El proyecto de ley para crear un Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria obtuvo media sanción de la Cámara de Senadores, que votó por unanimidad a favor de la iniciativa y la giró a Diputados. El sistema, que busca garantizar que todas las personas encuentren ropa de su tamaño y lucha contra los trastornos alimenticios relacionados a este problema, pretende estandarizar medidas corporales, regularizadas conforme con la reglamentación específica, para fabricar, confeccionar, comercializar e importar indumentaria destinada a la población a partir de los 12 años.

El Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria será de aplicación obligatoria en todo el territorio argentino. Según indica el proyecto, todo comerciante, fabricante o importador de indumentaria deberá identificar cada prenda de acuerdo con este sistema único. 

Por otro lado, la etiqueta con la identificación del talle de la indumentaria deberá estar adherida a la prenda y contenida en el pictograma correspondiente, de manera cierta, clara y detallada, siendo de fácil comprensión para el consumidor. 

Los locales de venta, además, tendrán que exhibir en un lugar de fácil visibilización un cartel que contenga la tabla de medidas corporales normalizadas. Como tamaño mínimo, la iniciativa establece que el cartel deberá medir 15 por 21 centímetros. Los establecimientos comerciales también estarán obligados a garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.

Cada diez años, el Poder Ejecutivo Nacional –a través del organismo que corresponda– deberá realizar un estudio antropométrico de la población. Una vez que sea sancionada la ley, el Ejecutivo tendrá un año para concretar ese primer estudio.