La justicia ordenó al Gobierno porteño que este fin de semana largo verifique “la temperatura ambiente” de un departamento que habita una familia vulnerable que, desde hace años, reclama una medida cautelar para que el Estado le garantice una vivienda digna, y en la que funcione la calefacción. En el lugar, un dos ambientes en Constitución en el que la calefacción central no anda y no es posible instalar estufas a gas ni caloventores eléctricos, viven “una mujer que padece VIH y dos hijos (uno autista y el otro asmático)”. La mujer había presentado reiteradas quejas sobre las malas condiciones de habitabilidad, pero, como en el resto de la tramitación de la causa, la respuesta del Gobierno porteño fue desestimar y rechazar el pedido, por lo que el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario n.° 2, Andrés Gallardo, ordenó que designara a alguien para que acudiera en persona en estos días.

La persona designada deberá medir la temperatura "mediante un termógrafo ambiental digital, en un espacio en el no se disponga de elemento alguno de calefacción. El funcionario deberá permanecer durante las 8 horas controlando cada media hora la temperatura interior del inmueble y percibiéndola". Al día siguiente de medidas las temperaturas, "la persona designada deberá describir en un informe circunstanciado su percepción sensorial respecto a la temperatura ambiental registrada"; el informe "será puesto a consideración del Cuerpo Médico Forense a fin de que informe si los niveles de frío registrados, sin poder calefaccionarse, son inocuos para el grupo actor teniendo en cuenta sus padecimientos de salud".

Si el Gobierno no designa a nadie sin se ocupa de verificar las bajas temperaturas dentro del departamento, indicó Gallardo, deberá “hacer entrega a la actora de dos Vitroconvectores Calefactores Eléctricos de 2000 kw o depositar inmediatamente la suma de 15.798 pesos a fin de solventar la compra”; si tampoco cumple con eso, el juez señaló que aplicará un embargo.

El Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta, “sin aparentes ánimos de brindar una solución a la problemática del grupo actor, ha puesto incesantes trabas a la superación de las problemáticas que enfrentan y los empuja a una situación oprobiosa, que dista considerablemente de la más básica dignidad humana”, advirtió el juez. “Parece estar supeditando las eventuales soluciones a una enérgica queja previa, que finalmente, luego de la consabida fatiga, devenga en alguna salida satisfactoria. ¿Será en notable referencia al pasaje de tango de Enrique Santos Discépolo que titula el presente acápite?”, se preguntó en un apartado titulado “¿El que no llora no mama?”.

En 2017, el Gobierno recurrió la sentencia definitiva que la justicia había dictado a favor de la familia; cuando la justicia confirmó la decisión, la reacción del Ejecutivo porteño fue no hacer nada. En 2018, la justicia ordenó dar una casa en comodato social tras los incumplimientos; el Gobierno volvió a recurrir. Un año después, la Cámara de Apelaciones volvió a confirmar la solución de “comodato social” dispuesta “para ejecutar la sentencia definitia”. “A tal fin, tuvo en consideración no sólo el tiempo transcurrido sin que la demandada efectuara una propuesta de alojamiento adecuada tal como había sido ordenado en la sentencia que se encontraba firme, sino también la situación de extrema vulnerabilidad que atraviesa el grupo familiar actor”, recordó Gallardo. Entonces el Gobierno pidió que la medida fuera declarada inconstitucional; esa apelación todavía está pendiente de decisión del Tribunal Superior de Justicia. Sin embargo, la cautelar está vigente.

En 2018, el Gobierno ofreció un departamento de dos ambientes en Carlos Calvo al 1800, “afirmando que se trataba de un departamento de dos ambientes cuyas condiciones de habitabilidad eran aptas para el grupo familiar”. Sin embargo, los reclamos de la mujer -que es representada por integrantes del Consultorio Jurídico Gratuito de la Universidad de Buenos Aires- sobre las condiciones del lugar encendieron una alerta. El Asesor Tutelar de primera instancia verificó y acompañó las observaciones, al advertir que “el departamento no contaba con las dimensiones indicadas por la demandada y que habitarlo resultaba inadecuado e inseguro, dado que había paredes descascaradas, humedad, filtraciones y el balcón no tenía rejas”. Luego, la justicia indicó que la familia debía elegir otro lugar, y el Gobierno volvió a recurrir la decisión, que fue nuevamente confirmada en tribunales.

Cuando la mujer advirtió por las temperaturas frías puertas adentro, el Ejecutivo porteño preguntó, en su rechazo al pedido, “cómo logró mantener una temperatura adecuada dentro de la vivienda durante el invierno pasado”. El juez Gallardo advirtió que “aquél ente que debe velar por la satisfacción de los derechos básicos de los ciudadanos –el Estado-Gobierno– ha expresado que ‘la actora no acompaña ningún tipo de documentación que acredite sus dichos con respecto al supuesto mal funcionamiento de la calefacción’. Si entonces esa fuera la lógica que guiará, ¿cuándo alguna persona reclame auxilio para abandonar una situación de calle, se le dirá que no demostró sufrirlo lo suficiente? Y si alguna ciudadana o ciudadano exigiese alguna prestación médica urgente, ¿cabrá responderle que todavía resta acreditar el padecimiento de la enfermedad o peor aún que su vida tenga relevante valor? Si alguna niña o niño de esta Ciudad reclamase alimento para subsistir ¿el Gobierno le dirá que aún no demostró tener suficiente hambre?”.