Durante una nueva sesión desarrollada de manera virtual, el Concejo Deliberante envió a comisión un proyecto de ordenanza del edil Julio Romero, que proponía otorgarle al personal municipal de Tránsito, facultades para controlar el uso del barbijo por parte de los automovilistas.

El proyecto del concejal del bloque Salta tiene Futuro generó una discusión de más de una hora y media, y si bien fue aprobado en general, no obtuvo el mismo resultado en la votación artículo por artículo. Por tal motivo, el autor pidió la vuelta a comisión para continuar con su análisis.

La iniciativa proponía la adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia provincial N°255/20 de la Secretaría General de la Gobernación, referente a las “sanciones por conductas flagrantes, que trasgredan las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19”.

Mediante este instrumento legal, entonces, los agentes de la subsecretaría de Movilidad Ciudadana podrían labrar actas de infracción, a los conductores de automóviles que no utilizaran tapa boca o que no tuvieran el permiso de circulación provincial obligatorio.

“Con esta ordenanza le estaríamos otorgando a la Policía de Tránsito, una función que nada tiene que ver con su competencia”, manifestó Paula Benavides, en referencia al control del uso del barbijo. La concejala del bloque Ciudadanos explicó también que al otorgarles la facultad, a los agentes municipales, de labrar multas a los automovilistas por carecer de permiso de circulación, “habría una doble competencia y, por lo tanto, posibilitaríamos una doble sanción. Esto va en contra del principio del Derecho llamado non bis in ídem: no se puede penar dos veces por el mismo hecho”, finalizó.

Otro de los ediles que objetaron la iniciativa fue José Gauffín, del bloque Juntos por el Cambio. Del mismo modo que Benavides, el concejal macrista sostuvo: “Efectivamente, estamos generando una doble sanción. Esto es un error”. Gauffín también se refirió a los montos de las multas que establece la ordenanza, los cuales serían equivalentes a los del DNU 255/20. “La multa podría ir de $600 a $39.000. Es una multa confiscatoria”.

Por su parte, Fernando Ruarte, del Frente de Todos, recordó que en la sesión anterior se había discutido un proyecto de Declaración de su autoría, el cual calificaba al DNU 255/20 de “inconstitucional y excesivo” porque “le otorga súper poderes a la Policía, poniéndola como juez y parte”. En ese sentido, Ruarte calificó de “sobreabundante y excesivo” al proyecto en tratamiento.

Tras las primeras alocuciones, llegó el momento de la votación. La ordenanza fue aprobada en general pero, al votarse en particular, se rechazó el primer artículo, el cual establecía la adhesión al DNU 255/20. Entonces comenzó una nueva discusión.

“Creo que con el rechazo al primer artículo, se cae toda la ordenanza. La adhesión al DNU es la columna vertebral de la misma”, disparó José Gauffín. Enseguida, Romina Arroyo, una de las defensoras de la iniciativa, respondió: “Como concejales tenemos las facultades para establecer infracciones para las personas que no utilicen barbijo, porque el decreto provincial ya rige actualmente”.

Fue entonces cuando Paula Benavides solicitó la reconsideración de la votación, para que el proyecto pudiera volver a comisión y ser analizado con más profundidad. En un principio la reconsideración fue rechazada. Sin embargo, luego de un cuarto intermedio que se prolongó por casi 50 minutos, el autor de la iniciativa, Julio Romero, reiteró el pedido y la propuesta pasó nuevamente a comisión.