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LOS DIPUTADOS DEROGARON LA OBEDIENCIA DEBIDA Y EL PUNTO FINAL Adiós a la nave del olvido
Por Esteban Schmidt
¿Qué pensaban las bancadas opositoras a las diez de la mañana? Imaginaban el siguiente cuadro: se inicia la primera sesión especial convocada para las doce y media del mediodía. En cuanto el primer diputado del PJ tuviera la posibilidad de hablar, leería un largo listado de supuestos cómplices de la dictadura pertenecientes a la Alianza, entre quienes aparecerían figuras como Eduardo Angeloz o Aníbal Ibarra. La oposición, entonces, se retiraría ofendida en medio de un escándalo minuciosamente registrado por la prensa nacional e internacional presente en el recinto. Imaginaban algo peor todavía: que en la avenidas Rivadavia y Entre Ríos, donde las organizaciones de derechos humanos concentraban para la marcha en repudio al último golpe militar, la policía repartiría orden con palos y gases. Pero nada de eso ocurrió. La interna del bloque del PJ explica la moderación final que tuvieron los hechos. La bancada peronista se había dividido en dos posiciones que no representaban estrictamente otros alineamientos dentro del justicialismo. En una línea dura militaban en su mayoría hipermenemistas como César Arias mientras que en una más blanda había mayoría de duhaldistas. El presidente del bloque, Humberto Roggero, también era duro, en tanto que el vicepresidente, Eduardo Camaño, un blando. La dureza llevó a los primeros a redactar una lista de cómplices aliancistas con la dictadura y la moderación de los otros a reclamar el acuerdo político con la oposición. El grito de guerra de los duros era "nosotros pusimos los muertos" (por el peronismo). Citaban el dato objetivo de que la mayoría de los detenidos desaparecidos eran de filiación peronista para afirmar, de manera discutible, que por ello tienen superioridad moral para decidir sobre castigos y perdones. Los blandos decían que los muertos "los pusimos algunos de nosotros". Ya habían tomado nota debida de la amenaza deslizada en una reunión informal con diputados aliancistas sobre la intención de divulgar los nombres de justicialistas que colaboraron con distintos gobiernos militares. Hablaban del hermano presidencial Eduardo Menem y también del viceministro del Interior Jorge Matzkin. En otras tenidas que sirvieron para tantear las posiciones de unos y otros, la frentista Nilda Garré le escuchó decir a Roggero: "Me es difícil parar a los muchachos". Tras el fracaso de la primera de las sesiones especiales convocadas para ayer, se realizó una reunión de la Comisión de Labor Parlamentaria, a la que concurrieron Garré, Rafael Flores y Darío Alessandro por el Frepaso; Federico Storani y Mario Negri por la UCR y Marcelo López Arias y Camaño por el PJ. Allí se acordó hacer un único proyecto de ley firmado por los tres presidentes de bloque. Se cambió entonces la nulidad de las leyes por la derogación, que es una formula más simbólica que jurídica, ya que no tiene carácter retroactivo. Si en un caso de política-ficción el Senado convalidara esta derogación y Carlos Menem no la vetara, tal como anunció, esta medida no allanará el camino para nuevos juicios a militares que fueron protegidos en el pasado y no regresará a las cárceles a quienes fueron puestos en libertad, ha opinado la mayoría de los juristas. También se acordó mandar a comisión el proyecto de modificación del artículo 514 del código de justicia militar. El pasado seis de enero, un proyecto de ley de derogación y anulación
de las leyes de punto final y obediencia debida presentado por los diputados frepasistas
Juan Pablo Cafiero, Alfredo Bravo, Jorge Rivas, Alfredo Villalba y Diana Conti produjo el
primer conflicto dentro de la Alianza UCR-Frepaso. El gobierno rápidamente resolvió
aprovecharlo e incluyó ese texto para ser tratado en las sesiones extraordinarias. El
cuatro de febrero hubo un intento de discusión parlamentaria de la ley que culminó de
una manera que todos los actores involucrados coincidieron en calificar como
"bochornosa". Luego hubo otros dos llamados a sesionar por esta ley, pero no
hubo, en ninguno caso el quórum necesario para discutir.
Ricardo Gil Lavedra, que formó parte de la Cámara Federal que condenó a los ex comandantes en 1985, explicó anoche a este diario que "la derogación no puede tener ningún efecto, por el principio de la imposibilidad de aplicar retroactivamente las leyes penales. Como el Parlamento no puede anular las leyes, queda en pie la legislación más favorable a los acusados. Los que sostienen que la derogación puede tener efecto son los que sostienen que se trata de delitos contra el derecho de gentes, y por lo tanto, imprescriptibles y no amnistiables. Pero, en ese caso, no se necesitaba la derogación, ya que los mismos argumentos podían hacerse valer ante los tribunales". Quien fue el fiscal en ese juicio, Julio Strassera, también consideró que la derogación no puede tener ningún efecto: "Los efectos que ya tuvieron las leyes son irreversibles. Una ley más gravosa no se puede aplicar en forma retroactiva, y éste es un principio jurídico reconocido por todas las naciones civilizadas". En la opinión de Strassera, ésta "es una cuestión de seguridad jurídica y de respeto a las garantías constitucionales y los derechos humanos que merecen hasta los torturadores". En el mismo sentido se pronunció el constitucionalista Gregorio Badeni: "Las leyes penales no pueden ser retroactivas y ésa es una garantía constitucional". Schiffrin dio una interpretación opuesta: "Las leyes de Obediencia Debida y Punto Final son nulas porque violan el artículo 29 de la Constitución". Schiffrin recordó que "Jorge Bacqué, cuando todavía integraba la Corte, falló que la Obediencia Debida no es una ley, sino una invasión de facultades judiciales. Las leyes disponen para el futuro, ésta sólo sirve para paralizar procesos iniciados en el pasado". El jurista indicó que, "cuando se promulgó la Obediencia Debida, había más de 500 causas en trámite", y previó que, al dictarse una nueva ley, "todas tendrían que reabrirse; eso sería un gran beneficio para la ética pública. Si se rompe el escepticismo, se puede recuperar el tiempo perdido". Los abogados del Comité de Acción Jurídica de la CTA, Horacio Ricardo González y Juan Carlos Capurro, sostienen que la derogación "habilitaría a los procesados por los crímenes de la dictadura a invocar el principio de ley más benigna, contenido en el Código Penal, para una ley del pasado, cuyos efectos quedan en pie". Para González y Capurro, "de acuerdo con la Constitución nacional y la doctrina histórica de la Corte Suprema, estas leyes cuestionadas no existen jurídicamente. Son nulas de nulidad insanable". Aludieron a la ley dictada por el Congreso en 1983, declarando nula la autoamnistía promulgada por el último dictador, Reynaldo Bignone, ley cuya validez fue ratificada por la Corte Suprema en 1986. El proyecto de los diputados Alfredo Bravo y Juan Pablo Cafiero procuraba precisamente declarar nulas las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. Según su parecer, de haberse aprobado la anulación, esas normas nunca hubieran tenido efecto jurídico y no correspondería aplicar el principio de la ley penal más favorable para el reo. La abogada de derechos humanos Mirta Mántaras abordó la cuestión desde un punto de vista diferente: "Poner el acento en el aspecto práctico de la derogación de las leyes no hace al centro de la cuestión, pues lo relevante es nulificar un privilegio ilegal que permitió a los genocidas elidir sus enjuiciamientos". Mántaras indicó que la derogación, "como acto simbólico, es un paso esencial para nuestra sociedad por el valor moral que tiene la nulificación de una norma injusta. En cuanto a los efectos prácticos, carece de importancia que no se pudiera abrir un solo juicio, pues lo que interesa es el efecto práctico de lo simbólico".
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