El Banco Central levantó este jueves las restricciones para que las empresas dedicadas a la asistencia de viajeros en el exterior puedan transferir los dólares necesarios para afrontar los eventuales problemas que tengan sus clientes.

A través de la comunicación "A" 6829, la entidad monetaria informó que "lo establecido en el punto 14 de la Comunicación "A" 6770 y complementarias no resulta de aplicación a las transferencias que realicen las empresas de asistencia al viajero por los pagos de siniestros de cobertura de salud originados en servicios prestados en el exterior por terceros a sus clientes residentes".

El punto 14 de la comunicación “A” 6770, que reinstauró el “cepo” el pasado 1 de septiembre, destaca: “Se establece el requisito de conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado de cambios para el pago de servicios con empresas vinculadas del exterior, excepto para las emisoras de tarjetas por los giros por turismo y viajes”.

Las compañías de asistencia al viajero habían hecho saber su malestar por esta medida que les dificultada el cumplimiento de sus compromisos. El organismo conducido por Guido Sandleris ahora comunicó a las entidades financieras y casas de cambio que las restricciones establecidas inicialmente no resultan de aplicación para las transferencias que realicen esas empresas, aunque se aclaró que las firmas deberán contar con la documentación que le permita verificar la genuinidad del monto transferido.