Albert Einstein uno de los mejores científicos del siglo XX, desarrolló la “Teoría General de la Relatividad”, con la que revolucionó la forma de percibir el Universo. Un gran pacifista, preocupado por el ambiente que se vivía después de la Primera Guerra Mundial, desde Caputh, una localidad cerca de Postdam, en Alemania, le envió una carta a Sigmund Freud, el 30 de julio de 1932. Una carta que luego, al publicarse, se la tituló “¿Por qué la guerra?”, de particular importancia en muchos aspectos y que invito a leer integralmente, junto a la respuesta dada por parte de Freud.

Más en esta ocasión quiero significar que, de una manera concisa y clara y tal vez sin proponérselo formalmente, Einstein formuló también en su misiva, lo que doy en llamar la “Teoría de la Relatividad Judicial”.

En su carta dijo, en lo que aquí importa, que “un tribunal es una institución humana que, en la medida en que el poder que posee resulta insuficiente para hacer cumplir sus veredictos, es tanto más propenso a que estos últimos sean desvirtuados por presión extrajudicial. Este es un hecho que debemos tener en cuenta; el derecho y el poder van inevitablemente de la mano, y las decisiones jurídicas se aproximan más a la justicia ideal que demanda la comunidad (en cuyo nombre e interés se pronuncian dichos veredictos) en tanto y en cuanto esta tenga un poder efectivo para exigir respeto a su ideal jurídico”.

Las afirmaciones han tenido y tienen una particular vigencia en general y en Argentina, en especial.

Reparemos que, en una forma más directa podemos decir, que la “Teoría de la Relatividad Judicial” de Einstein sostiene que, como principio, los jueces son permeables a las presiones externas, en la medida que sientan que aplicar la ley como ideal jurídico sea difícil, porque no tendrán el poder efectivo para llevar adelante las sentencias que dicten y la comunidad no exija, con la fuerza suficiente, que se respete la ley adecuadamente.

Así, nuestro Poder Judicial, en 1989, convalidó los indultos a violadores de derechos humanos. En ese momento, la comunidad no tuvo la firmeza necesaria para exigir que no se los indultara. Dicha realidad de impunidad inaceptable me llevó a decir, cuando renuncié como juez federal, luego de declarar la inconstitucionalidad de los indultos decretados, que de esa manera la Justicia Argentina demostraba que era impiadosa con los débiles y genuflexa con los poderosos.

La fórmula de la relatividad judicial de Einstein también la vemos evidenciada, en los últimos tiempos, cuando el poder político presiona a jueces y fiscales para que estos favorezcan los intereses del gobierno de turno y estos aparecen permeables a dicha presión. Así, asistimos a ver un Poder Judicial que respecto de quienes no quiere el gobierno, no se siente obligado a respetar, entre otros aspectos, el principio de inocencia, el derecho a la defensa en juicio, las razones que justifican la prisión preventiva, los derechos laborales, el derecho de propiedad, la dignidad de los detenidos, que investiga con métodos antijurídicos y en general, que no respeta la legalidad debida en el accionar. Todo ello sumado a una demora cómplice en resolver cuestiones fundamentales que pudieran afectar al gobierno o no actuar como corresponde y garantizar impunidad a quienes delinquen, por ejemplo, en materia de deuda externa, con motivo de los graves endeudamientos usurarios realizados en contra del país, tampoco contra la corrupción existente, etc. 

A su vez, los magistrados y fiscales que no se dejan presionar y aplican la ley, son perseguidos y además, desprestigiados por los medios de comunicación afines al gobierno.

Pero la fórmula de Einstein dice bien que la justicia ideal que demanda la comunidad (en cuyo nombre e interés se pronuncian los veredictos) se podrá llevar adelante en tanto y en cuanto la comunidad rescate para sí el poder de exigir respeto a su ideal jurídico.

Esto último quedó demostrado cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en mayo del año 2017, pretendió aplicar, respecto de quienes habían sido condenados por graves violaciones de derechos humanos, que para el cómputo de la pena se cuenten dos días por cada día de detención. En dicha ocasión, la comunidad espontáneamente salió a la calle a manifestarse en contra. Por lo que el Poder Político y el Poder Judicial tuvieron, con urgencia, que cambiar el criterio y dejar en claro que no cabía aplicar el referido beneficio a dichos delincuentes.

Einstein nos deja la fórmula clara por la que será cuestión que la comunidad tome fuerza para exigir que se haga justicia a todos y todas, pero respetando los ideales jurídicos consagrados en nuestra Constitución Nacional y demás leyes. Es el camino. Mi afecto y respeto a Einstein. 

* Abogado cordobés; ex juez federal; constitucionalista.