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Sociedad|Sábado, 23 de julio de 2005

Claves del proyecto

- El proyecto establece los mecanismos que se deben cumplir en establecimientos públicos, privados y de obras sociales ante el pedido de un aborto “no punible”.
- En caso de peligro para la vida o para la salud física o psíquica de una mujer embarazada, el cuadro debe ser “fehacientemente diagnosticado”.
- Cuando el embarazo se hubiera producido como consecuencia de una violación, se exigirá la “denuncia judicial o policial” del hecho y una constancia de la revisación efectuada por un médico forense.
- La interrupción del embarazo deberá realizarse en un plazo “no mayor de diez días contados a partir de que se solicita”.
- La mujer debe recibir asistencia psicológica hasta su recuperación.

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