuficiente”, entre otras razones porque no pone fin al “efecto inhibitorio” de las sanciones económicas.

La reforma que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció hace dos meses en la ESMA, en respuesta a la condena de la Corte Interamericana contra el Estado en el caso Kimel, es parte de un proyecto elaborado por el CELS, que patrocinó al autor de La Masacre de San Patricio ante el sistema interamericano. Su aprobación implica que ninguna persona condenada por calumnias (imputación falsa de un delito) o injurias (deshonra o descrédito intencional) puede ser penada con prisión cuando se trata de “asuntos de interés público”, es decir que ningún funcionario podrá usar la amenaza de la cárcel para intentar silenciar a la prensa.

“Celebramos la decisión del Congreso. Es una medida de enorme trascendencia. La aprobación por unanimidad demuestra el consenso alcanzado”, celebró Pochak, abogada del CELS, que acaba de ser distinguida por el gobierno de Francia por su trabajo a favor de la libertad de expresión. “De esta manera la Argentina no sólo cumple con una decisión de la Corte Interamericana y adecua el Código Penal a los estándares interamericanos sino que se convierte en un país pionero en el tema en la región”, sostuvo, y agregó: “Seguiremos trabajando para lograr modificar también las figuras civiles de calumnias e injurias, ya que pueden ser usadas para censurar la crítica pública”.

“Esta medida puede parecer progresiva, pero si se observa el problema de las restricciones a la prensa en toda su magnitud se muestra insuficiente”, estimó Marcela Rodríguez. La diputada destacó que, según el fallo de la Corte Interamericana, “la vaguedad con la que la figura de injurias describe la conducta prohibida únicamente se puede salvar con la derogación o con la modificación de la descripción de la conducta”, y “ninguna de las dos reformas fue promovida por la ley sancionada”.

La legisladora de la Coalición Cívica enfatizó que en algunos casos las sanciones civiles “llegan a superar ampliamente a las que en otras ocasiones se le reconoce al valor de la vida”. “Ese tipo de sanciones absolutamente desproporcionadas produce un efecto inhibitorio en la prensa y en la población, que se agudiza en aquellos que cuentan con menor respaldo económico”, destacó. Rodríguez consideró que “cualquier medida legislativa que seriamente quiera fortalecer la libertad de prensa debe reformar el régimen de responsabilidad civil, incorporando estándares de protección como el de la ‘real malicia’, que ya han sido reconocidos por nuestra Corte Suprema de Justicia.” La reforma del Código Civil “fue uno de los reclamos del CELS en el caso Kimel”, recordó, y lamentó que “fue torpemente desoído por el Gobierno”.

El ministro Julio Alak calificó la modificación como “un cambio histórico”. Destacó mediante un comunicado que “ajusta la legislación al Derecho internacional vigente” y “fortalece aún más la libertad de expresión”. Agregó que los cambios “representan un nuevo avance en materia de calidad institucional y en la consolidación de la Argentina como Estado respetuoso de sus compromisos y obligaciones internacionales”. “La Presidenta fue muy clara y gráfica cuando anunció el envío del proyecto al Congreso: este gobierno prefiere mil millones de mentiras a ser responsable de cerrarle la boca a alguien”, remarcó Alak.

“Es una enorme satisfacción. No sólo revierte aquella condena penal; también permite extender derechos civiles a toda la sociedad. Además, los fallos del sistema interamericano tienen consecuencias en todos los sistemas legales del continente”, destacó Kimel. La causa que derivó en su condena fue impulsada por Guillermo Rivarola, juez durante la dictadura y hasta hace tres años. En su investigación sobre el asesinato de los sacerdotes y seminaristas palotinos en 1976, Kimel escribió que la Justicia fue “condescendiente, cuando no cómplice”, que “elementos decisivos no fueron tomados en cuenta” por el juez Rivarola y que “la evidencia de que la orden del crimen partió de la entraña del poder militar paralizó la pesquisa”.

Kimel destacó que “en 1991, cuando comenzó esta historia, no pensé que la batalla judicial pudiera concluir de esta manera”. “Lo fui advirtiendo con el tiempo, cuando quienes me representaban explicaban que por su grado de injusticia y por haber vulnerado la libertad de expresión de manera tan contundente se trataba de un caso testigo”, destacó, e interpretó la sanción de la ley como “un homenaje a mi viejo, que me acompañó durante todo el proceso y murió hace exactamente seis años”.

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