El ocultamiento de patrimonio a través del uso de empresas off shore radicadas en paraísos fiscales es una de las características que comparte parte del gabinete nacional. Desde que en 2015 estalló el escándalo de los Panama Papers y aparecieron los nombres del presidente Mauricio Macri y el intendente de Lanús, Néstor Grindetti, entre otros, hasta el nuevo affaire de los Paradise Papers en el que apareció el entramado de sociedades que manejó hasta 2015 el ministro de Finanzas Luis Caputo. El diputado del Frente para al Victoria, Darío Martínez, presentó un proyecto de ley para que "se prohiba contratar empresas o designar funcionarios con patrimonio en guaridas fiscales". 

A lo largo de 13 artículos la iniciativa apunta a limitar los atajos que hacen de la evasión impositiva legalizada a través de artilugios de ingeniería financiera el mecanismo para ocultar fortunas y sacarlas del país. El objeto "es impedir que las personas físicas o jurídicas que tengan patrimonio en países sin convenio de reciprocidad con la República Argentina de proveer información impositiva, bancaria y patrimonial; puedan contratar, celebrar convenios, u obtener cualquier tipo de beneficio del Estado, o ser funcionario del mismo", explica el primer artículo

Para precisar los alcances, el texto define que "se entienden por guaridas fiscales aquellas jurisdicciones que poseen bajas o nulas tasas impositivas, regímenes impositivos preferenciales para determinados sujetos u objetos y/o cuentan con secreto fiscal y financiero -es decir, poseen estrictas leyes de secreto bancario, no cuentan con registros públicos societarios y/o no hay obligatoriedad de presentar balances, ni registros contables". 

En los fundamentos del proyecto, Martínez, quien fue el primer denunciante del presidente por sus empresas offshore, señala que "el problema es que todo ese dinero que las grandes empresas (o las personas con grandes patrimonios) no vuelcan a las arcas fiscales, para financiar los servicios esenciales que brinda el Estado, alguien ha de hacerlo, y éstos son el resto de los contribuyentes que no disponen de tales ventajas patrimoniales" y considera que "tanto la evasión como la elusión, constituyen actos defraudatorios al fisco, que tienen por finalidad evitar el pago total o parcial de un impuesto y ocasionan las mismas severas consecuencias fiscales. La crucial diferencia entre ambas es que la primera se realiza contrariando la legislación tributaria, mientras que la segunda cumple literalmente la letra de la ley, pero va en contra de su espíritu y objetivo.”

Ante ese panorama concluye que "es razonable que, quienes ocultan sus patrimonios en Guaridas Fiscales y de esta manera eluden sus obligaciones con el fisco de nuestro país, generando multimillonarias carencias al Estado Nacional, y cuantiosa desinversión en la Economía Nacional, estén impedidos de contratar con el Estado, beneficiándose de adjudicaciones de cualquier tipo, o concesiones de toda naturaleza, ser beneficiados con ventajas estatales de cualquier tipo, o de ser designados y desempeñarse como funcionarios públicos".