El fiscal Santiago Márquez Gauna, a cargo de la parte acusadora en el juicio de responsabilidad que se le realiza en Cipolletti al ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra, solicitó en su alegato al juez Alvaro Maynet que se declare responsable al médico imputado por incumplimiento de los deberes de funcionario público, previsto y penado en el artículo 248 del Código Penal. 

Leandro Rodríguez Lastra no interrumpió el embarazo no deseado por una joven de 19 años que fue violada por un familiar y que permaneció internada hasta el momento de parir, durante 2017, en el Hospital de Cipolletti. 

La denuncia contra el ginecólogo se presentó porque el médico actuó contrariamente a lo estipulado en la ley provincial 4.796 que reglamenta los abortos en Río Negro, y a la Ley Nacional 26.485, de protección integral de las mujeres.

Para la fiscalía, durante el desarrollo del juicio y mediante la prueba generada a través de los testimonios, se demostró su hipótesis del caso. Los acusadores sostienen que Rodríguez Lastra ejecutó maniobras para interrumpir el aborto no punible que estaba cursando la víctima el 2 de abril de 2017, fecha en que ingresó al hospital y el médico le suministró medicamentos para inhibir las contracciones.

El fiscal sostuvo que “la verdadera razón por la que Rodríguez Lastra actuó como actuó, es porque no comulga con los derechos reconocidos a las mujeres por esta ley” y agregó que “el Estado convirtió a R.P. en una incubadora humana”.

Márquez Gauna aseveró que “Rodríguez Lastra puso todas las trabas a su alcance. Le dio medicación contra su voluntad, le mintió . Ningún médico puede anteponer sus deseos personales por sobre los del paciente”. El médico “debió respetar a R.P. y cumplir con el derecho que tenía en ese momento”.

Criticó también que “pese a que en Río Negro hay una ley, sigue habiendo Rodríguez Lastra que impiden el acceso de las mujeres a sus derechos (...) Cuando eso sucede, las personas vulnerables tienen que recurrir por fuera del sistema. No podemos pedirle a R.P. que se convierta en heroína y que espere a que el sistema de salud cumpla con sus derechos”, dijo el fiscal. Frente a él, Rodríguez Lastra escuchó el alegato, mientras tomaba nota y sonreía.

A su turno, el abogado defensor, Damián Torres, metió presión al magistrado y en el desarrollo de su postura sostuvo que “este caso puede poner en inseguridad jurídica a los médicos del país”. La hipótesis de la defensa es que el médico no se opuso al aborto en curso y que, por otro lado, intentó resguardar la vida de la mujer porque habría ingresado al hospital en grave estado. En su teoría del caso inicial, Torres había sostenido que “el aborto debe ser practicado por un médico diplomado y la joven comenzó el aborto por sus propios medios”.

En respuesta al fiscal, el defensor dijo que “R.P. es una victima del sistema de salud y quieren hacer aparecer a Lastra como victimario, y no lo es”. El letrado sostuvo que “no es cierto que Rodríguez Lastra se negó a recibir a la paciente derivada de Fernández Oro para evitar hacerle un aborto” y agregó que “la fiscalía dice que Lastra no les cree a las mujeres para plantear un estado emotivo, pero no es así”.

Por otro lado el defensor cuestionó que la fiscalía no pudo probar que hubiera un aborto en curso, aseguró que “en cambio nosotros demostramos que había un proceso infeccioso que requería tratamiento urgente” y que si no hubiese actuado del modo en que lo hizo “hoy lo estaría defendiendo de una acusación de mala praxis”, sostuvo. En ese contexto Torres esgrimió que convocó a declarar “a un especialista (por Ernesto Beruti) y la fiscalía a un traumatólogo (por el forense Gustavo Breglia)”.

El veredicto se dará a conocer el 21 de mayo, por la mañana.