Donald Trump se permitió designar una jueza conservadora en la Corte Suprema de los Estados Unidos gracias a que el Senado le dio el aval por 52 votos a 48. Ninguna mayoría especial, ni dos tercios ni nada parecido. Votación más ajustada, imposible.

En Argentina no se escuchó reproche alguno por parte de los “defensores de la República”, y la “gran democracia del Norte” siguió gozando de la admiración de siempre en ese círculo selecto.

En cambio, la sola idea de designar al procurador General por mayoría simple en el Senado argentino despertó la furia de la derecha política y mediática ¿Por qué en los EE.UU está bien y en Argentina no? Misterio insondable. O no tanto. Por lo general, la imposición de mayorías especiales para convalidar decisiones en los parlamentos tiene la finalidad de torcerle el brazo a la voluntad popular. Con tal mecanismo las mayorías resultan rehenes de las minorías. La búsqueda del “consenso”, de la “concertación”, es una coartada muy hábil de las fuerzas conservadoras para reforzar con el poder institucional su poder económico.

En Chile es mucho más evidente que aquí el uso de este subterfugio que se impuso en la Constitución pinochetista para doblegar los “excesos” de las mayorías. Contra ese férreo corsé –entre otros– se rebeló el pueblo chileno y arrasó en las urnas.

Imponer un límite temporal al ejercicio de la Procuración General aparece como una buena forma de balancear las cosas. De paso se empieza el largo y arduo camino tendiente a terminar con los cargos vitalicios que el Poder Judicial ostenta como una rémora de tiempos premodernos.