Denunciar abuso sexual en las infancias es otorgar al sistema la posibilidad de reparar un daño indescifrable. La victoria judicial (condena) debería ser la bandera blanca en medio de una guerra impensada. Sin embargo, en la mayoría de los casos, la misma tiene como contrapeso, para las denunciantes, una derrota medida en tiempo y energía, empobrecimiento y desgaste en salud mental. Definitivamente estamos frente a un sistema judicial ineficiente, defectuoso y sobre todas las cosas machista.

En este derrotero sin fecha de vencimiento, la justicia es una titiritera que juega con el tiempo a sabiendas que a las víctimas de ASI y madres protectoras se les va gran parte de sus vidas corriendo detrás del objetivo inclaudicable de proteger a las infancias de su abusador. Atreverse a patear el tablero y engrosar la estadística desoladora de una de cada cinco niñas víctima de violencia sexual, tiene un costo.

Si hacemos un corte transversal a los techos figurativos del sistema judicial, nos encontramos con una maqueta laberíntica en la que los distintos fueros son casilleros estancos semejantes al tablero del juego de la oca, con una característica desquiciante: la denunciante, consiga o no un fallo favorable, siempre debe volver al punto de partida una y otra vez.

"Lo ideal sería, en función del principio de protección especial y entendimiento que este delito abarca muchas esferas de los niños y niñas, que al menos exista una instancia multifueros específica y especializada en derechos de niñez y adolescencia que permitan abordar este tipo de situaciones con una mirada integral para evitar y reducir el impacto de la ruta crítica a los niños y niñas víctimas de violencias sexuales y a sus figuras protectoras que suelen ser sus madres”, reflexiona Vanina Panetta, abogada especializada en violencias hacia mujeres, niñeces y adolescencias. 

La violencia sexual contra las infancias, si es perpetrada por su progenitor, es un cáncer con metástasis. Se requiere de muchas más cirugías y tratamientos para reparar los daños. Ramificaciones que hacen del camino a recorrer una intemperie, aún con la condena firme al abusador.

Cuando una madre asiste al derrumbe de un hije, algo de ese desmoronamiento queda en pie: la inapelable misión no elegida de bajar al campo de batalla.

Para esa madre, el momento del develamiento, es una bala psíquica. Esos primeros instantes son de ruptura absoluta. A partir de ahí, la vida de esas personas, cambia drásticamente para siempre.

¿Cuántas violencias o daños colaterales pretende ocultar el sistema judicial patriarcal desde su mismísima estructura de organización? ¿Es una trampa adrede? ¿Es una falla en su génesis? Es hora de contarle las costillas al poder más intocable. ¿El sistema judicial acompaña, entorpece o es partícipe necesario en suspender en un limbo de tiempo indescifrable a esas madres y a esas infancias, que pretenden, nada más ni nada menos, que justicia?

Un camino largo y penoso

"Esa articulación interfueros tan necesaria no sucede porque implica un desembolso de dinero, además de la formación especializada para quienes ocupen esos cargos. Sin embargo, hoy, el Estado debe garantizar ya que es obligatorio que haya una articulación fluida y validada entre fiscalías, juzgados penales, juzgados de familia, defensoría de menores e incapaces, e incluso los organismos de protección” continúa Panetta.

La realidad se impone con un panorama distante a lo planteado como escenario. Los procesos además de ser eternos, en la práctica no presentan articulación entre los fueros exponiendo a la persona protectora y denunciante a un derrotero imposible de descifrar comenzando por la denuncia penal, pasando por la demanda en el fuero de familia y continuando en un juzgado civil con la causa por daños y perjuicios. Tres procesos judiciales para transitar en medio de la crianza y cuidado de un ser arrasado por el abuso sexual perpetrado por su progenitor.

Hoy el escenario es un campo minado para las mujeres. La embestida antiderechos declaró una guerra en la que los paladines del patriarcado se juegan a todo o nada. Un plan de exterminio sistemático con castigos ejemplares a las mujeres madres que osan defender con uñas y dientes la palabra y la verdad de sus hijes.

Las estigmatización y demonización es la preparación de terreno para seguir sosteniendo un sistema que no está preparado para implosionar y reconstruirse desde una perspectiva honesta reparando en las infancias.

Según la ONU, menos del 1 por ciento de las denuncias son falsas denuncias, en España, según Fiscalía General alcanza el 0,087 por ciento y en Argentina las falsas denuncias por todos los delitos no superan el 3 por ciento, con la salvedad que en su mayoría no corresponden a delitos sobre la integridad sexual. Como contrapartida deberíamos hacer un inventario de los años perdidos en tribunales, de las mañanas arrebatadas, de las declaraciones eternas, de las pericias psicológicas y físicas, de las noches de insomnio, de las sesiones de terapia, de las tardes de contención y abrazo a esas infancias rotas. Deberíamos además poner sobre la misma mesa, un excel para contabilizar el dinero destinado a reponerse de la masacre. Los procesos judiciales de estas características empobrecen a las denunciantes. No sólo por los costos de contratación de profesionales, sino porque el tiempo destinado a trabajar es fagocitado por el deambular sin rumbo y con la cría al pie de juzgado en juzgado.

La complejidad de estos casos radica en la falta de sentido común a la hora de encontrar un protocolo eficaz para acompañar a las madres y su hijes. En semejante panorama, parecería que hablar de alimentos por un lado y de daños por el otro, son temas menores, cuando en realidad se trata del derecho humano a la salud, la alimentación, la educación, al acceso de una vivienda. En esta nueva trampa, también nos obligan a explicar la urgencia de cubrir las necesidades básicas.

“El Código Civil y Comercial incorpora una reforma en torno a la privación de la responsabilidad parental en junio de 2017: el inciso C en el artículo 700 bis, dice que aquellos progenitores que fueran condenados por delitos previstos en el art. 119 del CP quedan automáticamente privados de su responsabilidad parental en tanto y en cuanto esa condena esté firme, esto quiere decir que estén agotadas todas las instancias de revisión. Cabe destacar que dichas instancias llevan años.

Por eso lo recomendable es que se tramite en otro fuero la suspensión de la responsabilidad parental, de ese modo, estando suspendida el ejercicio de la responsabilidad, no debería iniciarse ningún otro tipo de proceso estando la progenitora o la persona a cargo”, enfatiza Vanina Panetta.

En general son las madres las que protegen.

En general son las madres las que se empobrecen.

En general son las madres las que dejan de trabajar para cuidar.

En general esos progenitores abusadores, incumplen con la cuota alimentaria.

Respecto al alcance de la privación de la responsabilidad parental, cesan todos los deberes de la responsabilidad parental excepto los alimentos. Los alimentos subsisten incluso estando los progenitores condenados y privados de su libertad, esto lo prevé el artículo 704 del código civil y comercial, en relación al derecho superior del niño que obliga incluso al estado a sostener el nivel de vida del niño.

¿Quién paga los platos rotos?

“La acción de daños y perjuicios con una condena firme es muy importante porque si bien no termina de resarcir por completo ninguna indemnización, es una forma de encontrar cierto reparo a todo este derrotero que implica el tránsito del niñe por todo este sistema de justicia que es sumamente revictimizante y también a la mamá que estuvo acompañando, por haber desenvuelto dinero en pagos de honorarios pericias, terapias y obviamente el daño moral que en sí mismo causa el hecho”, resalta la letrada.

La demanda por alimentos y el juego de las escondidas que la justicia no está dispuesta a frenar: muchos progenitores son imposibles de localizar para notificar. Somos muchas las que estamos hace años esperando una estrategia real de la justicia.

“El derecho alimentario está previsto en la Convención Internacional sobre los derechos del niñe/niño/niña y adolescente garantizar el nivel de vida de los niños como deber principal de sus progenitores pero también como una obligación del estado de arbitrar e implementar las medidas necesarias y eficaces para que esa medida se cumpla. Entiendo que la notificación por cualquier otro medio instaneo le da celeridad al derecho alimentario“

Pequeños avances

En provincia de Buenos Aires hay una reforma a nivel procesal que incorpora la posibilidad de notificar ciertos actos procesales a través de whatsapp o mensajería instantánea luego de agotar los métodos tradicionales. Lo incorpora no como primera posibilidad sino como una instancia más.

En general el principio rector del poder judicial debería ser el acceso a la justicia de niños y niñas. El Estado argentino tiene que dar garantías para que el acceso a la justicia se pueda concretar.

¿Qué solución queda si el Estado perdió la capacidad de ser garante de los derechos de niños, niñas, adolescentes y sus cuidadoras? Acomodemos el tablero del juego de la oca, y que la Justicia, de una vez por todas, retroceda todos los casilleros necesarios, desande la huella de violencia que ha ejercido, regrese al punto de partida y vuelva a empezar.