La sala de feria de la Cámara Nacional de Casación Penal, el máximo tribunal penal del país, abrió anoche la posibilidad de que las mujeres presas, en situación de vulnerabilidad, accedan a la prisión domiciliaria. El texto firmado por Gustavo Hornos, Alejandro Slokar y Diego Barroetaveña otorgó el beneficio a Stella Maris Miranda, una mujer presa hace dos años por narcomenudeo agravado por la participación de tres personas y porque tenía un arma en su casa. Era lo que se conoce como una dealer. Los jueces tuvieron en cuenta, en primer lugar, la situación excepcional producida por el coronavirus en penales en los que existe superpoblación y un sistema de salud inadecuado que amenaza con "arrasar" con la vida de las detenidas, pero además mencionaron que Miranda tiene un hijo de nueve años que está al cuidado de una hermana menor de edad, por lo que también tuvieron en cuenta los derechos del niño. El fallo fue unánime, aunque cada magistrado expuso sus argumentos.

El texto de la Casación hace referencia a lo que está ocurriendo internacionalmente, es decir una búsqueda de evitar los enormes peligros de contagio en las cárceles. Hay recomendación de la Organización Mundial de la Salud y de la Alta Comisionada de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Michele Bachelet, pidiendo alternativas a la prisión efectiva ante el avance del virus. En una parte de su fallo, Hornos incluso menciona que hay que evitar que el coronavirus "arrase con las personas detenidas". Slokar, por su parte, transcribe que existe "una imposibilidad del estado de garantizar la integridad física de muchas personas privadas de la libertad".

Los magistrados mencionan una serie de elementos decisivos, utilizando una perspectiva de género: pobreza, vulnerabilidad en materia de salud, la existencia de niños. Teniendo en cuenta esos parámetros, el fallo abre las puertas a más excarcelaciones y prisiones domiciliarias, aunque la evaluación sería caso por caso.

En los últimos días se vienen barajando ideas para descomprimir los penales, empezando por morigerar penas a embarazadas y mujeres con niños, siempre que los delitos cometidos no hayan sido violentos. También se está hablando de que, quienes ya tenían salidas transitorias, obtengan directamente la excarcelación. Los jueces de ejecución penal suspendieron esas salidas argumentando que es un peligro que internos que salen vuelvan a los establecimientos, dado que podrían traer la enfermedad de afuera hacia adentro. La alternativa que se adoptaría es que no vuelvan al penal, dado que quienes tienen salidas transitorias ya cumplieron con gran parte de la pena. En la Argentina y en el mundo entero hay enorme preocupación por la situación en las cárceles. El fallo de Casación tendrá una indudable repercusión.