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Sociedad|Martes, 18 de diciembre de 2007
EN LA PAMPA VETARON LA REGLAMENTACION DEL ABORTO NO PUNIBLE

La Iglesia, por encima de la ley

La norma, aprobada por amplia mayoría en la Legislatura, fue vetada por el flamante gobernador, a pedido del obispado. Pretendía evitar la judicialización de los casos contemplados por el Código Penal.

Por Mariana Carbajal
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El gobernador Jorge vetó la ley a una semana de asumir el cargo.

En una de sus primeras medidas, el flamante gobernador de La Pampa, el justicialista Oscar Mario Jorge, vetó la ley que reglamentaba la atención de los abortos no punibles, aprobada días atrás por amplia mayoría en la Legislatura y con el apoyo del oficialismo provincial. Jorge, quien fue funcionario de la última dictadura militar, consideró que la norma, que busca evitar la judicialización de esos casos, es “anticonstitucional”. “Esta decisión resalta su profundo espíritu antidemocrático, al desconocer la voluntad política del cuerpo colegiado que terminó su mandato el 10 de diciembre y que trataba de garantizar derechos contemplados en una ley de fondo como es el Código Penal. Al gobernador se le cayó la careta: es el mismo que juró como delegado militar por las actas del Proceso de Reorganización Nacional”, disparó en diálogo con Página/12 el diputado socialista Adrián Peppino, impulsor de la ley. La jerarquía católica local reclamaba el veto.

Jorge vetó en su totalidad la Ley 2394, sancionada el 29 de noviembre, a través de un decreto firmado ayer. La noticia se dio a conocer en la web oficial de la gobernación de La Pampa. La norma establecía el procedimiento que debían seguir los hospitales públicos ante el pedido de una interrupción de un embarazo en los casos contemplados en el artículo 86 inciso 1º y 2º del Código Penal, es decir, cuando la vida o la salud de la mujer corra riesgo o si la gestación proviene de una violación o un abuso sexual sobre una mujer que sufre discapacidad mental. Fundamentalmente, fijaba que no era necesaria una autorización judicial para llevar adelante las intervenciones.

El principal argumento para vetarla radica en que el texto de la ley “introduce interpretaciones a la legislación de fondo, las cuales amplían y modifican en su aplicación la figura penal referenciada”, según explica el comunicado de prensa oficial. Se objeta que la ley dejaba asentado que al analizar los casos de aborto terapéutico deberá entenderse el concepto de salud como el “bienestar físico, psíquico y social”, definido en otra ley provincial, en consonancia con los lineamientos de la Organización Mundial de la Salud. El gobernador sostiene que “se estarían vulnerando principios constitucionales, colocando entonces al Estado provincial ante la posibilidad cierta de planteos de anticonstitucionalidad”.

La noticia cayó como un balde de agua fría en la Legislatura. Aunque por el perfil conservador del nuevo mandatario, de buenos lazos con la Iglesia Católica, ya se temía el veto. El mismo día de su aprobación, el obispo de Santa Rosa, Rinaldo Fidel Bredice, salió a repudiar el voto mayoritario de los diputados y calificó la ley de “claramente inconstitucional”: el mismo argumento del gobernador Jorge. “Este gesto evidencia que no hay ningún compromiso social. Se trataba de garantizar derechos contemplados en una ley de fondo”, señaló a Página/12 el diputado Peppino, impulsor de la ley. La norma fue aprobada con el voto de 18 diputados de los distintos bloques que integran el cuerpo: justicialistas, kirchneristas, socialista, ARI, Frepaso y UCR. Apenas se opusieron cinco, todos ellos del PJ y por cuestiones de conciencia. Se esperaba que el saliente gobernador, Carlos Verna, promulgara la ley. Pero llamativamente no lo hizo.

La Legislatura puede insistir en la sanción, pero para ello se requieren los dos tercios de los votos en un plazo de treinta días hábiles desde notificado el veto al cuerpo. Fuentes legislativas evaluaron como “difícil” que se logre reunir el apoyo necesario justo al inicio de una nueva gestión.

La Ley 2394 garantizaba las intervenciones médicas necesarias para la interrupción del embarazo “sin riesgos” en hospitales públicos, y la atención médica y psicológica a la mujer “pre y postaborto”. Contemplaba la objeción de conciencia. Con esa normativa, La Pampa se había convertido en la primera provincia del país en plasmar en una ley cómo deben ser atendidos los pedidos de aborto no punible en el sector público, para evitar su judicialización.

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