Se suspendió el debate en Diputados del proyecto de ley que considera el acoso callejero un delito contra la integridad sexual, tipificado en el Código Penal y castigado con multas de entre 3000 y 30.000 pesos. Legisladores de varios bloques encontraron ambigua la redacción (qué conductas constituyen acoso, si se lo considera delito o contravención) e hicieron notar la ausencia de campañas preventivas más allá de los aspectos legales. Por eso, se decidió devolver el proyecto a la Comisión de Legislación Penal para que modifique la redacción. Impulsado por las legisladoras Victoria Donda (Libres del Sur), Olga Rista (UCR) y la socialista Gabriela Troiano (con mandato cumplido, el proyecto fue iniciado el año pasado). Pasó rápido de la comisión al recinto porque, según explicó Emiliano Montini, asesor de Donda, “ya tenía resolución, pero al cambiar la composición de la Comisión de Legislación Penal, la presidenta, Gabriela Burgos (UCR), decidió volver a tratarlo, y se lo aprobó con algunas modificaciones”. Entre las modificaciones, se especificó en el texto que el delito de acoso callejero es un delito de instancia privada, es decir que requiere la denuncia de la víctima, excepto en los casos de flagrancia. Por otra parte, quienes incurran en estas conductas deberán concurrir a “talleres o encuentros orientados a la educación, concientización y erradicación del acoso sexual callejero y la violencia de género” por un plazo no menor a tres meses.