La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió, por unanimidad, que será la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal quien decida qué juez examinará la validez del cuadro tarifario de gas de 2017. El caso se originó en una contienda positiva de competencia suscitada entre el Juzgado Federal de Junín y el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal n° 8. Según entendió el magistrado a cargo del primero de los tribunales mencionados, el colectivo representado en el proceso alcanza a todos los usuarios residenciales del servicio de gas del país. En el voto mayoritario de los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Maqueda y Rosatti, se resolvió que el órgano legalmente facultado para dirimir toda contienda de competencia planteada “entre un juez del fuero contencioso administrativo y un juez de otro fuero” es la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. El juez Rosenkrantz, en voto concurrente, sostuvo que lo dispuesto en el artículo 20 de la ley 26.854 se aplica a todo conflicto de competencia trabado por vía de inhibitoria, en las causas en que el Estado Nacional sea parte.