El productor de moda Pablo Rangeón fue condenado en Salta a la pena de siete años de prisión efectiva por el delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una de las seis víctimas que lo denunciaron, mientras que en los otros cinco casos fue absuelto por el beneficio de la duda.

Rangeón fue considerado por los jueces Gabriela Romero Nayar, Pablo Farah y Mónica Faber como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de CFR, por lo que ordenaron su traslado a la Unidad Carcelaria 1, de la capital salteña.

En tanto, en el mismo fallo y también por unanimidad, el hombre fue absuelto por la aplicación del principio de la duda por las otras cinco acusaciones de abuso sexual con acceso carnal continuado.

“Pido que se haga justicia, me declaro inocente y vuelvo a encomendarme a Dios”, expresó Rangeón, al pronunciar sus últimas palabras, antes que el tribunal se retirase a deliberar. Luego, consideró que “no hay pruebas convincentes y objetivas que demuestren que yo haya abusado de ninguna de las mujeres que me han denunciado”, y manifestó que “jamás” tuvo “ningún problema ni una situación parecida a esta" y que "han pasado mil alumnas de cursos de actitud personal y entre 300 y 400 modelos por mi agencia”.

Rangeón afirmó que las denuncias se hicieron “con mendacidades, intencionalidad, algún interés, una de despecho, otra por venganza, odio, enojo”, y acotó que “acá hubo dos expedientes, el de la prensa y el de la justicia”.

Tras la lectura del fallo, la abogada de la querella, Sandra Domene, anticipó que recurrirá a la Casación la sentencia, a la que calificó de "vergonzosa". "Hay mucho para reflexionar", consideró el criticar las absoluciones en los otros cinco casos.

"Es gravísimo haber obviado la denuncia de una menor", expresó la letrada, quien opinó: "No sé si la pena hubiera sido la misma si una de las víctimas hubiera sido la hija de un político". "Acá todas las chicas que denunciaron son vulnerables. Será por eso el tipo de condena", señaló.

En el fallo, el tribunal dispuso que se le realice el correspondiente examen médico y la extracción de material genético al imputado, para su inscripción en el banco de datos correspondiente. A la vez, los jueces hicieron lugar a la demanda civil presentada por la denunciante CFR y condenaron al productor de moda a abonarle la suma de 1.500.000 de pesos, en concepto de daño moral y psicológico, más los intereses.