Que “el pueblo se haga universidad y la universidad se haga pueblo”, no es un grito escuchado en una manifestación, ni un grafiti pintado tras una marcha estudiantil. Es la descripción que el diputado Bustos Fierro hizo de la política universitaria del peronismo, en el contexto del debate parlamentario de la Ley 14.297. Esta narración de una Universidad pintada de pueblo sólo podía hacerse a la luz de una medida revolucionaria: la supresión de aranceles universitarios, decretada por el presidente Juan Domingo Perón el 22 de noviembre de 1949.

En la modernidad, la Universidad se había delineado como una institución de reproducción del orden social, de formación de los hijos de las élites, de consagración de los destinos preasignados por la estratificación social. Con la gratuidad, aquella institución elitista se transformó en una institución plebeya, con la misión ya no de reproducir los destinos de los y las jóvenes, sino de transformarlos radicalmente.

Ley 1.597, conocida como “Ley Avellaneda”, sancionada el 25 de junio de 1885, contemplaba el cobro de aranceles a los estudiantes universitarios. Durante la reforma, los reformistas discutieron el asunto del desarancelamiento, pero en el Congreso de la FUA de julio de 1918, la declaración propuesta por Gabriel del Mazo, para hacer de la gratuidad una bandera de la Federación estudiantil, no fue aprobada.

Tras los sucesos de la Reforma, el 2 de agosto de 1918, cuarenta y cinco días después del emblemático 15 de junio, el Poder Ejecutivo presentó un proyecto de Ley Orgánica de la Instrucción Pública, y respecto de la educación superior reconocía el cobro de aranceles.

Incluyendo esta iniciativa, entre la Reforma y el inicio de la presidencia de Perón, se formularon 10 proyectos de ley para modificar el régimen de las universidades nacionales, de los cuales: uno incluyó la gratuidad; cuatro, una gratuidad condicionada a la posibilidad de contar con fondos presupuestarios suficientes y/o solamente dirigida a los y las estudiantes carentes de recursos; otro nada decía sobre el tema; y los cuatro restantes mantenían el sistema de aranceles.

Ya durante la presidencia de Perón, y antes de la presentación del Plan Quinquenal, la UCR presentó dos proyectos de reforma de la legislación universitaria, uno firmado por Nicolás Rubino Sidney y el otro por Del Mazo, que incluían la gratuidad de los estudios.

Por su parte, el Plan Quinquenal, anunciado el 21 de octubre de 1946, dentro del Capítulo III incluía la “gratuidad de la enseñanza universitaria”, pero en el articulado, la gratuidad no era universal, sino que estaba destinada a quienes no pudieran costear los estudios.

La Ley 13.031, la primera de las leyes universitarias del peronismo, fue sancionada el 26 de septiembre de 1947, no contemplaba la gratuidad, pero sí un sistema de becas de ayudas económicas. Después, el 22 de noviembre de 1949, mediante el decreto 29.337, Perón suspendió, con carácter retroactivo al 20 de junio, el cobro de aranceles.

Esa medida se complementó con el decreto 4.493, del 7 de marzo de 1952, que suspendió la percepción de aranceles de todos los establecimientos que dependieran del Ministerio de Educación, sumando así a la educación superior no universitaria. Finalmente, la Ley 14.297, la segunda ley universitaria del peronismo, sancionada el 18 de diciembre de 1953, reafirmó la gratuidad.

La Ley 14.297 fue suspendida por la dictadura de Lonardi, y Aramburu estableció un sistema legislativo que nada decía sobre el cobro de aranceles. Los gobiernos de Arturo Frondizi e Umberto Illia mantuvieron la legislación de la dictadura de Aramburu, que fue modificada en la dictadura de Onganía. En este caso, mediante la Ley 17.245, el gobierno de facto estableció un arancel para quienes no aprobaran un número mínimo de materias. Esta norma fue modificada en 1974 mediante la “Ley Taiana”, ocasión en que se reintrodujo la gratuidad, que fue acompañada por un ambicioso sistema de becas. Esta Ley fue derogada durante la última dictadura cívico-militar que, en 1980, mediante la Ley 22.207 estableció el cobro de aranceles.

Tres días después de asumir la Presidencia, Raúl Alfonsín firmó el decreto 154/83, de intervención y normalización de las universidades nacionales, y prontamente se aprobó la Ley 23.068, que tenía un régimen provisorio de normalización y nada decía sobre la temática arancelaria, quedando cada Universidad facultada para cobrar, o no, sus aranceles.

Ese silencio se reiteró con la Ley de Educación Superior, sancionada en 1995. Finalmente, en octubre de 2015, se sancionó la Ley 27204, que modificó la concepción de la educación superior como “servicio”, por la concepción de la educación como “derecho” y estableció la gratuidad de los estudios.

La historia legislativa indica que la discusión sobre la gratuidad de los estudios universitarios existía antes de la llegada del peronismo al poder. Pero esa misma historia muestra que fue el peronismo el que puso en práctica esa enorme medida democratizadora. Y también expone que sólo los gobiernos peronistas plasmaron en la ley el desarancelamiento de los estudios superiores. El peronismo, generalmente asociado a dinámicas poco institucionalistas, ha institucionalizado los contornos de una Universidad plebeya y comprometida, no con la reproducción del orden social, sino con su transformación en clave emancipadora.

Mauro Benente: Abogado y doctor en Derecho (UBA). Profesor de Teoría del Estado (Derecho-UBA) y de Filosofía del Derecho en la Universidad Nacional de José C. Paz (UNPAZ).