La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la feria fiscal hasta
el 30 de agosto inclusive. Durante la vigencia de las medidas de aislamiento y
distanciamiento social se mantendrá la suspensión del
cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en procedimientos administrativos, como determinaciones de oficio, sumarios y clausuras, entre
otros. La resolución mantiene habilitados
los procedimientos de fiscalización que realiza la AFIP en función de la información
proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior.
Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en
materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. La medida no suspende las acciones de la AFIP, aunque durante su vigencia quedan en suspenso el
cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyente.
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