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Sociedad|Viernes, 31 de mayo de 2013
LA PARTICULAR INTERPRETACION DE UN JUEZ SOBRE LOS GOLPES POLICIALES

Sin preguntas no hay tortura

Cuatro policías santafesinos acusados de golpear hasta fracturarles los huesos a dos detenidos habían sido inculpados por “torturas”. Pero el juez consideró que como los golpes no ocurrieron durante un interrogatorio, el delito cometido fue de “apremios”, que es más leve.

Por Horacio Cecchi
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En Reconquista, los policías pueden golpear y fracturar si no preguntan.

La denuncia de torturas contra cuatro policías a quienes dos hombres reconocieron durante su detención en la calle y en una comisaría de Reconquista, Santa Fe, fue desechada como tal por el juez federal de esa ciudad, Aldo Alurralde, con una particular interpretación de las torturas, del interés de los denunciantes, del papel de los testigos y hasta de la participación de los policías. El juez ordenó la libertad de los cuatro uniformados porque a dos (los jefes) los desprocesó por falta de mérito, y a los dos más peleles los acusó de apremios. El motivo sencillo aunque difícil de entender podría sintetizarse en la idea de que “si torturan pero no preguntan, no es tortura”: Alurralde consideró comprobadas las fracturas y lesiones, pero no que hubieran ocurrido durante un interrogatorio. El fiscal federal, Roberto Salum, apeló la resolución del juez y desnudó en 79 folios la necesidad urgente de legitimar la Justicia federal en Reconquista.

La paliza original fue relatada por Página/12 y ocurrió a fines de marzo pasado, durante la detención de Gustavo Cernadas y Angel Ramírez por un grupo de uniformados en Reconquista. Ambos sufrieron fracturas de todo tipo desde la cintura hasta los maxilares, uno de ellos también en el tabique nasal, ambos con los ojos negros y uno con una protuberancia en el cráneo. La denuncia por torturas contra cuatro de los policías reconocidos (el jefe de Inteligencia de Zona Norte, Daniel Musante; el jefe de la Brigada Operativa Departamental IX, Sergio Senn, y los oficiales principales de la BOD IX Luciano Martínez y Germán Arce; además del médico Alejandro Daveau, que no los revisó), después de la insistencia de Salum, después de la intervención de Abel Córdoba, titular de la flamante Procuración contra la Violencia Institucional (Procuvin) y de la publicación del caso en este diario, derivó en la detención de los dos peleles y los dos jefes.

Una semana después, Alurralde decidió la falta de mérito contra los dos jefes y el procesamiento por apremios a los otros dos policías, lo que les valió la libertad a los cuatro. La apelación del fiscal, ahora, sostiene que la resolución “incurre en una defectuosa calificación legal de los hechos de la causa y en la valoración de la prueba colectada” y dejó en claro que el relato de Alurralde tiene la jerarquía para participar en cualquier concurso de ficción: el juez consideró sin pruebas que las fracturas y marcas habían sido producidas durante la detención y no en la comisaría; “de la simple lectura parecería surgir que las víctimas son los policías y que los imputados serían Cernadas y Ramírez”, sostiene Salum; el juez confunde la causa en la que investigaban a Cernadas y Ramírez y que disparó su detención, con la que ellos denunciaron por torturas; menciona las múltiples lesiones probadas en la causa como “una serie de padecimientos” y considera que esa serie de padecimientos no configuran torturas porque no fueron producidos para averiguar datos porque, como ya los investigaban desde hacía un año, no había necesidad de golpearlos. Para ello, Alurralde tomó de la definición de tortura sólo la parte del interrogatorio como fin y evitó aquella que sostiene que se tortura “por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación”, además del interés de “intimidar o coaccionar”. Alurralde consideró probado que los policías habían sido lesionados porque lo dijeron testigos, aunque como señala el fiscal, los testigos dijeron haber escuchado que “los policías les dijeron que (los detenidos) les habían pegado”, pero que jamás lo vieron. El juez también sacó de la escena a los dos jefes, aunque uno de ellos fue visto por varios testigos y el otro firmó el acta del procedimiento y llevó a los detenidos al hospital. Puso en duda la versión de las torturas porque sugirió que a los denunciantes “les cabe las generales de la ley”, es decir, son parte interesada porque estaban siendo investigados por los ahora denunciados por ellos lo que, según Alurralde, motiva un interés de que los aparten, más allá de que después de la paliza que les propinaron es comprensible su interés de despegarse de los dos monos y sus dos peleles.

El fiscal arremetió contra la argumentación del juez sosteniendo que “para acreditar la veracidad de los hechos supuestamente padecidos por el personal policial ni siquiera necesita invocar un elemento probatorio, mientras que para acreditar los padecimientos de las víctimas dentro de la comisaría no le alcanza con dos declaraciones bajo juramento”.

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