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El país|Miércoles, 23 de abril de 2008
Comienzan las audiencias orales y públicas

La Corte Suprema abre sus puertas

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La Corte Suprema de Justicia durante una de sus audiencias.

Con un caso sobre la libertad de prensa, la Corte Suprema iniciará hoy una serie de audiencias orales y públicas para debatir demandas judiciales especialmente elegidas por su relevancia. En esta primera audiencia del año se tratará un caso en el que el diario La Nación es acusado de desprestigiar a los integrantes del Cuerpo Médico Forense, en un editorial publicado en 1998.

La sesión se realizará a las diez. Los abogados de las partes tendrán veinte minutos para desarrollar sus argumentos; también expondrán el Centro de Estudios Legales y Sociales y la Asociación por los Derechos Civiles, ambos en calidad de amicus curiae.

El editorial de La Nación que motivó la causa fue publicado el 19 de octubre de 1998, con el título “Transparencia de peritajes forenses”. En ese entonces la Corte Suprema había ordenado una auditoría sobre el Cuerpo Médico y el juez Mariano Bergés había citado a indagatoria a treinta de sus integrantes. El editorial sostenía: “El resultado de tales peritajes viene a avalar las sospechas, calificando como incoherente, temerario, negligente y no confiable –entre otros términos convergentes– el trabajo de los peritos de la Corte”.

Los forenses José Angel Patitó y Osvaldo Héctor Cursi consideraron que el diario había emitido una opinión que dañaba su dignidad y desprestigiaba al cuerpo en general e iniciaron la demanda por daños y perjuicios. La sala H de la Cámara Civil condenó al matutino, al considerar que había emitido “un juicio de valor apresurado e inoportuno en un momento en que la Justicia” estaba en plena investigación de “un hecho” y “el magistrado aún no se había pronunciado”. Este fallo fue apelado y el caso llegó a la Corte Suprema.

El año pasado, el procurador general Esteban Righi dictaminó en favor de la revocatoria de la condena. Righi sugirió a la Corte que debe encontrarse “una solución más favorable a la libertad de opinión y no, como sucedió, más favorable a la protección del honor”. El procurador criticó la negativa de los camaristas a aplicar la doctrina de la real malicia para proteger la libre expresión. Esa doctrina, recordó, indica “que las reglas del derecho civil de daños no se aplican, aunque haya existido un daño efectivo al honor, si esa aplicación puede perjudicar el margen del ejercicio futuro de la libertad de prensa”.

También el CELS sostuvo que las sanciones impuestas a La Nación son “manifiestamente incompatibles” con la Convención Americana de Derechos Humanos. El organismo señaló que el diario, “lejos de emitir una información despreocupada y temeraria”, había contribuido a informar a la sociedad”. El caso, dijeron ayer, “se enmarca en el trabajo del CELS sobre temas relacionados con libertad de expresión, como la despenalización de las figuras de calumnias e injurias –o de difamación– y los límites al uso de sanciones pecuniarias, para garantizar el libre debate de ideas”.

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