La Corte Suprema anuló por mayoría un fallo del Superior Tribunal de Jujuy que prohibió a dirigentes gremiales participar de asambleas y actos como condición para seguir en libertad. Los jueces Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti destacaron que el poder judicial de la provincia que gobierna Gerardo Morales “omitió” considerar el artículo 14 bis de la Constitución que brinda “las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical”. Votaron en contra Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco. Cuatro dirigentes del Sindicato de Empleados y Obreros Municipales (SEOM) fueron detenidos y procesados en 2014 tras una movilización. Luego un juez los liberó a condición de “no participar de reuniones multitudinarias y/o manifestaciones violentas”. “La sola presencia en una asamblea de trabajadores dentro de sus lugares de trabajo o plenario de delegados del SEOM Jujuy” les costaría la libertad, advirtió. Esa decisión fue confirmada por todas las instancias judiciales jujeñas y revocada ahora por el máximo tribunal de la Nación.