El organismo internacional no detalló los motivos exactos de la sanción, pero habló del Artículo 36 del Código Ético, de confidencialidad, por el que los miembros de la federación "se obligan a guardar secreto sobre toda información de la que hayan tenido conocimiento durante el ejercicio de sus funciones; en particular, sobre los hechos juzgados, el contenido de las investigaciones y deliberaciones y las decisiones adoptadas".
El máximo rector del fútbol internacional especifica que "únicamente podrán hacerse públicas las decisiones finales sobre el procedimiento ya notificadas a las partes implicadas".
Por esta supuesta infracción de la confidencialidad, la FIFA sancionó al dirigente chileno con "la prohibición de participar en todo tipo de actividad relacionada con el fútbol en los ámbitos nacional e internacional durante siete años".
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