Desde Santa Fe

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó ayer el fallo del Tribunal Oral de Santa Fe que condenó a diez policías santafesinos y al padrastro de uno de ellos en el juicio por el transporte de 1.662 kilos de marihuana en un camión que quedó varado en Arroyo Leyes, en 2014. Una "sentencia sin fisuras" la consideró la Sala 1 al ratificar las penas a los dos operadores del cargamento: el ex sargento de Drogas Peligrosas Alejandro "Aguja" Agüero (a doce años de prisión) y su padrastro Juan Carlos Villalba (a siete años) por "transporte de estupefacientes agravado"; a los dos mandos policiales que los dejaron escapar: el ex jefe de Orden Público Cristian Hang y el ex jefe de la 8ª Zona Martín Diaz (a seis años de prisión) por "encubrimiento doblemente agravado" y "falsificación de documento público" y a siete suboficiales y agentes (a dos años en suspenso) que firmaron un acta trucha que ocultó los hechos. 

En dos semanas, la Cámara de Casación convalidó dos sentencias del Tribunal Oral de Santa Fe en juicios por narcotráfico que involucran a cuadros de la Policía de Santa Fe. El miércoles, la Sala 1 integrada por las juezas Liliana Catucci y Ana María Figueroa y su colega Eduardo Riggi ratificó las condenas al ex jefe de Policía de la provincia Hugo Tognoli (a seis años de prisión) y a su cómplice y ex jefe de Inteligencia de Drogas Peligrosas José Luis Baella (a cinco años) por "encubrimiento agravado" y a un vendedor de sustancias ilegales, Daniel "Tuerto" Mendoza (a seis años y seis meses). Y ayer, la Sala 4 que integran los jueces Mariano Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos confirmó el fallo por el camión de Arroyo Leyes y las condenas a Agüero (doce años de prisión), Villalba (siete años), Hang y Díaz (seis años) y los siete policías que firmaron el acta falsa: Duilio Papini, Matías Zoratti, Claudia Moreira, Mauro Ruoppulo, Fabián Manjka, Luciano Astrain y José María Murguía (dos años). En el proceso fue condenado también Luis Gabriel Cantero a cuatro años por "tenencia de estupefacientes" para la venta.

En el Tribunal de Santa Fe, el juicio a Tognoli lo presidió el juez José María Escobar Cello y el del camión de Arroyo Leyes su colega María Ivón Vella. El tercer integrante es Luciano Lauría.

En el segundo voto, el juez Hornos relata los hechos probados en el juicio: el transbordo de "parte del material ilícito" de un camión a otro que conducía Villalba, el "posterior retiro de la escena" de Agüero y de su padrastro "con la anuencia del comisario Díaz y a la vista del resto de los policías actuantes de manera intencional y deliberada". Y el ocultamiento de la trama que no fue "transcripta ni por Díaz ni por Hang en el acta, con el claro propósito de encubrir a los autores del transporte de estupefacientes", aún cuando "uno de ellos (Agüero) ostentaba la calidad de funcionario público", agregó. "El acta que firmaron Moreira, Zoratti, Papini, Manjka, Astrain, Murguia y Ruoppulo, presentes durante todo el hecho, demuestra en forma clara la intencionalidad que tuvieron aquellos encargados del procedimiento de ocultar la realidad de los hechos", precisó Hornos. 

Los planteos de las defensas "no resultan suficientes para controvertir los dichos de los testigos de la actuación, las escuchas telefónicas, los registros fílmicos y fotográficos y las demás pruebas" de cargo que "acreditan" la condena. No hay en la causa "prueba alguna que logre corroborar aquellas versiones esbozadas por los recurrentes".

En la sentencia del Tribunal de Santa Fe --siguió Hornos-‑ "no se advierten fisuras" ni "dudas" sobre "la participación y responsabilidad criminal de los imputados en los hechos". Por lo tanto, se "puede inferir con el grado de certeza suficiente" que "los condenados fueron: autor del delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada para cometerlo y por su calidad de funcionario público (Agüero); partícipe necesario del delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas en forma organizada para cometerlo y autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso real (Villalba); autor del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización --Luis Gabriel Cantero-‑; autores de los delitos de encubrimiento doblemente agravado por ser el hecho un delito especialmente grave y por ser funcionarios públicos, y falsificación ideológica de documento público, en concurso real (Hang y Díaz); y autores del delito de falsificación ideológica de documento público (Papini, Zoratti, Moreira, Ruoppulo, Manjka, Astrain y Murguia)".