La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió hasta el día 30 de junio la iniciación de juicios de ejecución fiscal, en el marco de la emergencia declarada por la pandemia de coronavirus. La medida fue instrumentada a través de la resolución general 4730/2020, publicada en el Boletín Oficial. Garantiza la suspensión de la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias en aquellas jurisdicciones donde se hubiera habilitado el levantamiento de la feria judicial extraordinaria. Esto se debe a que en distintas localidades, los tribunales federales avanzan en las sucesivas fases del aislamiento.

La normativa destaca que el aislamiento determinado a partir de la pandemia repercutió "no sólo en la vida social de los habitantes de este país, sino también en la economía”. Subraya que la AFIP “viene adoptando una serie de medidas con el objeto de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias". La suspensión es para todos los contribuyentes, y no solamente para el caso de MiPyMEs.