En octubre de 2015 fue hallado el cuerpo sin vida de Diana Sacayán luego de haber sido agredida físicamente por su pareja Gabriel Marino y otro varón no identificado. Su travesticidio fue un golpe inconmensurable para todo el movimiento de mujeres, lesbianas, travestis, trans y de las disidencias sexuales. Diana fue una reconocida líder travesti que formó parte del Programa de Diversidad Sexual del INADI, dirigió la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays y Bisexuales (ILGA) y fundó el Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL). Integró el Frente Nacional por la Ley de Identidad de Género y fue la primera mujer travesti en recibir su DNI conforme su identidad de género autopercibida. En el juicio se constituyeron como partes querellantes Say Sacayán -representado por la abogada feminista Luciana Sánchez- y el INADI. Además, intervinieron la UFEM (Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres) y el fiscal de juicio.

El pasado 6 de julio, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 4, por mayoría, condenó a Marino a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio calificado por odio a la identidad de género y por haber mediado violencia de género (artículo 80, incisos 4º y 11º, del Código Penal). Así fue como, por primera vez en la historia judicial argentina, se reconoció la figura de travesticidio.

La sentencia recorre conceptos como patriarcado, violencia de género, femicidio, vulnerabilidades del colectivo LGBTTIQ+. Además, se escucharon en el debate las voces travas –usualmente silenciadas en el ámbito jurídico– y se incorporó por lectura el testimonio de Lohana  Berkins, fallecida luego del travesticidio de Diana. De manera nunca antes vista, la justicia reconoció el derecho del colectivo a una vida libre de violencias, con derecho a la salud, vivienda, trabajo y a la no discriminación. Se reconoció la obligación del Estado en el cumplimiento de los principios de Yogyakarta como “estándares legales internacionales vinculantes que los Estados deben cumplir, en torno a los derechos humanos en las cuestiones de orientación sexual e identidad de género” y se hizo referencia al Informe de la CIDH sobre la Violencia contra las Personas LGBTI y sus Recomendaciones a los Estados.

Estamos lejos aún de haber terminado la batalla. Falta la sentencia de la Cámara Nacional de Casación, que resolverá sobre el recurso presentado por la defensa. Para que ningún travesticidio quede impune, nuestro rol como operadores de justicia consiste en fortalecer el reconocimiento de esta figura penal. Nos guían en este camino las palabras de Diana “Cuando yo me vaya; espero haber hecho un pequeño aporte a la lucha por un mundo sin desigualdad de género, ni de clase”.

Natalia Saralegui y Lucía Pizzi: Abogadas feministas y activistas por los derechos de las mujeres, las disidencias sexuales y los derechos humanos.