El Gobierno enviará al Congreso un proyecto de ley con beneficios fiscales para desarrolladores inmobiliarios en los impuestos al cheque, a las Ganancias y al Valor Agregado, para incentivar así la industria de la construcción, que registra siete meses consecutivos de retracción, anunciaron ayer fuentes oficiales. “En la aplicación del Impuesto a las Ganancias se permitirá una actualización de costos de las inversiones realizadas para reinvertir en nuevos proyectos”, explicó el subsecretario de Política Tributaria, Juan Mariscal. El detalle de las medidas:

1. Impuesto a las Ganancias 

A. Se permitirá actualizar el costo de las inversiones realizadas en proyectos inmobiliarios (terrenos y construcciones) con la condición de que se reinvierta el monto equivalente en nuevos proyectos. Los proyectos inmobiliarios tienen la característica de ser a mediano o largo plazo. Por ello, las inversiones quedan desactualizadas al momento de la venta, lo que ocasiona que se determine un impuesto sobre valores nominales. 

B. Otra opción será hacer uso del revalúo para el impuesto a las ganancias. Esto consiste en actualizar el costo de la inversión pagando un impuesto del 15 por ciento sobre el valor actualizado que podrá ser cancelado en forma diferida. 

C. Para las ganancias realizadas por ventas de inmuebles se incorpora la posibilidad de diferir el pago del impuesto a condición de que se reinvierta en Fondos Comunes de Inversión o en Fideicomisos financieros, con objeto inmobiliario y oferta pública. De esta manera, se estimula la inversión en el sector inmobiliario a través del mercado de capitales doméstico. 

D. Deducción de intereses por créditos hipotecarios El proyecto propone elevar a más de cuatro veces el importe de la deducción, cuyo tope actualmente es de 20 mil pesos, y a su vez, que sea actualizable de forma automática. Este cambio producirá un efecto sustancial en el ahorro de todos aquellos que hayan tomado o sean tomadores futuros de créditos hipotecarios. 

2. Ley de impuesto al valor agregado (IVA) 

Las inversiones a largo plazo, como la realizada en los proyectos inmobiliarios, tienen la característica de generar acumulación de créditos fiscales por las compras de los bienes y servicios, lo que genera saldos a favor durante un tiempo prolongado, que recién pueden ser utilizados al momento de la venta del inmueble, al final del ciclo de inversión. Por ello, y para aliviar la necesidad de capital de trabajo de las nuevas construcciones, se posibilitará generar devoluciones por los créditos fiscales que se generen y no se hayan podido absorber dentro de un plazo de seis meses. 

3. Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios (ICDB) 

Para todo desarrollo inmobiliario nuevo, se permitirá el cómputo del 100 por ciento del ICDB contra el Impuesto a las Ganancias, que actualmente es del 33 por ciento. Así, se adelanta para esta actividad el proceso gradual dispuesto en la Reforma Tributaria que se inició en 2018. 

4. Impuestos Provinciales y Tasas Municipales 

Se invita a las provincias y municipios a reducir la carga fiscal para estos nuevos proyectos inmobiliarios.