“Los fundamentos de la sentencia, en su totalidad han sido solamente de carácter político y no jurídico, lo que evidentemente condujo a que se arribara a una conclusión alejada de los preceptos legales y de razonabilidad, que deben acompañar a cualquier intervención jurisdiccional”, señaló el fiscal Jorge Di Lello en la argumentación del dictamen que destruyó los fundamentos con los que la jueza federal María Servini de Cubría intervino el Partido Justicialista nacional. La medida no es vinculante, pero el fiscal pidió la nulidad de la intervención porque esa medida careció de “fundamentación jurídica” y se basó en cuestiones “arbitrarias”. El interventor Luis Barrionuevo se enojó al enterarse del escrito y que Di Lello “es un cero a la izquierda”. La resolución del planteo quedó ahora en manos de la Cámara Nacional Electoral.

Como anticipó ayer PáginaI12, el fiscal Di Lello apuntó en su dictamen contra la decisión de la jueza al señalar que sus fundamentos “en su totalidad han sido solamente de carácter político y no jurídico, lo que evidentemente condujo a que se arribara a una conclusión alejada de los preceptos legales y de razonabilidad, que deben acompañar a cualquier intervención”. En el escrito que elevó a la Cámara Nacional Electoral que aún debe definir la apelación presentada por los apoderados del PJ el representante del ministerio Público destacó que no observaba “ningún derecho quebrado, ni arbitrariedad alguna que deba corregirse, ni fundamento objetivo que dé lugar a una intervención judicial”.

El 10 de abril la jueza federal con competencia electoral irrumpió en el escenario político al emitir un fallo en el que ordenó la intervención del PJ que encabezaba el sanjuanino José Luis Gioja e instalaba en su lugar a Barrionuevo, una figura muy cuestionada y afín al macrismo. El PJ se encontraba en un momento de intensa movilidad interna en todo el país en la búsqueda de la unidad de todos los sectores para reacomodarse ante el año electoral en el que intentará recuperar el territorio perdido tanto en provincia de Buenos Aires como en la Nación. Entre los fundamentos para intervenir el PJ, Servini dijo que había perdido las elecciones y que carecía de vida interna por la presentación de figuras del justicialismo por fuera del partido, entre otros datos llamativos.

“En modo alguno es función de los jueces electorales calificar las ideas o proyectos políticos, ni la ausencia de tales, como tampoco lo es determinar cuál es la misión de cada partido político en los distintos momentos que atraviese la Nación, a excepción que sus principios sean contrarios a la Constitución Nacional”, señaló Di Lello en su dictamen. Además no dejó pasar que Servini de Cubría había tomado la decisión de avanzar en la intervención sin haber solicitado su opinión y calificó esa acción como “inadmisible”.

“La Sra. Magistrada fundamentó la necesidad de la intervención en las derrotas electorales del PJ en las últimas elecciones, sin efectuar mayores consideraciones que den sustento a la ‘crisis política’ que invoca como detonante”, sostuvo el fiscal y agregó que si la medida llegara a ser ratificada por la Cámara con el mismo criterio, los jueces “se verían compelidos a intervenir a las agrupaciones que resultaren desfavorecidas o perdidosas en los comicios”. Acerca de la figura de Barrionuevo como interventor, Di Lello apuntó contra los argumentos de Servini contra la división interna del justicialismo porque el gremialista “difícilmente podrá cumplir con la ecuanimidad que esa función requiere”, teniendo en cuenta que “no resulta ajeno” a las divisiones esgrimidas al disponer la intervención. “Es de público y notorio conocimiento, que el mismo ha tenido una vida política activa en el seno del Partido Justicialista. De este modo, no resulta ajeno a aquellas divisiones tan criticadas por la Sra. Magistrada”.