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El país|Viernes, 2 de marzo de 2012
LA PRESIDENTA ANUNCIO QUE MODIFICARA EL CODIGO CIVIL Y LO UNIFICARA CON EL COMERCIAL

Una reforma de alto impacto social

Habrá mayor agilidad para el divorcio y se instaurará el contrato prenupcial. Se regularán la fertilización asistida y la gestación por sustitución. Los cambios incluyen la adopción y el derecho a la propiedad comunitaria de pueblos originarios.

Por Pedro Lipcovich
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La nueva codificación viene siendo elaborada por una comisión de juristas desde hace un año.

“Esto va a permanecer como la transformación más importante de estos años, en todos los órdenes; todo lo demás, cualquier otra cosa, es nada en comparación”: así se manifestó el titular del Departamento de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UBA con respecto a la reforma y unificación de los códigos Civil y Comercial, que subrayó la presidenta de la Nación en su discurso de ayer. La comisión a cargo del proyecto –integrada por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Aída Kemelmajer de Carlucci– viene dando los toques finales a su trabajo, que se inició con una vasta consulta a la comunidad jurídica. Se prevé que el nuevo código planteará modificaciones en la legislación sobre matrimonio civil, incluido el contrato prenupcial sobre división de bienes; también abarcaría la regulación de las prácticas de fertilización asistida y de la gestación por sustitución; presentaría una nueva normativa sobre adopción y consolidaría el derecho a la propiedad comunitaria en tierras de pueblos originarios. La unificación de los códigos también implicará el cese de la distinción entre juzgados civiles y comerciales. Desde el retorno de la democracia se elaboraron otros tres proyectos de reforma del Código Civil, que no llegaron a tratarse en el Congreso. Pero en este caso “hay voluntad política y, en la comunidad jurídica, consenso”, según el mismo jurista.

“Me siento un poco Napoleón”, dijo ayer la presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, al referirse a este emprendimiento que, yendo más allá de los actos legislativos corrientes, “es un verdadero acto de codificación, similar al que hizo Vélez Sársfield”, el creador del Código Civil, que data de 1865. Según explicó Leandro Vergara, director del Departamento de Posgrado de la Facultad de Derecho de la UBA, “Napoleón Bonaparte había admitido que el Código Civil francés de 1804, impulsado por él, era más importante que cualquiera de sus victorias militares, y en efecto se considera que la modernidad empezó con esa normativa, donde se plasmaron jurídicamente las consignas igualitarias de la Revolución Francesa. En nuestro caso, la reforma de los códigos quedará como la transformación más importante de estos tiempos: todo lo demás es nada en comparación con este cambio espectacular”.

Este será el cuarto proyecto para reformar el Código Civil desde el retorno de la democracia: los anteriores, siempre elaborados por comisiones ad hoc, se concretaron en 1987, 1993 y 1998, pero ninguno llegó a tener tratamiento legislativo. Para el actual, según Vergara, “hay voluntad política y existe un consenso importante en la comunidad jurídica”. Este consenso provendría “del predicamento con que cuentan los integrantes de la comisión, y de que ellos empezaron por hacer una amplia consulta a juristas: sobre esa base han venido elaborando su proyecto”.

La “Comisión para la elaboración del proyecto de ley de reforma, actualización y unificación de los códigos Civil y Comercial de la Nación” está presidida por Ricardo Lorenzetti –a su vez presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación– e integrada también por Elena Highton de Nolasco –también de la Corte Suprema– y Aída Kemelmajer de Carlucci –ex integrante de la Corte Suprema de la provincia de Mendoza–. El organismo fue creado por el decreto presidencial 191 del 23 de febrero de 2011, con un plazo previsto de un año para cumplir su tarea.

Atilio Alterini, ex decano y actual profesor emérito de la Facultad de Derecho de la UBA, destacó “la importancia de unificar los códigos Civil y de Comercio, ya que actualmente, por ejemplo, en un conflicto que se suscite en una compra efectuada por un particular, la solución puede ser distinta según se aplique uno u otro código”. Alterini comentó que “el Código Civil, que es la ley fundamental de la vida privada, tiene algunas antiguallas: por ejemplo, tiene 17 artículos dedicados a la búsqueda de tesoros, esos de los piratas, lo cual era un gran tema en el siglo XIX”.

Según anunció ayer la Presidenta, la reforma regulará la reproducción humana asistida, la gestación por sustitución y la adopción: “discusiones que la sociedad tiene que dar, como dimos la discusión por el matrimonio igualitario”. También se referirá a la propiedad comunitaria, que “debe ser de la comunidad indígena y no puede ser transferida a terceros o ser objeto de negocios”, puntualizó la mandataria.

La reforma –que en lo comercial tratará cuestiones como la agilización de contratos y compraventas– abarcará el reconocimiento de la igualdad de género, la legislación sobre paternidad, la tramitación del divorcio, el reconocimiento de uniones convivenciales y la posibilidad de efectuar convenios prematrimoniales. En cuanto a estos últimos, Leonardo Glikin –titular del Consejo Argentino de Planificación Sucesoria– observó que “se admitirían, por convenciones prenupciales, regímenes alternativos: el más habitual es el régimen de separación de bienes, por el cual los cónyuges tienen sus bienes por separado, sin constituir, en este sentido, sociedad conyugal”.

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